Mo13.pp Manual Operativo Modalidad Familiar Para La Atencion A Primera Infancia V3

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PROCESO
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
MANUAL OPERATIVO PARA LA ATENCIÓN A LA PRIMERA
INFANCIA - MODALIDAD FAMILIAR
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1581 DE 2012
Manual Operativo
MODALIDAD FAMILIAR PARA LA ATENCIÓN A LA PRIMERA INFANCIA
Servicio de Educación Inicial en el marco de la atención integral: Desarrollo
Infantil en Medio Familiar-DIMF
Servicio de atención: Hogar Comunitario de Bienestar Familia Mujer e Infancia,
HCB FAMI
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
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Directora General
Karen Cecilia Abudinen Abuchaibe
Director de Primera Infancia
Juan Carlos Buitrago Ortiz
Cesar Augusto Moreno
Jorge Murcia Sandoval
María Adelaida Galindo Restrepo
Subdirectora de Gestión Técnica para la Atención a la Primera Infancia
Sara Elena Mestre Gutiérrez
Claudia Patricia Jiménez Guzmán
Eliana María Tabares Peláez
Luz del Carmen Montoya Rodríguez
Nancy Liliana Rincón Fernández
Subdirectora de Operación de la Atención a la Primera infancia
Dina María Rodríguez Andrade
Martha Johana Pinzón Romero
Yaneth Cecilia Romero Gamarra
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
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CONTENIDO
1. INTRODUCCÍON A LA MODALIDAD FAMILIAR .................................................... 13
1.1. Descripción general de la Modalidad Familiar .................................................... 13
1.2. Objetivo general ................................................................................................ 14
1.3. Objetivos Específicos ........................................................................................ 14
1.4. Componentes de Atención ................................................................................. 14
1.5. Servicios de la Modalidad .................................................................................. 14
1.6. Población Objetivo ............................................................................................. 15
1.7. Derechos, compromisos y deberes de los usuarios de los servicios .................. 15
1.8. Prestación de los servicios de la Modalidad Familiar ......................................... 16
2. PROCESOS OPERATIVOS Y TÉCNICOS DE LA MODALIDAD ............................ 17
2.1. Mecanismos para el Ingreso a la Modalidad ...................................................... 17
2.1.1. Ingreso por tránsito a la Modalidad ............................................................. 17
2.1.2. Proceso de Focalización ............................................................................. 17
2.1.3. Asignación de cupos e inscripción de la población ..................................... 21
2.2. Proceso de caracterización sociofamiliar y registro de la población ................... 25
2.3. Ruta Operativa de la Modalidad......................................................................... 27
2.3.1. Fase I Preparatoria: aspectos generales para la Modalidad ....................... 27
2.3.2. Fase II. Implementación ............................................................................. 41
2.4. Procedimiento para la Apertura y Cierre del Servicio ......................................... 54
2.4.1. Apertura del Servicio .................................................................................. 54
2.4.2. Cierre del Servicio en un HCB FAMI ........................................................... 55
3. CONDICIONES DE CALIDAD PARA LOS COMPONENTES DE ATENCIÓN......... 64
3.1. Componente Familia Comunidad y Redes Sociales .......................................... 64
3.1.1. Fortalecimiento Familiar ............................................................................. 64
3.1.2. Comunidad protectora de niñas y niños ...................................................... 65
3.2. Componente Salud y Nutrición .......................................................................... 69
3.3. Componente Proceso Pedagógico .................................................................... 80
3.4. Componente Talento Humano ........................................................................... 85
3.5. Componente Ambientes Educativos y Protectores ............................................ 99
3.6. Componente Administrativo y de Gestión ........................................................ 106
4. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MODALIDAD ........................................ 109
4.1. Fuentes de financiación para brindar la atención ............................................. 109
4.2. Canasta de atención y costos de referencia .................................................... 110
4.2.1. Canasta de atención del servicio Desarrollo Infantil en Medio Familiar ..... 111
4.2.2. Canasta del ser vicio HCB FAMI............................................................... 113
4.3. Gestión Financiera ........................................................................................... 113
4.3.1. Establecimiento del Valor del Contrato ..................................................... 114
4.3.2. Manejo de inconsistencias en la presentación de informes y legalización de
cuentas 114
4.3.3. Ahorros, inejecuciones y descuentos ........................................................ 114
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4.3.4. Otras consideraciones .............................................................................. 115
5. REGISTRO DE INFORMACIÓN ............................................................................. 116
5.1. Sistema de Información: control y administración de la información, generación
de datos ..................................................................................................................... 116
5.2. Condiciones para el Reporte de Información de la población .......................... 116
6. SEGUIMIENTO Y CONTROL ................................................................................. 118
6.1. Instancias para el seguimiento y apoyo a la supervisión .................................. 118
6.1.1. Comité Técnico Regional .......................................................................... 118
6.1.2. Comités Técnicos Operativos ................................................................... 119
6.2. Indicadores ...................................................................................................... 122
6.3. Mecanismos de Control Social......................................................................... 122
6.3.1. Comités de vigilancia conformados por las familias usuarias .................... 122
6.3.2. Procesos de socialización de los Servicios de Primera Infancia ............... 122
6.3.3. Veedurías ciudadanas .............................................................................. 123
7. SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN ................................................................... 123
7.1. Eje de Calidad ................................................................................................. 123
7.2. Eje de Seguridad y Salud en el trabajo ............................................................ 124
7.3. Eje Ambiental .................................................................................................. 124
7.4. Eje de Seguridad de la Información ................................................................. 125
8. DOCUMENTOS DE APOYO Y ANEXOS ............................................................... 125
8.1. Documentos de referencia: .............................................................................. 125
8.2. Anexos y Formatos .......................................................................................... 127
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Objetivo del Manual
Brindar línea técnica y orientaciones operativas relacionadas con el funcionamiento de los
servicios de la Modalidad Familiar de educación inicial en el marco de la Política de Estado
para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre (Ley 1804 de 2016).
Alcance
El Manual es el documento orientador para el cumplimiento de las obligaciones
contractuales que se suscriben en los contratos de aporte y convenios especiales para el
desarrollo de la Modalidad; así mismo es el insumo para el ejercicio de asistencia técnica,
supervisión y fortalecimiento a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-
y las Entidades Territoriales.
El presente documento se constituye en fuente de consulta para las personas e
instituciones interesados en los temas relacionados con la Modalidad Familiar, las
Entidades que conforman la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera
Infancia -CIPI-, Entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar -SNBF- y veedurías
ciudadanas y entes de control, entre otras.
¿Cómo se estructura este documento?
Este documento se estructura de la siguiente manera:
Capítulo 1. Introducción a la Modalidad Familiar: contiene el sentido y los elementos
comunes a los dos servicios que se contemplan en este manual desde lo administrativo y
operativo.
Capítulo 2. Procesos operativos y técnicos de la Modalidad: en este capítulo se
encontrará la estructura operativa de cada uno de los servicios de la modalidad Familiar,
que contempla la fase preparatoria y de implementación del servicio.
Capítulo 3. Componentes de Calidad para los Componentes de Atención: contempla
las condiciones de calidad en cada uno de los componentes.
Capítulo 4. Aspectos administrativos de la Modalidad: incluye una descripción detallada
de la forma en la cual está compuesta la canasta de atención para cada servicio.
Capítulo 5. Sistema de Información: describe las condiciones para el registro de la
población usuaria que resulta de la prestación del servicio.
Capítulo 6. Seguimiento y control de la Modalidad Familiar: describe los mecanismos
preventivos y correctivos con los que se realiza la detección de las debilidades en la
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prestación del servicio de atención a la primera infancia, para promover y garantizar la
calidad.
Capítulo 7. Sistema Integrado de Gestión -SIGE-: describe los mecanismos para que la
EAS (EAS) y sus Unidades de Servicio -UDS-certifiquen y evidencien el cumplimiento de
las actividades relacionadas con el SIGE en sus cuatro ejes.
Capítulo 8. Documentos de apoyo y anexos: con el fin de orientar con mayor profundidad
el desarrollo de las modalidades, el ICBF brindará a las EAS una serie de documentos de
apoyo denominados Guías, protocolos, memorando, anexos, formatos, entre otros. Estas
son documentos de construcción participativa, los cuales se irán cualificando y precisando
a partir de la experiencia de las entidades y del acompañamiento de las direcciones
regionales y centros zonales del ICBF, y los nuevos requerimientos derivados del desarrollo
de la modalidad.
Publicación y actualizaciones
El presente documento, guías, anexos, formatos, normatividad y sus posteriores
actualizaciones serán publicados en la página web del ICBF
https://www.icbf.gov.co/misionales/promocion-y-prevencion
Definiciones y Siglas
Alimentos de Alto Valor Nutricional AAVN: se entiende como Alimentos de Alto
Valor Nutricional los producidos y distribuidos por el ICBF como complemento a la
alimentación que se brinda a los usuarios de los programas de atención, estos son
Bienestarina Más®, Bienestarina® quida, alimento para mujer gestante y madre en
periodo de lactancia, u otros que el ICBF establezca.
Atención Integral: es el conjunto de acciones intersectoriales, intencionadas,
relacionales y efectivas encaminadas a asegurar que en cada uno de los entornos en
los que transcurre la vida de niñas y niños, existan las condiciones humanas, sociales
y materiales para garantizar la promoción y potenciación de su desarrollo. Estas
acciones son planificadas, continuas y permanentes e involucran aspectos de carácter
técnico, político, programático, financiero y social, y deben darse en los ámbitos
nacional y territorial.
Accesibilidad: se refiere al diseño e implementación de condiciones en los
entornos físico, social, económico y cultural; y en los servicios de salud,
educación, información y comunicaciones, para que las personas con
discapacidad puedan participar plenamente de todos los espacios y se
garanticen los derechos humanos y las libertades fundamentales.
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Alteraciones en el desarrollo: son condiciones psicomotoras de niñas y niños que
presentan cambios cualitativos a su etapa de desarrollo en cuanto a la relación consigo
mismo, a la relación con los demás y la relación con el mundo, y que pueden generar
alguna condición de discapacidad. La identificación temprana de las alteraciones
permite identificar los tipos de apoyo requeridos para la atención integral de las niñas y
niños en primera infancia.
Ajustes razonables: modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no
impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso
particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en
igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales
Canasta: es el insumo que se presenta de manera indicativa para que las EAS puedan
diseñar su presupuesto.
Caracterización: proceso que permite identificar condiciones, características,
necesidades, capacidades, fortalezas, debilidades y oportunidades de los grupos
poblacionales sujetos de atención en sus respectivos contextos.
Centro de Recuperación Nutricional-CRN-: es una modalidad de atención intramural
que busca la recuperación del estado nutricional de niñas y niños menores de 5 años,
sin patología agregada, que cumplan los criterios establecidos, lo anterior, con la
participación de un equipo interdisciplinario y personal de apoyo, quienes desarrollan
acciones de atención en salud, alimentación, suministro de complementos nutricionales,
promoción y prevención en salud y nutrición, y con la participación familiar
.
Ciclo de Menús: Establece la programación de alimentación diaria, semanal y mensual
del servicio.
Comisión Intersectorial para la Primera Infancia -CIPI-: instancia intersectorial que
tiene por objeto “coordinar y armonizar las política, planes, y acciones necesarias para
la ejecución de la atención integral a la primera infancia, siendo ésta la instancia de
concertación entre los diferentes sectores interesados”.
Comité Técnico Operativo Zonal: es la instancia creada para coordinar acciones y
hacer seguimiento técnico, administrativo y financiero a los contratos celebrados entre
el ICBF y las EAS de primera infancia, así mismo para establecer los procesos y
procedimientos requeridos para la adecuada prestación del servicio de educación
inicial, cuidado y nutrición.
http://www.icbf.gov.co/portal/page/portal/PortalICBF/procesos/misionales/promocion-prevencion/nutricion
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Condiciones de Calidad: se comprende por condición el estado o situación en que se
encuentran la calidad en la prestación del servicio de educación inicial, y sirven para
orientar la gestión de las modalidades en el marco de la atención integral, las cuales
deben ser progresivas, flexibles, para su posterior obligatoriedad.
Cuidado y Crianza: es un estructurante de la atención integral que busca favorecer y
fortalecer los vínculos entre las niñas y los niños, con su familia y con las personas
responsables de su cuidado a través de la creación de ambientes enriquecidos,
seguros, protectores, incluyentes, participativos y democráticos.
Desarrollo Integral: es un proceso singular de transformaciones y cambios de tipo
cualitativo y cuantitativo mediante el cual el sujeto dispone de sus características,
capacidades, cualidades y potencialidades, para estructurar progresivamente su
identidad y su autonomía.
Discapacidad: la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la
interacción entre las personas con deficiencia y las barreras debidas a la actitud y al
entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de
condiciones con las demás
.
Diseño Universal para el Aprendizaje: se entenderá el diseño de productos, entornos,
programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida
posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El diseño universal no
excluilas ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad,
cuando se necesiten.
Educación Inicial: es un derecho impostergable de niños y niñas menores de 6 años.
Se concibe como un proceso educativo y pedagógico intencional, permanente y
estructurado, a través del cual los niños y las niñas desarrollan su potencial,
capacidades y habilidades en el juego, el arte, la literatura y la exploración del medio,
contando con la familia como actor central de dicho proceso.
Enfoque diferencial de derechos: El enfoque diferencial de derechos propende por
mejorar la capacidad de respuesta institucional, para abordar la complejidad que resulta
de las intersecciones entre distintas situaciones, condiciones o vulnerabilidades de la
población sujeto de atención. La doctrina de protección integral en el Modelo de enfoque
Diferencial de Derechos está representada en la articulación efectiva que dé respuesta
oportuna e integral para niñas, niños, adolescentes y las familias, teniendo en cuenta
Naciones Unidas. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Protocolo Facultativo.2006
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sus particularidades, como aspectos incluyentes, pero con especificidades para su
atención.
Entornos: Los entornos son los espacios físicos, sociales y culturales diversos en los
que los niños y las niñas se desenvuelven, con los cuales interactúan, en los que se
materializan las acciones de política pública. Estos son determinantes para su desarrollo
integral. Como entornos están: el hogar, salud, educativo, espacio público y otros
propios de cada contexto cultural y étnico.
Entidad Administradora del Servicio -EAS-: entendida como el prestador de los
servicios de atención a la primera infancia.
Estándar: corresponde a un patrón, modelo o punto de referencia para medir o valorar
la calidad de los servicios de primera infancia.
Estrategia: acciones sistemáticas en el tiempo, las cuales orientan el cómo diseñar,
desarrollar, gestionar y evaluar servicios con calidad
Focalización: es un instrumento de asignación de recursos que busca dirigir el gasto
social hacia los sectores de la población en condición de vulnerabilidad, con el fin de
maximizar su impacto social, de acuerdo con la Ley 1176 de 2007, artículo 24.
Grupo Etario: se refiere a los grupos de edad en los que se agrupa la población.
Grupo Étnico: se define a partir de dos condiciones: una subjetiva y otra objetiva. La
primera, está relacionada con la conciencia de la identidad étnica, es decir; “(...) La
conciencia que tienen los miembros de su especificidad, es decir, de su propia
individualidad, a la vez que, de su diferenciación de otros grupos humanos, y el deseo
consciente en mayor o menor grado, de pertenecer a él, de seguir siendo lo que son y
han sido hasta el presente”. La segunda se refiere a “los elementos materiales que
distinguen al grupo, comúnmente reunidos en el concepto de “cultura”. Este término
hace relación básicamente al “conjunto de creaciones, instituciones y comportamientos
colectivos de un grupo humano. (...) el sistema de valores que caracteriza a una
colectividad humana.
Manual Operativo: es una herramienta práctica, que ofrece orientaciones técnicas y
operativas para el desarrollo de las modalidades de atención a la primera infancia;
presenta las indicaciones generales y los procedimientos necesarios para su
implementación y ejecución; está dirigido a los actores del Sistema Nacional de
Bienestar Familiar -SNBF-.
Corte Constitucional. Sentencia T-349 de 1996 MP: Carlos Gaviria Díaz. Bogotá, agosto de 1996
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Minuta Patrón: modelo que sirve de base para la elaboración de menús, que incluye la
lista de grupos de alimentos, con su correspondiente porción, frecuencia y medida
casera, por tiempos de comida
.
Modalidad: formas en las que se presta un servicio a partir de las características
territoriales, disponibilidad de infraestructura, necesidades de la población, prácticas
culturales, entre otras. Las modalidades de atención estructuradas por el ICBF para la
atención a la primera infancia son, Institucional, Familiar, Comunitaria e Intercultural.
Movilización Social: son las acciones desarrolladas con los diferentes actores,
incluyendo las niñas y los niños; que busca generar transformaciones culturales e influir
en imaginarios sociales donde la niñez efectivamente sea lo primero (Ley 1804 de
2016).
Persona con discapacidad: se define como aquella persona que tengan deficiencias
físicas, psicosociales, intelectuales, sensoriales o sistémicas a largo plazo que, al
interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en
la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás.
Perspectiva de diversidad: "Desde la Política de Atención Integral a la Primera
Infancia, la perspectiva de reconocimiento, respeto y celebración de la diversidad
apunta a la protección integral de los derechos de los niños y las niñas (derechos
individuales) y los de sus familias y comunidades (derechos colectivos). Esto significa
que partimos del reconocimiento de la diversidad y singularidad de las formas de vida y
desarrollo de los niños y niñas, al tiempo que propendemos por la prevención y la
eliminación de la discriminación de los niños, niñas, sus familias y comunidades, en
todas las formas de interacción y acción de las entidades (públicas y privadas) que
garantizan la atención integral a la primera infancia, así como en las relaciones
cotidianas que tejemos alrededor de los niños y las niñas. Reconocemos la importancia
de ver la diversidad como potencia y posibilidad de disfrute. Desde la idea de “poner a
los niños y niñas en el centro”, hemos propuesto entender su complejidad y diversidad,
lo que, por supuesto incluye las condiciones de vulnerabilidad, pero no se agota en
ellas, sino que las ve de manera paralela a sus fortalezas, aquello que les gusta, les
interesa, sus potencialidades”
.
Plan Operativo de Atención Integral-POAI: es una herramienta de planeación de las
acciones que desarrolla la EAS en cada uno de los componentes de calidad con el
involucramiento de todos los actores y sectores, para garantizar un servicio de calidad
a los usuarios de cada UDS; este se construye participativamente con todo el equipo
Definición elaborada en consenso por docentes de las diferentes carreras de Nutrición y Dietética del país, reunidas en
sesión de trabajo los días 17 y 18 de febrero de 2014.
Comisión Intersectorial para la Primera Infancia. Lineamiento para la Atención Integral a la Primera Infancia en perspectiva
de respeto y reconocimiento de la diversidad. 2006
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interdisciplinario, niñas, niños, mujeres gestantes, familia y comunidad y se convierte en
la brújula que orienta el trabajo diario de todo el equipo en cada una de las modalidades.
Proceso Administrativo de Restablecimiento de los Derechos-PARD: es el
conjunto de actuaciones administrativas y judiciales que la autoridad administrativa
debe desarrollar para la restauración de los derechos de las niñas, los niños y los
adolescentes que han sido vulnerados amenazados o inobservados
.
Realizaciones: las realizaciones son las condiciones y estados que se materializan en
la vida de cada niña y cada niño, y hacen posible su desarrollo integral.
Ruta Integral de Atenciones-RIA: es la herramienta que contribuye a ordenar la
gestión de la atención integral en cada territorio de manera articulada, consecuente con
las situaciones de derechos de niñas y niños, con la oferta de servicios disponibles y
acorde con las características en sus respectivos contextos. Como herramienta de
gestión intersectorial la RIA convoca a todos los actores del Sistema Nacional de
Bienestar Familiar con presencia y competencias en el territorio.
Seguridad Alimentaria y Nutricional: es la disponibilidad suficiente y estable de
alimentos, el acceso y el consumo oportuno y permanente de los mismos en cantidad,
calidad e inocuidad por parte de todas las personas, bajo condiciones que permitan su
adecuada utilización biológica, para llevar una vida saludable y activa, acorde a lo
establecido en el CONPES 113, Política Nacional de Seguridad Alimentaria y
Nutricional.
Sistema Nacional de Bienestar Familiar-SNBF: Es el conjunto de agentes, instancias
de coordinación y articulación y de relaciones existentes entre éstos, para dar
cumplimiento a la protección integral de las niñas, niños y adolescentes y al
fortalecimiento familiar en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal.
Supervisor: es la persona encargada del seguimiento técnico, administrativo,
financiero, contable y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato es
ejercida por la misma entidad estatal cuando no se requiere conocimientos
especializados” (Ley 1484 de 2011, articulo 83).
Unidad de Atención UA-: Entendida como el lugar físico en el que se reúne la
población para recibir directamente la atención del servicio de educación Inicial, cuidado
y nutrición.
Para ampliar información, remitirse al Lineamiento Técnico Administrativo de ruta de actuaciones para el restablecimiento
de derechos de niños, niñas y adolescentes, con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados. Pp. 12
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Unidad de Servicio -UDS-: entendida como el lugar físico en el que se reúne la
población para recibir directamente la atención del servicio de educación inicial, cuidado
y nutrición.
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1. INTRODUCCÍON A LA MODALIDAD FAMILIAR
1.1. Descripción general de la Modalidad Familiar
Con suficiencia de argumentos científicos, económicos y sociales se ha demostrado la
importancia que tiene la educación inicial para el desarrollo integral de las niñas y los niños
en primera infancia, lo que repercute en el desarrollo social y económico de las naciones.
El papel de la educación inicial es potenciar de manera intencionada el desarrollo integral
de las niñas y los niños, partiendo del reconocimiento de las características y los contextos
donde transcurren sus vidas. El desarrollo, particular y diverso que se da en medio de la
vida cultural y social, cuenta con características específicas en los primeros 1000 días de
vida. En el transcurso de este tiempo ocurren numerosos y variados procesos biológicos,
psicoafectivos, sociales y culturales que hacen de este un periodo altamente sensible;
requiriendo del cuidado intencionado de los adultos, el fortalecimiento de vínculos afectivos
y de interacciones de calidad en entornos seguros.
Los datos de la Encuesta Nacional de Demografía y Salud de 2015 muestran que el 52%
de niñas y niños menores de 6 años no asisten a ningún servicio de educación inicial,
permaneciendo al cuidado de algún adulto en su casa. Diversos estudios han evidenciado
el valor que tienen las familias y cuidadores en la generación de condiciones para el óptimo
desarrollo de niñas y niños, asegurando que crezcan en ambientes, protectores y seguros.
La familia como espacio de socialización es fundamental para que niñas y niños se
configuren como sujetos individuales, sociales y culturales, a través del establecimiento de
las relaciones de carácter afectivo y de cuidado.
Los territorios de Colombia se caracterizan por una amplia diversidad geográfica, cultural,
ambiental y de condiciones socio-económicas, donde cerca del 60% de sus municipios
deben considerarse rurales de acuerdo a la densidad poblacional, el tamaño de las
cabeceras y la distribución de la población entre la cabecera y el área dispersa; adicional a
ello, existe población rural dispersa en el resto de municipios, con lo cual la población rural
en general representa el 30% del país, lo que incide en el acceso de niñas y niños a los
servicios de educación inicial
.
Considerando la necesidad de fortalecer las interacciones, capacidades parentales de las
familias y cuidadores, la dispersión geográfica, alta vulnerabilidad rural, rural dispersa y
urbana, surge la Modalidad Familiar como una propuesta de educación inicial a través de
la cual se promueve el desarrollo integral, de la primera infancia en entornos más cercanos
y propios a sus condiciones.
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Agriculturapecuarioforestal%20y%20pesca/TOMO%203.pdf.
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1.2. Objetivo general
Favorecer el desarrollo integral de niñas y niños en primera infancia desde la concepción
hasta menores de 5 años (hasta los 6 años en donde no haya otro servicio de educación
inicial o un Centro Educativo de Educación Formal), con familias fortalecidas en sus
interacciones y en sus capacidades de cuidado y crianza.
1.3. Objetivos Específicos
a. Promover el desarrollo integral de niñas, niños y mujeres gestantes, teniendo en cuenta
las características socioculturales, políticas y económicas de los contextos.
b. Generar estrategias que vinculen las familias y la comunidad en la construcción de
entornos enriquecidos y protectores en favor de la garantía de sus derechos.
c. Reconocer y escuchar las voces e intereses de niñas y niños incentivando su
participación y ejercicio de la ciudadanía desde la primera infancia, favoreciendo las
interacciones sensibles y afectuosas que revitalicen su sentido de pertenencia y su
desarrollo psicoafectivo.
d. Enriquecer las prácticas y pautas de crianza de las familias y cuidadores responsables
de niñas y niños que promuevan relaciones respetuosas, solidarias incluyendo al
género masculino en los roles de la familia.
e. Implementar prácticas enriquecidas de cuidado que favorecen condiciones de salud,
alimentación, nutrición y hábitos de vida saludable de niñas, niños y mujeres gestantes,
procurando el acceso y consumo diario de alimentos en cantidad, calidad, inocuidad.
1.4. Componentes de Atención
Los componentes de la atención responden de manera directa con el sentido y propósitos
de la modalidad, siendo la base para la implementación de las estrategias y acciones
particulares. Estos componentes son: Proceso Pedagógico, Ambientes Educativos y
Protectores, Salud y Nutrición, Familia Comunidad y redes, componente que se subdivide
en dos ejes que son: Fortalecimiento Familiar y Comunidad protectora de niñas y niños,
Talento Humano y Administrativo y de Gestión.
Además, el ICBF a través de la Dirección de Primera Infancia podrá adoptar medidas,
diseñar planes, programas, estrategias y realizar las demás acciones necesarias para el
mejoramiento de las condiciones de calidad en los servicios y la garantía y goce efectivo de
los derechos de niñas, niños y familias.
Los componentes de atención mencionados se desarrollarán en el Capítulo 3 “Condiciones
de Calidad para los Componentes de Atención” del presente Manual.
1.5. Servicios de la Modalidad
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La Modalidad Familiar del ICBF cuenta con 2 servicios:
a. Desarrollo Infantil en Medio Familiar DIMF
b. Hogares Comunitarios de Bienestar Familia, Familia Mujer e Infancia FAMI
Cada uno de estos servicios será desarrollado en el capítulo 2 en el presente Manual.
1.6. Población Objetivo
La Modalidad Familiar está dirigida a mujeres gestantes, niñas, niños y sus familias que por
condiciones familiares o territoriales permanecen durante el día al cuidado de su familia o
cuidador, y no acceden a otras modalidades de atención a la primera infancia.
El servicio Desarrollo Infantil en Medio Familiar atiende en las zonas rurales y rurales
dispersas a mujeres gestantes, niñas, niños menores de 5 años o hasta su ingreso al grado
de transición; sin embargo, se atenderán niñas y niños hasta cumplir los 6 años, siempre y
cuando no haya oferta de educación preescolar en su entorno cercano. En zonas urbanas
vulnerables el servicio atiende exclusivamente a niñas y niños menores de 2 años y mujeres
gestantes.
Por su parte el servicio de HCB FAMI atiende exclusivamente niñas y niños menores de 2
años y mujeres gestantes que estén ubicados en las áreas urbanas y rurales.
1.7. Derechos, compromisos y deberes de los usuarios de los servicios
Derechos
Ser orientados para que su hijo o hija tenga registro civil y esté afiliado al Sistema General de
Seguridad Social.
Las mujeres gestantes deben ser asesoradas en la asistencia a los controles prenatales.
Recibir un refrigerio semanal para cada na o no, su acompañante y mujer gestante,
durante el encuentro educativo grupal.
Recibir un paquete alimentario mensual que cubra el 70% de los requerimientos de calorías
y nutrientes, para llevar a casa calculado para 5 días a la semana el cual se diseña con base en
la minuta patrón establecido por grupo etario y con enfoque diferencial. El paquete mensual
solo será entregado si se ha asistido a todos los encuentros educativos.
Ser orientados en el esquema de vacunación de nas, niños y mujeres gestantes, acorde con
su edad.
Los lugares de atención deben ser limpios, se debe hacer verificacn de alimentos en cada
encuentro y tener una buena infraestructura.
Se deben desarrollar actividades pedagicas que permitan jugar, explorar, leer, pintar y
disfrutar de los espacios entre niños y cuidadores.
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Las familias deben recibir un acompañamiento y formación en pautas de crianza y prácticas
de cuidado.
Las mujeres gestantes y madres lactantes tienen derecho a conocer y ser orientadas en la
lactancia materna exclusiva hasta los seis meses y complementaria hasta nimo los dos
años.
Compromisos/Deberes
Presentar todos los documentos exigidos para la vinculación de mi hijo o hija y
actualizarlos según nos lo indiquen.
Colaborar activamente con el equipo de atención psicosocial de mi hijo o hija para
acentuar una fluida comunicación entre el Centro y las familias, presentando todos los
soportes de identificación y datos de contacto de los acudientes del menor de edad.
Asistir a los encuentros educativos establecidos y cumplir con el horario establecido, y
otras actividades programadas.
Trabajar de la mano con el equipo psicosocial en aras del beneficio de mi hija/o,
permitiendo sus visitas, cumpliendo sus citaciones y con disposición de atender todos
los requerimientos que me sean exigidos para mejorar la situación y el contorno de mi
hija/o.
Mantener la buena salud e higiene de mi hija y/o hijo siempre, en aras de su bienestar
y buen desarrollo.
Recibir y permitir el adecuado desarrollo de las visitas en el hogar, para asegurar un
adecuado desarrollo integral de mi hijo o hija.
Compartir con mi grupo familiar todo lo aprendido en el trabajo con el equipo de atención
de mi hija/o, para replicar esos conocimientos y mejorar la vida familiar de niña y niño.
1.8. Prestación de los servicios de la Modalidad Familiar
La puesta en operación de la Modalidad y de cada uno de los servicios se puede realizar
por varias vías:
a. A través de la contratación del servicio con la totalidad de los componentes de atención
descritos en el presente manual.
b. A través de la contratación de alguno (s) componente (s) de atención descritos en el
presente manual.
c. A través de estrategias, acciones, formas de atención y modelos particulares, que
respondan a las condiciones sociales y territoriales, coherentes con lo definido en el
marco de la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero
a Siempre, y en la vía de su implementación territorial (artículo 22, Ley 1804 de 2016).
Para los casos b y c, se deberá contar con el aval de la Dirección de Primera Infancia, con
el fin de evaluar y determinar el o los componentes que requieren complementarse en el
territorio, o el cumplimiento de las condiciones de calidad de las estrategias, acciones,
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formas de atención o modelos propuestos, garantizando la atención integral con
pertinencia.
La Dirección de Primera Infancia podrá autorizar la operación bajo condiciones flexibles en
los casos en que no sea posible la prestación del servicio bajo la ruta operativa establecida
en el presente Manual, por ejemplo, inundaciones, sismos, desplazamientos, etc.
2. PROCESOS OPERATIVOS Y TÉCNICOS DE LA MODALIDAD
2.1. Mecanismos para el Ingreso a la Modalidad
El mecanismo más aplicado para el ingreso a los servicios de la Modalidad Familiar, será
el proceso de focalización, sin embargo, para el caso del servicio DIMF, podrá aplicarse el
mecanismo de transito de otra Modalidad de atención.
2.1.1. Ingreso por tránsito a la Modalidad
El tránsito desde una Modalidad Comunitaria a la Modalidad Familiar, se presenta por el
eventual cierre de algún servicio por bajas coberturas u otro factor, teniendo en cuenta que
en el territorio exista la demanda de este servicio y no se oferten otros servicios de atención
integral.
En el caso de las UDS transiten de los servicios tradicionales del ICBF al servicio DIMF, las
EAS deberán garantizar la continuidad de la atención a niñas y niños y sus familias al nuevo
esquema de atención y seguirán siendo atendidos en las unidades de servicio hasta su
vinculación al sistema educativo formal.
2.1.2. Proceso de Focalización
La focalización es entendida como el “proceso mediante el cual se garantiza que el gasto
social se asigne a los grupos de población más pobre y vulnerable”, definida en la Ley 715
de 2001, en el artículo 94, y la Ley 1176 de 2007, en el artículo 24. Por lo anterior, se
convierte en un instrumento básico para lograr que la población atendida en los servicios
de la Modalidad Familiar llegue a grupos específicos y efectivamente a la población
seleccionada como priorizada.
Como parte de la focalización se dará el ingreso de nueva población a atender para la
conformación o permanencia de nuevas UDS o reposición de cupos que se liberan por
niñas y niños que van ingresando al sistema educativo formal o aquellos que se retiren del
servicio. La identificación de la población se realizará a partir de criterios relacionados con
las condiciones de pobreza y vulnerabilidad. Para ello, la Sede de la Dirección General dará
las orientaciones en cada vigencia y estarán sujetas a la disponibilidad presupuestal.
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2.1.2.1. Criterios generales de la focalización
Para la priorización y selección de los usuarios en los diferentes servicios, se deberá tener
en cuenta los siguientes criterios:
a. Víctimas de hechos violentos asociados al conflicto armado, de acuerdo con las
directrices establecidas en la Ley 1448 de 2011 y los Decretos ley 4633, 4634 y 4635
de 2011. La Sentencia Constitucional T-025 de 2004.
b. Egresados de alguna modalidad de la Estrategia de Atención y prevención de la
Desnutrición, de CRN y del servicio 1000 días para cambiar el mundo, o remitidos por
el Centro Zonal o Dirección regional cuando aplique.
c. Que sean remitidos por el Defensor de Familia al egreso del PARD, o tengan hermanos
que se encuentren en PARD.
d. Pertenecientes a familias identificadas a través de la Estrategia para la Superación de
la Pobreza Extrema Red UNIDOS.
e. Remitidos por las entidades del SNBF que se encuentren en situación de vulnerabilidad
o riesgo de vulneración de derechos.
f. Pertenecientes a comunidades étnicas (indígenas, comunidades negras,
afrocolombianas, Palenqueros, Raizales y Rrom), que demanden el servicio.
g. Con discapacidad, que cumpla con al menos uno de los criterios de focalización.
h. Pertenecientes a los proyectos de las 100 mil Viviendas y Viviendas de Interés
Prioritario.
i. Niñas y niños cuyos padres estén en establecimientos de reclusión.
j. Niños o niñas extranjeras carentes de red una red familiar extensa o red vincular, que
se atenderán acorde con las directrices impartidas por el Gobierno Nacional y los
criterios de priorización impartidos por el ICBF.
k. Pertenecientes a hogares cuyo puntaje SISBEN sea igual o inferior a los nuevos puntos
de corte definidos para Primera Infancia, así:
NIVEL
14 CIUDADES *
RESTO URBANO
RURAL DISPERSO
ÚNICO
57.21
56.32
40.75
*Las 14 principales ciudades son: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Cúcuta,
Bucaramanga, Ibagué, Pereira, Villavicencio, Pasto, Montería, Manizales y Santa Marta, sin
sus áreas metropolitanas. Incluye la zona urbana diferente a las de las 14 principales
ciudades, los centros poblados y la zona rural dispersa de las 14 principales ciudades.
Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, la Dirección de Primera Infancia acoge los
lineamientos del CONPES Social 100 del 2006, cuyo objetivo, es aumentar la equidad en
la asignación y efectividad del gasto en la política social del Estado.
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El Centro Zonal, en el Comité Técnico Operativo en conjunto con las EAS evaluará la
capacidad instalada y los cupos disponibles en las diferentes Unidades De Servicio-UDS,
para establecer si se requieren cupos adicionales, que deberán ser aprobados con
destinación exclusiva para niños y niñas egresados de cualquier modalidad de la
Estrategia de Atención y Prevención de la Desnutrición y remitidos de manera formal por
la Sede Nacional, los operadores de los programas la Dirección de Nutrición, y/o
remitidos por la Defensoría de Familia y víctimas del conflicto armado y/o remitidos
mediante actos administrativos por las instancias competentes, para garantizar la
continuidad de la atención a través del servicio de educación inicial, atendiendo las
consideraciones siguientes:
Se priorizará la atención en la modalidad institucional, si no es posible su ubicación
en ésta, se atenderá en la Modalidad Comunitaria (HCB Familiares) o en su defecto
en la Modalidad Familiar, DIMF, siguiendo lo descrito en el Procedimiento para dar
continuidad en la atención de niños y niñas egresados de los CRN.
Para garantizar los cupos adicionales, el Comité Técnico Operativo solicitará la
adición de los mismos en los contratos de aporte, cumpliendo los trámites
establecidos para ello, de acuerdo con la atención requerida validada por el Centro
Zonal y la Oficina de Planeación Regional; esto debe quedar consignado en acta de
Comité con los debidos soportes.
Para la adición de cupos es importante que las EAS den cumplimiento estricto a sus
obligaciones contractuales.
Estos cupos tendrán destinación exclusiva para la atención de la población referida y
se reconocerá únicamente los costos variables correspondientes a las niñas y niños
efectivamente atendidos.
En los grupos de atención de dos a cinco años, se permitirá atender en este esquema
un máximo de 5 niñas y niños adicionales por grupo, en todo caso se deberá buscar
una proporción adecuada al interior de la UDS. Para niñas y niños menores de dos
años se podrán habilitar 2 cupos adicionales sólo en el caso en que se cuente con
auxiliar pedagógica exclusiva para este nivel.
En el caso que exista un usuario que no cumpla con ninguno de los criterios de focalización,
pero requiera la atención, se cuenta con alternativas como la visita domiciliaria por personal
competente y la revisión de soportes que demuestren que el ingreso familiar no supera el
1,5 SMMLV, para determinar si se puede priorizar o no la población.
2.1.2.2. Criterios prevalentes de focalización
En caso de que haya una mayor demanda de población que cumpla los criterios, frente a
la oferta (cupos disponibles), se dará prioridad para asignar el cupo a la siguiente población:
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a. Víctimas de hechos violentos asociados al conflicto armado interno, de acuerdo con las
directrices establecidas en la Ley 1448 de 2011 y los Decretos Ley 4633, 4634 y 4635
de 2011, así como la Sentencia T 025 de 2004.
b. Niños y niñas remitidos de CRN o que se encuentren en el PARD o hermanos de Niñas,
Niños y/o Adolescentes en proceso PARD.
c. Familias de grupos étnicos contempladas en los autos de la Corte Constitucional.
d. Niños y niñas con discapacidad, para los que se dificulte el cuidado y protección
adecuados, que sean remitidos por el SNBF con base en el registro para la localización
y caracterización de personas con discapacidad del Ministerio de Salud -SISPRO-, o
por parte de los comités territoriales y locales de discapacidad, así como, por las
entidades territoriales en salud.
e. Niños y niñas egresados del servicio Desarrollo Infantil en Establecimiento de
Reclusión.
En los casos anteriores se recomienda realizar visita sociofamiliar con el fin de definir el
grado de vulnerabilidad.
2.1.2.3. Procedimiento para la Focalización de la Población.
Teniendo en cuenta los criterios de focalización definidos anteriormente, las EAS deberán
aplicar los procedimientos descritos a continuación para la asignación de los cupos a cada
UDS, de acuerdo con la capacidad instalada de las mismas, los cupos contratados y los
usuarios inscritos.
2.1.2.3.1. Búsqueda Activa
Previa verificación de disponibilidad de cupos y coordinación interinstitucional en los
territorios, se realiza la ubicación y contacto directo con los potenciales usuarios al ingresar
a la oferta programática del ICBF.
2.1.2.3.2. Demanda espontánea y lista de espera
La demanda espontánea se da cuando una familia está interesada en un cupo y se acerca
directamente a la UA, al Centro Zonal, o a la Dirección Regional del ICBF a solicitarlo.
Cuando la UDS cuenta con cupos para la atención, se procede a vincular a la niña o niño
inmediatamente. Siempre y cuando se encuentre en la base de potenciales usuarios. De lo
contrario, la niña o niño debe ser registrado en el formulario de inscripción de Usuarios que
solicitan cupo, para la inclusión en lista de espera y su posterior validación con las bases
de datos de focalización. El Comité Técnico Operativo realizará la validación de los cupos
asignados, de acuerdo con las funciones que le son establecidas en este manual.
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2.1.2.3.3. Remisión Directa
Proceso mediante el cual un tercero remite a los potenciales usuarios, para el ingreso a las
modalidades de atención del ICBF.
2.1.3. Asignación de cupos e inscripción de la población
El proceso de asignación de cupos podrá realizar previo o durante la atención y será
resultado de las actividades anteriores. Para la asignación de cupos a niñas y niños con
discapacidad desde los 6 meses y menores de 6 años, se tendrán en cuenta un número
máximo de 10 cupos por cada 100 niñas y niños, de acuerdo con las siguientes
proporciones:
Por grupo de atención (espacio pedagógico), se contará con un máximo de 1 niña o
niño con discapacidad, dependiente en la ejecución de actividades básicas cotidianas
y de la vida diaria (actividades de aseo, comida, vestido, desplazamiento).
Por grupo de atención (espacio pedagógico), se contará con un mero máximo de 1
niña o niño con discapacidad, dependiente con apoyo de la red familiar en la
ejecución de actividades básicas cotidianas y de la vida diaria (actividades de aseo,
comida, vestido, desplazamiento) de acuerdo con su capacidad para la ejecución de
actividades.
Por grupo de atención (espacio pedagógico), se contará con un máximo de 2 niñas o
niños con discapacidad, independientes en la ejecución de actividades básicas
cotidianas y de la vida diaria (actividades de aseo, comida, vestido) de acuerdo con su
capacidad para la ejecución de actividades.
El proceso de asignación e inscripción de toda la población constara de las siguientes
etapas:
2.1.3.1. Publicación y Socialización de los Listados
Una vez asignados los cupos, el listado será publicado en un lugar visible en la respectiva
UDS, firmado por Comité Técnico Operativo responsable del análisis de solicitudes, con
mínimo 10 días hábiles antes del inicio del servicio, con el fin que los padres de familia
puedan obtener los documentos y estén informados para presentarlos. Así mismo, en listas
independientes se deben consignar cuáles solicitudes quedan en espera, y las que no son
aceptadas.
Además de la publicación de las listas, las EAS deben comunicarse con la familia de la niña
o niño o con la mujer gestante o a través de los medios de comunicación que disponga,
para informar que se le ha asignado el cupo y el tiempo mite con el que se cuenta para
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presentar los documentos requeridos y formalizar el cupo en las fechas, horarios y
procedimientos establecidos.
2.1.3.2. Formalización del cupo
El cupo se formaliza con la presentación, por parte de la familia, de la documentación
relacionada para el efecto en la tabla Documentos Básicos, los cuales deberán ser
entregados en el punto de inscripción establecido por la EAS para la modalidad y servicio.
Los documentos se reciben en el momento de la inscripción, y en el caso de faltar
documentos, la familia debe gestionar la consecución de los mismos con apoyo de la EAS
y podrán allegarse en el transcurso inferior a 2 meses después de haber iniciado la atención.
No obstante lo anterior, para los casos en los que la familia no haya tramitado el Registro
civil de nacimiento, el puntaje SISBEN o afiliación a salud vigente, la EAS debe orientar y
hacer seguimiento a las acciones adelantadas para su consecución y acordar un plazo no
superior 3 meses para la entrega.
Si la familia no formaliza el cupo, es decir, si no se acerca en la fecha establecida para
realizar la inscripción, se dará un plazo no mayor a 10 as hábiles para este trámite. Si
transcurridos los 10 as hábiles no hay algún tipo de notificación por parte de la familia
para realizar la inscripción, el cupo se asignará a quien se encuentre identificado en estricto
orden de la lista de espera. Para el caso de las niñas y los niños que se encuentren en
PARD, se debe revisar la pertenencia y notificar a la autoridad administrativa.
En ningún caso la falta de alguno de los documentos impide la asignación del cupo y la
atención de la población. Las EAS deben orientar a la familia en el proceso de obtención
de los documentos requeridos.
2.1.3.3. Conformación del archivo de las niñas, niños, mujeres gestantes y registro
de la Información
Las EAS deberán solicitar a las familias los documentos requeridos para formalizar el cupo.
Estos documentos y formatos deberán reposar en una carpeta en medio físico o digital
debidamente organizados, de acuerdo con la condición de calidad del componente
Administración y Gestión, garantizando la protección y confidencialidad de la información,
y deben estar disponibles en cualquier momento en que se requiera una consulta por parte
del equipo técnico del ICBF o entidad competente que lo solicite.
Las EAS deberán notificar al Centro Zonal o supervisor del contrato, el lugar físico en donde
siempre reposarán los archivos con la documentación de los usuarios donde se garantice
su custodia.
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Tabla Documentos Básicos
DOCUMENTO
REQUERIDO PARA
FRECUENCIA DE
ACTUALIZACIÓN8
Fotocopia del Registro civil de
nacimiento
Formalización del cupo
Único
Fotocopia de puntaje SISBEN
Formalización del cupo
Si para la inscripción presentó
puntaje de SISBEN II, debe
presentar soporte de SISBEN
III una vez cuente con éste.
Este documento no aplica para
comunidades indígenas,
negras con territorios
colectivos y palenqueras.
Documento que acredite la
afiliación al sistema de
seguridad social en salud
vigente (Por ejemplo,
certificación, Emitida por
FOSYGA vía electrónica o la
herramienta que haga sus
veces)
Formalización del cupo
Actualizar en caso de cambio
de EPS.
Fotocopia de valoración
integral en salud: control de
crecimiento y desarrollo o la
fotocopia del documento que
acredite la participación en el
programa de la valoración,
Seguimiento
Conforme a la normatividad
vigente en la materia y edad
del usuario.
Copia del carné de vacunación
al día según edad (puede ser
Carné de salud infantil), y para
las mujeres gestantes
certificado de vacunación.
Seguimiento
Único, actualizar cuando
proceda
Copia del diagnóstico médico
asociado a la discapacidad (en
los casos que aplique), el cual
no es requisito para el ingreso,
Seguimiento
Único, sólo para los casos que
aplique.
La frecuencia de actualización de las atenciones en salud estará sujeta a la normatividad vigente en la materia.
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DOCUMENTO
REQUERIDO PARA
FRECUENCIA DE
ACTUALIZACIÓN8
pero si para el seguimiento en
el proceso de la atención.
Para identificar lugar de
residencia, fotocopia de un
recibo de servicios público
cuando sea necesario.
Formalización del cupo
Al inicio y en caso de cambiar
de residencia.
Fotocopia de documento de
identidad del padre, madre o
cuidador responsable
Formalización del cupo
Único
Certificado de pertenencia a
comunidad indígena,
afrodescendientes, raizales,
palenqueros, y Rrom o que se
ha auto referido como tal. El
capitán de la comunidad
expide el certificado de
pertenencia a comunidad y el
ministerio del interior tiene un
censo que confirma si esa
persona existe en el
resguardo, pero no todos los
resguardos están en la base
de datos y así mismo con las
otras comunidades.
Formalización del cupo
(cuando aplique)
Único, sólo para los casos que
aplique.
Fotografía de la niña o el niño.
Formalización del cupo
Esta fotografía podrá ser digital
y estará a cargo de la EAS.
Certificado de consulta de
salud oral.
Seguimiento
Aplica para mayores de dos
años.
Certificado de examen de
agudeza visual.
Seguimiento
Aplica para niñas y niños al
cumplir los 4 años. Único.
Certificado de tamizaje
auditivo.
Seguimiento
Aplica para niñas y niños
menores de 5 años. Único.
Ficha de caracterización Socio
familiar / o Formato veracidad
de la información Ficha de
Caracterización Ver Anexo
Seguimiento
La Ficha deberá ser
diligenciada en la parte
correspondiente a los datos
básicos, los demás datos se
diligenciarán en los primeros
dos meses y será actualizada
por la EAS según se requiera.
Para su diligenciamiento tenga
en cuenta el instructivo
Acta de compromiso de
corresponsabilidad para el
desarrollo integral de su UDS.
Formalización del cupo
Único
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En los casos en los que se realice cambio de EAS, esta información deberá ser entregada
de manera inventariada a la EAS que recibe el servicio. Lo anterior, con el fin de
garantizar la continuidad de niñas, niños y mujeres gestantes atendidos y evitar
reprocesos administrativos en las EAS.
Registro de información
La información referida a la población usuaria del servicio debe ser registrada en el Sistema
de Información o herramientas digitales que el ICBF disponga. La EAS debe disponer del
personal idóneo que será capacitado en el manejo del sistema de información, para que el
registro se efectúe en los términos de veracidad, calidad y oportunidad requeridas.
2.2. Proceso de caracterización sociofamiliar y registro de la población
El proceso de caracterización sociofamiliar se convierte en el instrumento clave y punto de
partida que permite identificar y realizar el levantamiento de información sobre las
condiciones de vida, las experiencias y relaciones sociales en las que viven las niñas, los
niños, las mujeres gestantes y sus familias; información necesaria para planear las acciones
que promueven su desarrollo integral, las que deben verse reflejadas en el POAI de cada
UDS del servicio de DIMF y también se debe ver reflejado en la Propuesta de Trabajo de
cada UDS del servicio HCB FAMI.
Este instrumento contiene tres módulos generales que permiten a cada UDS identificar
necesidades y particularidades culturales, físicas y sociales.
La EAS deberá gestionar y garantizar la sistematización de la información de la ficha de
caracterización vigente de cada UDS, así como apoyar a las y los agentes educativos, en
la interpretación de los datos, para la construcción e implementación del POAI y el Plan de
Trabajo y el desarrollo cotidiano de los procesos de planeación pedagógica necesarios en
la atención de niñas y niños.
Cada EAS debe diligenciar la herramienta digital establecida para el reporte de la
información de la ficha de caracterización sociofamiliar, la cual deberá hacerse la primera
parte cuando la familia inscriba a la niña y niño, se completará paulatinamente a medida
que se va conociendo a la familia; luego se consolida por cada UDS. la información debe
ser precisa, que permita reconocer aspectos en común y diferenciales del conjunto de
niñas, niños, mujeres gestantes y sus familias, que hacen parte del servicio.
La EAS deberá tener la información consolidada a más tardar al finalizar el primer bimestre
de ejecución del contrato, con el fin de que realice el análisis cualitativo y cuantitativo. La
EAS diligencia, sistematiza y consolida la información de la ficha de caracterización con
calidad y cantidad requerida dentro de los tiempos establecidos, la cual debe ser entregada
al supervisor del contrato del ICBF.
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Es importante precisar que para el registro de información de las variables de discapacidad
en el Sistema de Información Cuéntame o el que designe el ICBF y en la ficha de
caracterización socio familiar de las niñas, niños y mujeres gestantes con discapacidad
que ingresen a los servicios de la modalidad de atención, se debe considerar la importancia
del registro de sus condiciones particulares en los instrumentos dispuestos para la
recolección de información personal, familiar y contextual de los usuarios. La relevancia de
la información recolectada es fundamental para la organización de una oferta incluyente,
además de identificar los requerimientos de asistencia técnica, recurso humano,
cualificaciones y material didáctico que requiera la UDS, para ellos debe remitirse a la “guía
para el registro de las variables de discapacidad en el sistema de información cuéntame y
en la ficha de caracterización socio familiar”.
Para la aplicación de la Ficha de Caracterización Sociofamiliar se deberá establecer un
vínculo de confianza con la familia, además de lo establecido en el Instructivo elaborado
para el efecto. Así mismo para los efectos de supervisión y garantía de seguridad de la
información es necesario atender las consideraciones siguientes:
La ficha que se aplica en medio digital debe estar almacenada en un computador o
dispositivo digital que se encuentre accesible en cada UDS, para que pueda ser
actualizada oportunamente en las variables de seguimiento y presentada para efectos
de la supervisión y la verificación de las condiciones de calidad. La EAS o UDS debe
hacer firmar al padre, madre o cuidador principal el “Formato veracidad de información
ficha caracterización a padres”, donde se cuenta del diligenciamiento de la ficha de
manera digital, y ésta debe reposar en la carpeta de la niña o niño, lo cual dará fe de la
información registrada en la misma. (Para las personas iletradas se debe colocar la
huella en formato de veracidad).
Procurar siempre utilizar discos duros extraíbles exclusivos para su almacenamiento.
Evitar poner la información original y sus correspondientes actualizaciones en
dispositivos de almacenamiento de uso constante como USB personales.
Las fichas deben tener por lo menos una copia de seguridad adicional a la original, con
el fin de prevenir pérdidas de información. Se sugiere que esta copia se guarde en lugar
seguro en la misma UDS.
En ningún caso se debe enviar por correo ni compartir los archivos de las fichas con
otras personas o entidades, ni se debe diligenciar la información de la ficha en
computadores compartidos como Café Internet o de uso público, esto con el fin de
salvaguardar la privacidad de la información que reposa en la Ficha.
En caso de pérdida total de la información las EAS deberán asumir su entera
responsabilidad e informar al Centro Zonal o Dirección Regional según corresponda.
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Así mismo deberán recolectarla nuevamente bajo sus propios medios en el menor
tiempo posible de acuerdo con el cronograma pactado con el Centro Zonal o Dirección
Regional.
Es necesario tener en cuenta la confidencialidad de la información para niñas, niños y
mujeres gestantes que se encuentran en PARD.
La Ficha de Caracterización Sociofamiliar debe ser ingresada al sistema de información
que el ICBF defina para tal fin, a través del cual se realizará su consolidación.
2.3. Ruta Operativa de la Modalidad
La ruta operativa permite organizar las acciones y estrategias que deben ponerse en
marcha para garantizar la integralidad de la prestación del servicio. Se encuentra
organizada en dos fases: Fase I. Preparatoria y Fase II. Implementación del servicio.
2.3.1. Fase I Preparatoria: aspectos generales para la Modalidad
Durante la fase preparatoria la EAS debe garantizar las condiciones necesarias para dar
inicio al servicio, desarrollando de manera paralela las siguientes actividades: conformación
del equipo de talento humano, articulación y gestión interinstitucional, gestión de espacios
físicos y dotación, Inscripción de la población, diseño del plan de acción para la construcción
el POAI, elaboración del presupuesto, selección de proveedores de alimentos, concertación
con comunidades étnicas, plan de trabajo y ejecución de contrapartida (cuando aplique).
El periodo de duración de la fase preparatoria será definido contractualmente; por su parte
la fecha de inicio de la atención se determinará en el Comité Técnico Operativo del contrato,
el cual debe celebrarse máximo a los 10 días hábiles de la legalización del contrato. Es
fundamental tener en cuenta que las actividades de la fase preparatoria se realizarán con
el talento humano destinado a la operación.
Durante el primer mes de la ejecución del contrato, se podreconocer el valor mensual de
atención de costos fijos, soportado en dos conceptos: a) atención efectiva y b) acciones
necesarias para garantizar la atención.
Para los casos donde se requiera atención a comunidades étnicas, se deben establecer y
refrendar los acuerdos, criterios y condiciones de atención diferenciales, mediante proceso
de concertación, sustentado en acta debidamente firmada por las partes y con participación
del ICBF en el Formato “Acta de Concertación con comunidades étnicas.
Para la operación con enfoque diferencial en el marco de la diversidad, se requiere
establecer diálogos cooperativos y corresponsables en los que de manera bilateral o
multilateral se construyan rutas, se realice la concertación de la operación para la prestación
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del servicio (aspectos administrativos, de conformación del equipo de talento humano, de
salud y nutrición, de adecuación de espacios y ambientes, procesos pedagógicos y
formación y acompañamiento a familias)
.
Si al concluir la fase preparatoria se presentan situaciones excepcionales en las que no se
pueda dar inicio a la atención en los tiempos establecidos, ya sea por causas externas a
las EAS, por ejemplo incumplimiento del compromiso del ente territorial de la entrega de
infraestructura, por situaciones de orden público, desastres naturales, entre otros, se
deberán realizar los análisis en el marco del Comité Técnico Operativo, de aquellas
situaciones atípicas para así realizar los acuerdos y gestiones necesarias para iniciar el
servicio en el menor tiempo posible.
2.3.1.1. Conformación del equipo de talento humano
La conformación del equipo de talento humano se comprende como el proceso de selección
y contratación del personal idóneo y necesario para asegurar la prestación del servicio, de
acuerdo con los perfiles y relaciones establecidas en las condiciones de calidad.
2.3.1.1.1. Desarrollo Infantil en Medio Familiar
La EAS durante el proceso de selección de personal, tendrá que priorizar en su
contratación, a aquellos agentes educativos que cuenten o estén cursando procesos de
cualificación en el marco de la Ley 1804 del 2016; de igual manera tener en cuenta las
madres comunitarias que se encuentren en procesos de tránsito.
La conformación del equipo de talento humano debe considerar la contratación de personas
que residan en el territorio en el que se presta el servicio. Adicionalmente, es fundamental
contar con personas idóneas tanto en el ámbito profesional como personal, que tenga una
relación respetuosa y afectiva con niñas y niños y que desempeñen adecuadamente su rol.
Para este proceso se deben realizar como mínimo las siguientes acciones:
CONVOCATORIA Y SELECCIÓN DEL TALENTO HUMANO
RESPONSABLE
La Convocatoria y selección debe responder a un proceso de gestión de talento
humano documentado.
Se debe priorizar la contratación de personas que cumpliendo el perfil establecido
residan en el territorio y conozcan el contexto sociocultural. En caso de no contar
con el personal requerido para el servicio en el mismo municipio donde se prestará
el servicio, se deberá realizar convocatorias externas.
EAS
Tener en cuenta el Modelo de Enfoque diferencial del ICBF.
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En caso de no encontrar los perfiles requeridos de acuerdo con las condiciones de
calidad, se deberá proceder a presentar al comité técnico operativo las hojas de vida
de los candidatos con todos los soportes que acrediten la experiencia y formación
académica del personal seleccionado, con el fin de ser aprobado en el marco del
mismo y proceder así a su contratación.
La presentación de las hojas de vida deberá dejarse por escrito con oficio dirigido al
supervisor del contrato, anexando la relación del personal, las hojas de vida y
soportes en medio digital, así como la justificación de la EAS para proponerlo y
considerar que es el idóneo.
El documento, debe entregarse mínimo tres (3) días antes de realizar el Comité
Operativo. Cuando haya cambios (renuncias, reemplazos, terminación de contratos,
despidos) y sea necesario contratar nuevo talento humano, se debe cumplir con lo
anteriormente descrito en esta nota.
Comité Técnico
Operativo y EAS
CONTRATACIÓN DEL TALENTO HUMANO
RESPONSABLE
La contratación del equipo de talento humano deberá ajustarse conforme a lo
establecido por la Ley, y toda la vinculación deberá ser formalizada a través de
contratos escritos y firmados por las partes.
El personal debe ser vinculado al SGSSS, conforme al tipo de contrato que defina
la EAS, desde el primer día de la atención.
EAS
Las EAS deberán realizar el proceso contractual (elaboración de contratos), con sus
recursos administrativos y financieros. El ICBF sólo reconoce el aporte, para el
reconocimiento de los servicios de los profesionales o personal financiados en la
canasta. Esto, teniendo en cuenta que la EAS deben garantizar la capacidad
administrativa y financiera para la operación de los servicios.
EAS
INDUCCIÓN DEL TALENTO HUMANO
RESPONSABLE
Para la inducción al talento humano, se deberán desarrollar jornadas de
capacitación con un mínimo total de 20 horas dirigidas a todo el personal. Estas
capacitaciones serán realizadas en la etapa preparatoria, es decir antes del inicio
de la prestación del servicio. En los casos que por circunstancias especiales sea
necesario reducir la fase preparatoria la inducción al talento humano se garantizará
en jornadas alterna a la prestación del servicio, decisión que debe estar avalada en
el Comité Técnico Operativo y soportada en el acta del mismo.
La inducción deberá contemplar:
Presentación del contrato de aporte.
Socialización de la modalidad y servicio que se va a desarrollar.
Misión, visión y objetivos estratégicos del ICBF.
EAS
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Socialización de la Ley 1804 de 2016 y sus fundamentos políticos técnicos y de
gestión.
Referentes técnicos de la educación Inicial en el marco de la atención integral
2013.
Lineamientos Técnicos para la Inclusión y Atención a Familias segunda edición
2009.
Lineamiento Técnico Administrativo de Ruta de actuaciones para el
restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes con sus derechos
inobservados, amenazados o vulnerados. Con apoyo de ICBF.
Manual Operativo de la Modalidad Familiar
Guía para la construcción del Plan Operativo de Atención Integral. POAI.
Ley 1361 del 2009 ley de protección a la familia y la Ley 1857 de 2016 por
medio de la cual se modifica la ley 1361 para adicionar y complementar las
medidas de protección de las familias y se dictan otras disposiciones.
Política pública nacional de apoyo y fortalecimiento a las familias de noviembre
de 2016.
Lineamiento técnico de reconocimiento y respeto a la diversidad.
Ley 1448 de 2011, decretos reglamentarios 4633, 4634 y 4635 de 2011 y demás
disposiciones para la atención de niños, niñas de familias víctimas del conflicto
armado (autos y sentencias)
Y demás temas que la EAS considere de importancia para la prestación del
servicio
Los soportes de esta actividad son:
Propuesta de plan de trabajo para la inducción con el cronograma
Lista de asistencia.
Registro fotográfico
Evaluación del proceso de capacitación.
En los casos de cambio de talento humano durante la ejecución del contrato se debe
realizar el proceso de inducción con los nuevos integrantes.
La EAS deberá gestionar los espacios y recursos para el desarrollo de esta
actividad.
2.3.1.1.2. Hogar Comunitario de Bienestar Familiar -FAMI
Para la conformación y organización del equipo de talento humano deberá:
ACTIVIDAD
RESPONSABLE
OBSERVACIÓN
Seleccionar y contratar a las personas
requeridas para la prestación del servicio de
acuerdo con la cantidad de UDS a atender y
en las condiciones de calidad exigidas.
EAS
La EAS para el proceso de
selección de personal, prioriza
en su contratación, a madres o
padres comunitarios cualificados
que estén cursando procesos de
cualificación en el marco de la Ley
1804 del 2016.
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Contratar al talento humano conforme a lo
establecido por la Ley vigente, Toda la
vinculación deberá ser formalizada a través
de contratos escritos y firmados por las
partes.
EAS
El personal debe ser vinculado al
SGSSS, conforme al tipo de
contrato que defina la EAS, desde
el primer día de la atención.
Realiza diagnóstico individual para elaborar
el plan de acompañamiento a cada madre o
padre comunitario para potenciar su
quehacer pedagógico y retroalimentar las
planeaciones pedagógicas en la UDS.
EAS
(Ver Anexo Formato para el
diagnóstico individual de
competencias y áreas a fortalecer
para el que hacer pedagógico de
la madre o padre comunitario o
agente educativo”)
Requisitos y perfil de la madre o padre comunitario FAMI
Para que una persona de la comunidad sea seleccionada como madre comunitaria o padre
comunitario, debe cumplir con los siguientes requisitos:
a. Ser mayor de edad.
b. Haber residido en el sector donde funcione el Hogar Comunitario FAMI de Bienestar por
lo menos durante un año.
c. Escolaridad mínima: Normalista o técnico en primera Infancia.
d. Presentar un certificado médico y de salud ocupacional, en donde se certifique la aptitud
para realizar la labor, con una vigencia no mayor a un mes.
e. Ser reconocido en su comunidad por su solidaridad, convivencia y valores cívicos. Lo
cual debe acreditarse con una certificación que emite la Entidad territorial que lo
reconoce como der cívico, o por la Junta de Acción comunal del barrio en el que se
propone prestar el servicio.
f. Cuando el Hogar Comunitario FAMI funcionen en la vivienda de la madre comunitaria,
ésta deberá manifestar por escrito que, de manera solidaria con niñas y niños de su
comunidad y las familias, facilitará los espacios donde se brinde la atención. Dicha
certificación deberá incluir a los miembros mayores de su familia y que conviven en la
vivienda que se pone al servicio de la comunidad.
g. No tener el interesado en ser agente educativo, su cónyuge, hijos mayores de 18 años,
u otras personas parientas que habiten en el hogar, antecedentes judiciales,
disciplinarios, ni estar reportados en el Libro de Responsables Fiscales. Para ello
deberá presentarse certificación de la Policía Nacional, de la Contraloría General de la
República y de la Procuraduría General de Nación de las personas antes enunciadas.
h. No debe presentar antecedentes en violencia intrafamiliar y demanda de alimentos o
estar inmerso en un proceso administrativo de restablecimiento de derechos (PARD).
Para lo anterior, el interesado deberá presentar un certificado expedido por comisaria
de familia, ICBF e inspección de Policía según lo que aplique en el municipio en el que
habita.
i. Disponibilidad de tiempo para la atención de niñas y niños usuarios del programa de
acuerdo con la jornada de atención definida. Lo anterior, deberá ser soportado con una
declaración extra juicio en el que acredite su disponibilidad.
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j. No haber sido retirado de otros servicios de atención a la primera infancia por
incumplimiento de sus obligaciones y del manual operativo. Lo anterior, deberá
cotejarse a nivel de la Regional, verificando la vinculación como madre comunitaria en
el CUÉNTAME y en caso de haber sido cerrada la UDS, solicitar al centro zonal
respectivo la resolución de cierre y los resultados de supervisión. En el caso que venga
de otra Región, deberá solicitar a la Dirección de Primera Infancia, el municipio y centro
zonal de la UDS de la que proviene a fin de solicitar los antecedentes de la prestación
del servicio al coordinador del centro zonal respectivo quien deberá informar los
resultados de supervisión y el desempeño de la misma y entregar a la Regional
solicitante la información requerida para la toma de decisiones.
k. Para el caso de grupos étnicos, la madre o padre comunitario deberá contar con el
reconocimiento de la comunidad por su saber tradicional, manejo de la lengua materna,
conocimiento de la cultura y el territorio, además se requerirá de la aprobación de la
comunidad para ejercer dicho cargo y haber terminado el máximo grado de educación
formal ofertado en las instituciones educativas de su respectiva comunidad. Para lo
anterior se deberá contar por escrito con el certificado idóneo que acredite tales
calidades por parte de las autoridades competentes.
Proceso de selección de madre o padre comunitario FAMI
El proceso de selección y vinculación es responsabilidad de las EAS. Le corresponde al
ICBF verificar que el talento humano seleccionado cumpla con los requisitos exigidos en
este Manual Operativo y una vez realizada la revisión de soportes autorizar la continuidad
del proceso.
El proceso de selección contempla tres etapas:
a. Primera etapa
En la primera etapa de la selección los participantes deberán diligenciar el formato único de
solicitud y entregarlo a la EAS. La solicitud deberá ir acompañada por los certificados y
documentos señalados a continuación:
Información
Soportes
Escolaridad
Diploma o acta de grado
Condiciones de salud
Certificado médico y de salud ocupacional
Disponibilidad de tiempo
Declaración extrajuicio
Para el caso de las madres comunitarias,
aceptación familiar de facilitar de manera solidaria
los espacios requeridos para la prestación del
servicio
Carta de aceptación cuando el Hogar
funciona en la casa de la madre o padre
comunitario o agente educativo, firmada
por los miembros del núcleo familiar.
Para el agente propuesto, su cónyuge e hijos
mayores, no tener antecedentes judiciales, de
Contraloría y de Procuraduría.
Certificación de la consulta realizada en la
base de datos de la Policía Nacional,
Contraloría y Procuraduría
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Información
Soportes
Ser reconocido en su comunidad por su solidaridad,
convivencia y valores cívicos.
Certificación que emite la Entidad territorial
que lo reconoce como líder cívico, o por la
Junta de Acción comunal del barrio en el
que se propone prestar el servicio
No debe presentar antecedentes en violencia
intrafamiliar y demanda de alimentos o estar
inmerso en un proceso administrativo de
restablecimiento de derechos (PARD).
Presentar un certificado expedido por
comisaria de familia o ICBF según lo que
aplique en el municipio en el que habita.
No haber sido retirado de otros servicios de atención
a la primera infancia por incumplimiento de sus
obligaciones y del manual operativo.
Certificación de la Regional o centro zonal
según el caso. (Ver literal j ítem 2.2.1.1).
Ser mayor de edad
Copia de la cédula de ciudadanía.
Manipulación de alimentos
Carné de manipulación de alimentos
b. Segunda etapa
Estudio de la solicitud y documentación aportada: la EAS realizará la revisión y
verificará la información reportada (según tabla de documentos del ítem anterior) y
entregará copia del expediente al centro zonal al que le solicitan la apertura de la unidad.
Visita Domiciliaria para las madres o padres comunitarios: la EAS solicitará de
manera formal al centro zonal respectivo, la visita a la UDS propuesta. El centro zonal
deberá designar un profesional del equipo psicosocial o un técnico del Centro Zonal
ICBF, quien realizará la visita y verificará las condiciones de la vivienda o espacio
dispuesto, para saber si cuenta con las condiciones necesarias para el servicio de HCB
FAMI, según estándares. (Ver Anexo Formato para visita domiciliaria para
selección de madre o padre comunitaria).
Visita de la unidad ejecutora de saneamiento para las madres o padres
comunitarios: Una vez realizada la visita por el centro zonal y en caso de ser aprobada,
deberá gestionarse la visita por parte de la Unidad Ejecutora de Salud - UES (o la
entidad del territorio que tenga la competencia), quien deberá efectuar la visita a la
vivienda o espacio dispuesto donde funcionará el servicio y emitirá concepto. La gestión
de la solicitud de la visita deberá ser realizada por la EAS.
Entrevista: En caso de tener el concepto favorable de la visita del centro zonal y de la
Unidad ejecutora de saneamiento, se procedea programar entrevista. La entrevista
tiene como objetivo obtener información básica sobre aspectos sociofamiliares y
personales, que permitan determinar si el aspirante cumple con el perfil establecido. La
entrevista debe ser adelantada por la junta directiva de la EAS y a solicitud de ésta con
la asesoría del respectivo Centro Zonal del ICBF y el equipo interdisciplinario si
estuviese ya conformada. La entrevista deberá estar documentada en el expediente del
proceso.
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c. Tercera etapa
En la tercera etapa sólo participarán los candidatos preseleccionados para participar en
ella, es decir, aquellos que hayan cumplido a cabalidad la primera y segunda etapa, y para
estos se desarrollará un taller de capacitación inicial.
La EAS deberá entregar de manera formal el listado de los candidatos preseleccionados,
con los soportes de cada una de las etapas, con el fin de organizar la capacitación por parte
del ICBF.
Inducción o taller de capacitación inicial: A solicitud de la EAS, el Centro Zonal ICBF
orientará y coordinará una capacitación inicial, dirigida a los candidatos
preseleccionados, con organizaciones del sector tales como salud y educación. Como
parte de la estrategia de articulación con estos sectores, podrá vincularse a las
Universidades de carácter público o privado para el desarrollo de los contenidos propios
del taller de capacitación.
El Servidor Público del Centro Zonal informará a la EAS sobre las fechas y horarios del
taller de capacitación. Así mismo debe convocar a los preseleccionados al taller de
capacitación e informarles las condiciones y duración del mismo.
Los talleres deben incluir temas básicos, como: funcionamiento del servicio,
responsabilidades, proceso de atención desde la perspectiva de derechos, deberes y
componentes de la atención definidos para el servicio en el marco de la atención a la
primera infancia y responsabilidades de la madre o padre comunitario para el
cumplimiento de sus funciones en el marco de la formalización. Este proceso tendrá
una intensidad mínima de 40 horas. La capacitación deberá tener una evaluación pre y
post, que deberá ser revisada y tener concepto del centro zonal, a través de los
profesionales a cargo del taller.
La metodología de los talleres debe ser participativa, reflexiva, lúdico pedagógica y en
el marco del diálogo de saberes, con el fin de promover un espacio que permita
identificar habilidades, capacidades, liderazgo, trabajo en grupo, entre otros aspectos.
Pasantía: Esta actividad podrá hacerse en cualquiera de los servicios de Desarrollo
Infantil en Medio Familiar y FAMI, deberá hacerse con la vigilancia y observación del
ICBF (nivel Regional y/o centro zonal), quien en su preferencia deberá estar con la
participación de quienes dictaron la capacitación. Los resultados del desempeño en el
taller inicial y en la pasantía determinarán cuáles de los aspirantes capacitados resultan
aptos para ser madres o padres comunitarios Los responsables de la capacitación,
entregarán una lista con los resultados de las aptitudes y actitudes obtenidas en la
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capacitación en orden alfabético a la EAS, para que sea esta la que determine quién se
desempeñará como madre o padre comunitario.
Los demás participantes podrán hacer parte del banco de madres o padres
comunitarios, si la EAS lo considera pertinente, y de este proceso debe quedar el
registro escrito en carpeta del archivo de la EAS y del Centro Zonal del ICBF.
Una vez culminado el proceso de selección, para la vinculación de las madres o padres
comunitarios, la EAS exigirá la certificación de antecedentes judiciales de la madre o padre
comunitario o agente educativo a vincular, de su cónyuge e hijos mayores de 18 años y
otras personas que habitan en la vivienda donde se propone funcionarán el Hogar
Comunitario, junto a los demás requisitos
2.3.1.2. Gestión y articulación interinstitucional
Hace referencia al inicio de los procesos de articulación interinstitucional con las entidades
responsables de primera infancia en los territorios. Corresponde específicamente al
acercamiento de la EAS con las entidades territoriales tales como Gobernaciones,
Alcaldías, Secretarías de Educación, Salud, Cultura, Recreación y Deporte, Planeación,
Desarrollo Social, y demás entidades que intervienen en la Ruta Integral de Atenciones-
RIA.
Este acercamiento debe fortalecer las alianzas y acuerdos con la sociedad, las familias y
las entidades territoriales, y debe contar con el acompañamiento y articulación del Sistema
Nacional de Bienestar Familiar-SNBF, del Centro Zonal o Dirección Regional del ICBF,
según corresponda.
De esta manera se contempla la socialización de los contenidos y alcances del servicio
DIMF con los actores sociales presentes en el territorio, acomo el reconocimiento de la
oferta institucional, pública, privada, de cooperación y comunitaria a nivel territorial. La EAS
deberá adelantar gestiones para darse a conocer en los Consejos de Política Social, las
Mesas de Primera Infancia o aquellas instancias que permitan articulación en temas
relacionados con Primera Infancia en el territorio.
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PRESENTACIÓN TERRITORIAL DE LA EAS
RESPONSABLE
Oficiar al alcalde, con copia a las Secretarías de Educación, Salud, Social o
de Participación y Personería Municipal, con el fin de presentar la EAS, así
como el servicio a prestar en el marco del contrato realizado con el ICBF. En
dicho oficio, deberá relacionar como mínimo:
Número del contrato y objeto
Modalidad y servicio, especificando cantidad de cupos a atender y
los cupos actualmente cubiertos.
Tiempos del contrato.
Horario de atención, nombre del representante legal de EAS y
coordinador de la UDS.
Servicios ofrecidos dentro las UA.
Si el inmueble es de la Entidad Territorial, deberá recordarse y
solicitar el apoyo para los procesos de mantenimiento y demás
requeridos.
Informar sobre la necesidad de realizar el proceso de rendición de
cuentas de la EAS al inicio y al finalizar el contrato, para lo cual
solicitan el acompañamiento del ente territorial.
EAS
IDENTIFICACIÓN DE ENTIDADES E INSTITUCIONES
CORRESPONSABLES DE LA PRIMARIA INFANCIA
RESPONSABLE
Identificar las entidades corresponsables con la atención a la primera
infancia presentes en el territorio y las herramientas de planeación para la
atención integral entre las que se encuentran; el Plan de Desarrollo
Territorial-PDT, la Ruta de Atención Integral-RIA y el Plan de Atención
Integral-PAI.
Elaborar un directorio que contenga los datos de contacto y servicios de
entidades públicas y privadas que tengan corresponsabilidad en la
atención integral a la primera infancia en el territorio.
EAS
Centro Zonal, Enlace del
Sistema Nacional de Bienestar
Familiar
COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
RESPONSABLE
Establecer mecanismos de coordinación con la administración local, organizaciones
que realicen acciones por la primera infancia, con las autoridades tradicionales y sus
organizaciones cuando aplique; para mejorar las condiciones en favor del desarrollo
integral de las niñas, los niños, mujeres gestantes y familias, en el marco de la
implementación de la Política De Cero a Siempre.
EAS
2.3.1.3. Gestión del espacio físico y dotación
Consiste en la adecuación de la infraestructura en la que se prestará el servicio, de acuerdo
con los requerimientos establecidos para los espacios físicos. Así mismo, se refiere al
proceso para contar con la dotación para la prestación del servicio, especialmente con el
material didáctico que requieren las unidades de atención, teniendo en cuenta las
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características de las niñas, niños, mujeres gestantes y familias y la “Guía orientadora para
la compra de dotación para las modalidades de atención integral en primera infancia.
La garantía de espacios para la realización de encuentros educativos grupales del servicio
DIMF, y para la atención en el servicio HCB-FAMI en los casos en que no se brinde en el
hogar, es una obligación de las EAS, por lo tanto, no se reconocerán por regla general,
recursos para el arrendamiento de espacios, las excepciones deberán ser notificadas de
manera previa a la Dirección de Primera Infancia y autorizadas en el Comité Técnico
Operativo del respectivo contrato.
2.3.1.3.1. Desarrollo Infantil en Medio Familiar -DIMF-
La identificación y gestión de los espacios en donde se desarrollan los encuentros
educativos grupales, tendrá en cuenta los criterios de agrupación, estructura de operación
y los requerimientos establecidos en las condiciones de calidad definidos. Dicho proceso lo
adelantan las EAS de la mano con las autoridades municipales y las diferentes secretarías
de las entidades territoriales, autoridades tradicionales, centros zonales o direcciones
regionales del ICBF, entre otros. Pueden ser utilizados espacios comunitarios,
institucionales o privados que garanticen condiciones adecuadas y disponibilidad para el
desarrollo de los encuentros, en el caso que exista disponibilidad de espacios anexos a un
Centro de Desarrollo Infantil -CDI-, éstos se utilizarán en horarios concertados entre ambos
servicios.
El servicio de DIMF también se desarrollará en la casa (hogar) de niñas, niños y mujeres
gestantes, en donde se realizan los encuentros educativos en el hogar. Una vez creadas
las UDS, la EAS deberá establecer las rutas para el desarrollo de los encuentros en el
hogar; definiendo el plan de trabajo, el cronograma y los horarios de forma concertada con
las familias.
GARANTÍA DE LOS ESPACIOS
RESPONSABLE
Las EAS deberán gestionar los espacios para los encuentros grupales con las
autoridades municipales y las diferentes secretarías de las entidades territoriales,
autoridades tradicionales, Centros Zonales o Regionales del ICBF, entre otros.
EAS, Centro Zonal
o Regional
Acta de compromiso con la entidad, institución u organización con la que se gestionó
el espacio para el desarrollo de los encuentros grupales.
EAS
Garantizar con el apoyo de las autoridades locales y con la participación de la
comunidad, las condiciones de seguridad, higiene y capacidad locativa de espacios,
de acuerdo con los requerimientos básicos referidos en las condiciones de calidad del
componente ambientes educativos y protectores.
EAS
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DOTACIÓN
RESPONSABLE
Definir y garantizar la dotación requerida para la prestación del servicio de acuerdo con:
Guía orientadora para la compra de dotación para las modalidades de atención
integral en primera infancia
Las características socioculturales de población atendida.
La producción local del material educativo y de apoyo requerido.
Espacio para el almacenamiento y administración del material.
La calidad y cantidad de material de acuerdo con la proporción de niñas, niños
y mujeres gestantes
La disponibilidad de la dotación para el adecuado desarrollo de los encuentros
grupales.
Las estrategia y énfasis definidos en el POAI
EAS
Supervisor del
contrato
Las EAS deberán comprar dotación de acuerdo en lo establecido en la Guía orientadora
y el presupuesto asignado en el contrato.
Para los casos en que los materiales requieran ser ajustados de acuerdo con los usos y
costumbres, la cosmovisión de las comunidades se deberá tener en cuenta, proyecto o
propuesta pedagógica, rango de edad y en general las características culturales; éstos
deberán ser avalados y aprobados por el Comité Técnico Operativo por parte de la
supervisión del contrato.
Se ha de realizar el procedimiento definido para la gestión ingreso de bienes al almacén
del ICBF, que incluye la suscripción de actas con el inventario, las cuales deben reposar
en la carpeta del contrato cuando aplique y acorde a lo establecido en las orientaciones
dadas en memorando con número de radicado S-2017-40756-0101 del 02 de agosto de
2017, el cual hace parte de los anexos de este manual. Guía de Gestión de Bienes
versión vigente; Procedimiento ingreso de bienes muebles al almacén, versión vigente.
EAS
Supervisor del
contrato
2.3.1.3.2. Hogar Comunitario de Bienestar FAMI
El HCB FAMI funciona en la casa de la madre, padre comunitario o lugar dispuesto por la
comunidad, adecuados para prestar el servicio; en el caso que se aperture un HCB FAMI,
se deberá realizar la visita a las instalaciones por parte del Centro Zonal o Regional y por
la Entidad de salud correspondiente, para su concepto.
2.3.1.4. Focalización e inscripción a la población atender
Las EAS con el apoyo de las autoridades locales, el supervisor del contrato, el Centro Zonal
o Regional, cuando aplique y el enlace Cuéntame de ICBF, debe priorizar la población más
vulnerable y garantizar su acceso y atención conforme a lo descrito en el presente Manual
en el proceso de focalización de la población.
2.3.1.5. Diseño del Plan Operativo para la Atención Integral -POAI- y de la Propuesta
de Trabajo
2.3.1.5.1. Plan Operativo para la Atención Integral -POAI- DIMF
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En el servicio DIMF la EAS debe elaborar el POAI, a través del cual se estructuran los
objetivos y acciones que va a desarrollar la UDS con su equipo de trabajo, en función de la
garantía de derechos de las niñas y los niños, y en cumplimiento de las condiciones de
calidad. Para lograr el diseño del POAI es necesario que en la fase preparatoria la EAS
defina el plan de acción a partir de la herramienta de autoevaluación de las condiciones de
calidad establecida para tal fin. A través de este plan se definen las acciones, actores y
tiempos para la construcción del documento del POAI, basado en la matriz de
autoevaluación y la “Guía para la construcción del POAI”. El plan de acción debe ser
presentado en el primer comité técnico operativo.
2.3.1.5.2. Propuesta de Trabajo HCB-FAMI
La EAS en conjunto con la madre, padre comunitario diseñará un plan, en conjunto con la
madre, padre comunitario diseñará un Plan de Trabajo en la matriz establecida para tal fin,
donde presenten las acciones que desarrollará en cada componente de calidad para
cumplir con el servicio de atención con calidad, en sus 4 componentes: Familia Comunidad
y Redes, Proceso Pedagógico, Salud y Nutrición, Ambientes Educativos y Protectores.
Para la estructuración del Propuesta de Trabajo las EAS, madres y padres comunitarios
tendrán un plazo de 3 meses a partir de la iniciación del servicio de atención, tiempo en el
cual deberán tener completamente diligenciada la ficha de caracterización sociofamiliar, la
consolidación y análisis de la información, la cual se convierte en el insumo para la
construcción del Propuesta de Trabajo para cada una de las UDS, para esto deben tener
en cuenta los Referentes Técnicos de Educación Inicial en el marco de la atención integral.
2.3.1.6. Elaboración y presentación del presupuesto
Las EAS a partir del esquema de pagos y requisitos del contrato suscrito, debe elaborar el
presupuesto para la ejecución del contrato teniendo en cuenta las indicaciones y los
formatos establecidos para el componente. El presupuesto y control presupuestal debe
contemplar los costos y gastos derivados del cumplimiento de las obligaciones
contractuales, donde se posibilite el flujo de caja equilibrado a partir de los ingresos y
egresos estimados durante el periodo de atención. Para esto contará con la asesoría del
Centro Zonal o Regional cuando sea requerido.
2.3.1.7. Plan de trabajo y ejecución de la contrapartida
El plan de trabajo deberá incluir todas las acciones necesarias antes, durante y posterior a
la atención.
La EAS deberá presentar la propuesta de ejecución de la contrapartida ofrecida para la
operación del servicio mediante la habilitación en el Banco Nacional de Oferentes para la
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Primera Infancia (BANOPI), y la cual hace parte integral de la minuta contractual, en la que
se evidencie como mínimo:
El producto.
La fecha de entrega.
Tipo de contrapartida.
La EAS presentará el plan para la inversión de la contrapartida acorde con las inversiones
para las cuales se comprometcontractualmente en el servicio de DIMF, y en HCB FAMI,
cuando aplique.
2.3.1.8. Proceso de selección de proveedores de alimentos
Evidenciar la elección de los proveedores de acuerdo con los criterios de selección de
proveedores, así:
a. Criterios Estratégicos: Ubicación, experiencia, disponibilidad.
b. Criterios Técnicos: Cumplimiento, respuesta al incumplimiento, infraestructura,
capacitación del personal, parque automotor, operación, calidad, registros sanitarios y
alimentos con normas de rotulado y etiquetado.
c. Criterios Comerciales: Precio, servicio al cliente, criterios para la selección de
proveedores, crédito.
De acuerdo con lo establecido en la Guía Técnica del Componente de Alimentación y
Nutrición para los Programas y Proyectos Misionales del ICBF, en el ítem Programa de
selección y evaluación de proveedores.
El proveedor seleccionado por la EAS, está obligado a facturar: sea régimen común o
simplificado deberá cumplir con los requisitos de la legislación comercial y si no está
obligado deberá cumplir con los requisitos previos para legalizar su pago (documentos
equivalentes, RUT actualizado, Certificado de Cámaras de Comercio, entre otros, esto para
todos los servicios de atención).
El supervisor del contrato deberá cargar el formato entregado por la EAS en la ruta que se
defina por la Dirección de Primera infancia y verificará que la información sea coherente y
de calidad.
La EAS deberá al momento de la entrega de los alimentos en cada UDS, suscribir un acta
de entrega en la que se relacione: fecha de entrega, nombre de la UDS, nombre del
responsable de la UDS, alimentos y cantidades entregadas, nombre de quien entrega los
alimentos y un espacio para anotar las devoluciones u observaciones que realice la madre
o padre comunitario por no cumplir con la calidad e inocuidad de los alimentos. Cuando se
realicen devoluciones por parte de la madre o padre comunitario, deberá realizarse el
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cambio o reposición de los alimentos a más tardar 24 horas posteriores a la suscripción del
acta.
2.3.1.9. Concertación con comunidades étnicas
Los Directores Regionales, Coordinadores de Centros Zonales y supervisores de los
contratos de aporte deben propiciar y mantener espacios de participación y diálogo con
comunidades étnicas, con fin de garantizar que la atención se brinde de forma pertinente,
oportuna, con calidad y acordes a las características del contexto. La concertación es la
instancia idónea para fortalecer el desarrollo de enfoques diferenciales garantizando el
derecho de las comunidades étnicas para que se revitalice su identidad cultural y su
singularidad como sujetos individuales y colectivos.
Para el proceso de concertación se debe tener en cuenta la ruta establecida por el ICBF en
coherencia con lo establecido por el Ministerio del Interior.
2.3.2. Fase II. Implementación
Una vez desarrolladas las actividades referidas en la fase preparatoria, se dará inicio a la
atención directa.
2.3.2.1. Jornada de socialización
Las EAS deben realizar por lo menos una jornada con padres, madres, cuidadores, niñas y
niños en la que informen a las familias y cuidadores sobre el sentido de la modalidad
familiar, las características del servicio DIMF, socialización de la Ley 1804 de 2016, la
importancia de brindar una atención integral de calidad, oportuna, pertinente y flexible en la
primera infancia, recalcando la corresponsabilidad de la familia y el fortalecimiento de los
vínculos afectivos. Igualmente, que se establezcan acuerdos para el pacto de convivencia.
La jornada deberá observar las orientaciones dadas por el ICBF para su realización.
2.3.2.2. Construcción e Implementación del POAI y la Propuesta de Trabajo
El POAI es la ruta orientadora donde se materializa el sentido y acción del servicio DIMF,
en este se evidencian las acciones a desarrollar en cada componente, las estrategias y
metodologías para cumplir con un servicio de calidad. Para la construcción del POAI, las
EAS tendrán un plazo de 3 meses a partir de la iniciación de la atención. Es importante
aclarar que el POAI se debe diseñar por grupos de 50 usuarios, teniendo en cuenta que
para su construcción este parte de la caracterización de las de niñas, niños, mujeres
gestantes y familias usuarias, así como las características del territorio (vereda,
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corregimiento, centro poblado, otros) sin perder de vista lo sociocultural, económico, político
y social. Dado el caso que una UA este situada en un territorio con características
diferentes, éstas se incluirán en el documento y se deben tener en cuenta para el diseño
de acciones y estrategias de atención según potencialidades, necesidades y problemáticas
existentes en el contexto donde está situada la UA. (Consulta la Guía para la construcción
del POAI)
En el caso que la EAS considere necesario apoyo externo para la construcción del POAI,
deberá asumirlo con recursos propios, lo anterior, fundamentado en que las EAS que se
contratan se habilitaron en el Banco Nacional de Oferentes, demostraron capacidad
administrativa, financiera y técnica, que les permite aportar y realizar gestiones adicionales
para contribuir con la ejecución del contrato y con la calidad de la atención.
Para los HCB-FAMI las EAS acompañaran a las madres comunitarias en el diseño de su
propuesta de trabajo para la atención de las niñas y niños en la matriz establecida para tal
fin, donde presenten las acciones que desarrollaran en cada componente de atención, as
estrategias y metodologías, tiempos, responsables y producto a entregar para cumplir con
el servicio de atención con calidad (ver anexo Formato Propuesta de Trabajo HCB).
Para el diseño de esta Propuesta de Trabajo, las EAS tendrán un plazo máximo de tres 3
meses a partir de la iniciación del servicio de atención, tiempo en el cual deberán tener
completamente diligenciada la ficha de caracterización sociofamiliar (Ver Anexo Ficha de
Caracterización Sociofamiliar), el avance en la aplicación de la Escala de Valoración
Cualitativa del Desarrollo Infantil Revisada -EVCDI-R, la cual se convierte en el insumo para
que en conjunto con las madres, padres comunitarios y agente educativo, se logre realizar
el seguimiento y la valoración del desarrollo de niñas y niños en cada una de las UDS de
los diferentes servicios.
El trabajo pedagógico se plantea en la Propuesta de Trabajo la cual traza el camino para
alcanzar sus las intencionalidades frente al potenciamiento del desarrollo integral de niñas
y niños. La propuesta pedagógica se basa en la concepción de niña y niño, así como el
reconocimiento de las particularidades, intereses, inquietudes y saberes previos de la
primera infancia y las características del contexto en el que se desarrollan, fortaleciendo las
experiencias pedagógicas que privilegian que los niños y las niñas jueguen, se acerquen a
la literatura, exploren el medio y descubran el arte, teniendo en cuenta que estas son las
actividades rectoras de la infancia pues hacen parte de su vida cotidiana.
2.3.2.3. Estructura operativa de los servicios de la Modalidad
2.3.2.3.1. Desarrollo Infantil en Medio Familiar -DIMF-
El servicio opera en una estructura básica de atención que está compuesta por 300 usuarios
denominada Grupo de Atención GA, compuesto por 240 niñas y niños mayores de seis
meses, 60 mujeres gestantes y niñas y niños menores de seis meses lactantes. Esto
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constituye el grupo de referencia, pero la conformación de los mismos depende de la
demanda del servicio, teniendo en cuenta no superar los costos de la canasta, por cuanto
el valor del complemento nutricional de las mujeres gestantes, niñas y niños menos de seis
meses es más alto.
El grupo de Atención GA, se encuentra a cargo de un coordinador y se divide en seis (6)
grupos de 50 usuarios, cada una de las cuales está a cargo de una dupla compuesta por
un agente educativo y un auxiliar pedagógico, con la participación trasversal en los 6
grupos, de dos profesionales psicosociales y uno en salud y nutrición. Cada grupo de 50
usuarios que en promedio corresponde a 40 niñas y niños mayores de seis meses, 10
mujeres gestantes o 10 niñas y niños lactantes menores de seis meses, proporción que
podrá modificarse de acuerdo con las características de la población, el territorio y demanda
del servicio.
Los grupos de 50 usuarios están divididos en tres Unidades de Atención-UA, cada una de
ellas reúne en promedio entre 16 y 20 usuarios, este puede variar acorde con las
características del territorio (distancia, comunidades, entre otros) con quienes se
desarrollan los encuentros educativos grupales y encuentros en el hogar en horarios
diferentes.
A partir de la experiencia se ha evidenciado que uno de los factores que más incide en la
permanencia de las familias dentro de la modalidad, es la cercanía de las viviendas de los
usuarios al lugar en el que se realizan los encuentros, es recomendable que el criterio
principal para agrupar las familias en cada Unidad de Atención sea la cercanía al lugar
donde se realizan los encuentros educativos grupales. Si en el lugar determinado en el que
se realizan los encuentros educativos grupales existe un número de familias cercanas que
excedan la proporción establecida para la UA (entre 16 y 20), el segundo criterio de
agrupación sugerido podrá ser las edades de niñas y niños, ejemplo:
UA 1: Mujeres gestantes, niñas y niños lactantes menores de 6 meses.
UA 2: Niñas y niños desde los 6 meses hasta los 12 meses.
UA 3: Niñas y niños de 13 meses hasta cumplir los 2 años.
En aquellos casos donde se atienda niñas y niños mayores de 2 años, la estructura de
referencia de las UA quedará de la manera siguiente:
UA 1: Mujeres gestantes, niñas y niños lactantes menores de 6 meses, niñas y niños hasta
los 12 meses.
UA 2: Niñas y niños de 13 meses hasta los 2 años y 11 meses de edad.
UA 3: Niñas y niños de 3, 4 y 5 años.
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2.3.2.3.2. Hogar Comunitario de Bienestar -FAMI
Este servicio opera en la casa de la madre, padre comunitario, o en espacios de la
comunidad para atender entre 12 y 15 familias. Atiende a mujeres gestantes, niñas y niños
desde los 0 a los 2 años.
El servicio permite organizar las acciones y estrategias que deben ponerse en marcha para
garantizar la coherencia e integralidad del servicio, este se desarrolla en dos fases las
cuales deben ser implementadas por las EAS para la prestación del servicio.
La decisión de apertura cuando se autorice por parte de la Dirección de Primera Infancia
de un HCB FAMI, estará a cargo del ICBF y dependerá de la disponibilidad presupuestal,
para lo cual efectuará la concertación a que hubiere lugar con el ente territorial y la
comunidad del sector, teniendo en cuenta la demanda del servicio establecida, previo al
diagnóstico social situacional del sector que lo solicite y con sujeción a los criterios de
ubicación, focalización y oferta del servicio en el sector.
1 coordinador por 300 usuarios
ESTRUCTURA OPERATIVA DE DESARROLLO INFANTIL EN MEDIO FAMILIAR
GRUPO DE REFERENCIA PARA LA ATENCIÓN GA compuesto por: 300 usuarios: 240 niñas y
niños mayores de seis meses, 60 mujeres gestantes y menores de seis meses lactantes
Agente
Educativo
Auxiliar
Pedagógico
50 usuarios
U
A
1
Auxiliar
Pedagógico
Auxiliar
Pedagógico
Auxiliar
Pedagógico
Auxiliar
Pedagógico
Auxiliar
Pedagógico
50 usuarios
50 usuarios
50 usuarios
50 usuarios
50 usuarios
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
U
A
1
Agente
Educativo
Agente
Educativo
Agente
Educativo
Agente
Educativo
Agente
Educativo
U
A
1
2 profesionales de apoyo psicosocial por cada 300 usuarios
1 profesional de salud y nutrición por cada 300 niñas y niños
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El servicio se presta durante 96 horas al mes, este tiempo será distribuido de la siguiente
manera:
40 horas para encuentros educativos grupales con mujeres gestantes, niñas y niños
menores de 2 años.
18 horas para encuentros educativos en el hogar (mínimo un encuentro por familia al mes).
12 horas de cualificación a la madre, padre comunitario o agente educativo.
26 horas para planeación pedagógica, coordinación de actividades propias del SNBF y
desplazamientos.
Este servicio se implementa en dos espacios:
Espacios aportados por la madre, padre comunitario o comunidad: Son espacios que aporta
de manera voluntaria por la madre, padre comunitario y la comunidad para el desarrollo de
los encuentros. En todos los casos el prestador del servicio deberá procurar garantizar las
condiciones de calidad de los ambientes educativos y protectores establecidos en el
presente manual.
El lugar de residencia de niñas y niños menores de 2 años, mujeres gestantes, en estos
espacios se desarrollan los encuentros educativos en el hogar. Los horarios deben ser
concertados con las familias y debe ser respetuosos de su cultura, intimidad y de las reglas
existentes al interior de la familia.
El servicio opera en una estructura básica de atención compuesta por 12 a 15 usuarios
denominada UDS y atiende una agrupación sugerida denominada unidad de atención UA,
así:
UA 1: Mujeres gestantes.
UA 2: Niñas y niños menores de 6 meses lactantes.
UA 3: Niñas y niños menores de 1 año.
UA 4: Niñas y niños de 13 meses hasta cumplir los 2 años
Unidad de Servicio (UDS) compuesta por:
12 a 15 usuarios
1 madre, padre comunitario
UA1:
Mujeres gestantes
UA 2:
Niñas y
niños
lactantes
menores de
seis meses
UA 3:
Niñas y
niños
menores de
1 año
UA 4:
Niñas y
niños de 13
meses a
dos años
Todos los usuarios.
Una vez al mes.
Entrega de paquete
de alimentos.
4 horas.
Una sesión cada 15
días.
(3 horas)
Una sesión
cada 15
días.
Una sesión
semanal.
(3 horas)
Una sesión
semanal.
(3 horas)
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(3 horas)
Este servicio se implementa desde la perspectiva de atención promocional, educativa y
nutricional de niñas y niños en el hogar, a partir de Encuentros Educativos Grupales y
Encuentros Educativos en el Hogar.
La conformación de la UDS dependerá de la demanda y necesidades de las familias del
sector donde funcione la UDS.
2.3.2.4. Encuentros Educativos Grupales
2.3.2.4.1. Desarrollo Infantil en Medio Familiar
Los encuentros educativos grupales corresponden a la estrategia central a través de la cual,
desde el servicio de DIMF se promueve el reconocimiento y diálogo de saberes entre las
familias y otros actores de la comunidad frente a las condiciones que favorecen el desarrollo
integral de niñas y niños que se dan desde el fortalecimiento familiar. Por ello, el objetivo
de los encuentros grupales es propiciar espacios de reflexión, diálogo, juego y
experimentación, para compartir conocimientos, herramientas y experiencias sobre
prácticas de crianza y las características del desarrollo de niños y niñas; para enriquecer el
acervo de saberes de los agentes educativos, los profesionales del servicio, las familias y
otras personas de la comunidad.
a. Características de los encuentros educativos grupales
Estos se desarrollan con grupos de máximo 17 personas con sus niñas y niños, buscando
que éste sea lo más homogéneo posible en cuanto a rango de edad de los niños y niñas.
Para lograrlo se recomienda que en las zonas urbano-vulnerables donde se atenderá
exclusivamente mujeres gestantes, niñas y niños hasta los 2 años, se organicen los grupos
de atención agrupando las mujeres gestantes con los niños y niñas de 6 a 12 meses y en
otro grupo los niños y niñas de 12 meses a 2 años. Por su parte para la atención en zonas
rurales donde la dispersión del territorio no permite la distribución tan homogénea, se
buscará generar una organización de los grupos que priorice la agrupación de los niños y
niñas menores de 2 años con las mujeres gestantes, y otro grupo de niñas y niños de 2 a 5
años.
De acuerdo con la estructura operativa y la atención definida por el servicio, el encuentro
se realizará una vez por semana para cada UA, para los casos de unidades ubicadas en
zonas rurales dispersas podrá acordarse una frecuencia distinta que responda a las
particularidades territoriales, que no afecte el cumplimiento del objetivo de la atención, y
que debe estar aprobada por el comité técnico operativo.
Los encuentros educativos grupales deben tener una duración de 3 horas de trabajo
efectivo con las familias. Estas jornadas deben ser acordadas con las familias teniendo en
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cuenta las condiciones geográficas, locativas y socioculturales. Considerando lo anterior,
un usuario no puede reemplazar su inasistencia a un encuentro, participando de otro
encuentro programado; sólo se tendrá en cuenta las incapacidades médicas.
En caso de existir alguna situación eventual o extraordinaria, como por ejemplo dificultades
de orden público, desastre natural, dificultades de desplazamiento, entre otras, es probable
realizar el ajuste de tiempo y frecuencia de los encuentros educativos grupales, según las
necesidades de las familias y las comunidades, lo cual debe ser analizado y avalado en el
Comité Técnico Operativo, con los debidos soportes. No será válido que junten dos o más
Unidades de Atención para realizar el encuentro grupal. Tampoco será válido que en una
sola jornada se desarrollen dos o más encuentros grupales con la misma UA.
Así mismo, el lugar donde se realizan los encuentros educativos grupales puede reubicarse
a partir de los diagnósticos situacionales, la georreferenciación de la oferta y demanda de
servicios, en coordinación con la Entidad Territorial, el Centro Zonal, Regional y las EAS.
Los procesos pedagógicos estarán a cargo del agente educativo quién debe tener como
guía los Referentes Técnicos para la Educación Inicial en el marco de la Atención Integral,
y demás orientaciones pedagógicas que aporte el Ministerio de Educación Nacional y el
ICBF en el marco de la educación inicial, específicas para esta modalidad y servicio.
De igual modo, el acompañamiento con familia se desarrolla considerando lo descrito en
las “Orientaciones para la Formación y el Acompañamiento a Familias”, la “Guía de
Formación y Acompañamiento a Familias, Modalidad Familiar de Educación Inicial en el
marco de una atención integral para la primera infancia” y la “Guía de formación y
acompañamiento a familias con niñas o niños con discapacidad” o los documentos que el
ICBF publique en este sentido.
b. Orientaciones metodológicas para el desarrollo de los encuentros
Para el desarrollo de los encuentros es necesario considerar su sentido y objetivo en torno
a favorecer prácticas de crianza que promuevan el desarrollo y acciones específicas de
potenciación de capacidades de niñas y niños. Para lograrlo se debe tener en cuenta que,
desde la propuesta metodológica se promuevan aprendizajes significativos de las familias
que se sustenten en su contexto y experiencias previas, propiciando su participación,
reflexión y construcción conjunta. Para lograrlo se propone estructurar los encuentros de la
siguiente manera:
Bienvenida:
El inicio del encuentro debe ser un momento para indagar cómo están las familias, mujeres
gestantes, los niños y las niñas, para conocer q ha sucedido en el transcurso de la
semana. Es preciso hacer un saludo motivado desde alguna actividad lúdica y permitir que
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todos se dispongan para el desarrollo de las actividades. En este momento inicial el docente
y los profesionales deberán compartir con las familias los objetivos y temas del encuentro.
Trabajo conjunto con adultos, niños y niñas:
Este trabajo es liderado por el docente y apoyado por el auxiliar pedagógico. Las actividades
se diseñan para que sean los cuidadores familiares quienes sirvan de mediadores directos
con niñas y niños en las actividades, las que se desarrollarán buscando potenciar
capacidades lingüísticas, de pensamiento, de exploración, de movimiento, y de interacción
afectiva. El docente y su auxiliar serán facilitadores y acompañantes del proceso, motivando
la participación activa de todos los cuidadores familiares intercambiando saberes y
experiencias sobre temas y actividades a desarrollar teniendo en cuenta las actividades
rectoras de la primera infancia, como por ejemplo lectura, música, juegos, pintura,
modelado, contacto táctil entre otras que se deben contemplar en la planeación para el
desarrollo del encuentro, el cual tenduna duración aproximada de una (1 ) hora.
Cada actividad deberá responder a los propósitos del encuentro y a las características de
niñas, niños, mujeres gestantes y familias, el docente y auxiliar tendrán previstas
variaciones de la actividad que respondan a las particularidades y heterogeneidad de los
grupos, para orientar a las familias en su desarrollo.
Trabajo en grupos independientes de adultos, niños y niñas:
El trabajo independiente con los adultos cuidadores familiares, niños y niñas se sustenta en
la necesidad de generar espacios de diálogo y reflexión con los adultos sobre sus
experiencias e inquietudes frente a las capacidades parentales y construcción de vínculos
afectivos.
Durante el segundo momento del encuentro el profesional psicosocial o el profesional de
salud, estará a cargo de las actividades de educación de adultos sobre temas de desarrollo
familiar, de cuidado y crianza. Estas actividades estarán sustentadas en la priorización y
acuerdos con las familias a partir de la caracterización socio familiar y serán articuladas con
los temas trabajados en el momento de potenciación de capacidades de los niños y niñas.
Para su desarrollo se deben planear metodológicas participativas que inviten al diálogo de
saberes entre las familias, valorando sus experiencias previas y proponiéndoles nuevos
conocimientos y retos para el fortalecimiento familiar.
Si el grupo de la unidad de atención es de niños y niñas menores de 1 año, será necesario
disponer un espacio para el descanso de niñas y niños, propiciando que ellos permanezcan
junto a sus cuidadores mientras que se desarrolla la actividad; disponiendo también
materiales didácticos para el juego y el descanso de niñas y niños.
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Para el caso de los grupos que atiendan niñas y niños entre 1 y 5 años, en el momento de
trabajo independiente el docente y su auxiliar estarán a cargo de realizar una actividad
pedagógica con niñas y niños, la cual debe estar basada en los referentes técnicos de la
educación inicial en el marco de la atención integral y las orientaciones pedagógicas dadas
por el Ministerio de Educación Nacional y el ICBF.
Es fundamental que se optimice el uso de espacios cerrados y al aire libre, se dispongan
de ambientes enriquecidos y adecuados de acuerdo con la intención pedagógica y se
generen actividades de juego, exploración, expresiones artísticas y de literatura, que
provoquen la participación de los niños y niñas de manera independiente de sus cuidadores
familiares. Este segundo momento tendrá una duración aproximada de 1hora. Cuando por
cronograma del plan de trabajo, no se cuente con la participación del equipo
interdisciplinario, la dupla pedagógica (agente educativo-auxiliar pedagógico) asume la
totalidad del encuentro grupal.
En el desarrollo de los encuentros educativos resulta fundamental el reconocimiento de los
saberes de las familias, los cuidadores y otros miembros de la comunidad como sabedores,
abuelos, médicos tradicionales, parteras, entre otros, y a partir de diálogos de saberes y
diálogos interculturales se hace posible el fortalecimiento y valoración de las prácticas
asociadas con el cuidado, crianza y desarrollo integral de niñas y niños.
c. Orientaciones para el seguimiento de los encuentros grupales
Para el seguimiento de la atención del servicio de DIMF el agente educativo a cargo de la
UA, debe diligenciar el Registro de Asistencia Mensual (RAM), este formato debe estar
disponible en el lugar donde se realicen los encuentros educativos grupales.
La inasistencia de algún usuario a dos (2) encuentros en un mismo mes, sin justificación
generará el reemplazo del cupo. Los casos de inasistencia por fuerza mayor que supere
dos (2) encuentros y que estén debidamente documentados y justificados (cirugías,
calamidad doméstica, incapacidad, entre otros), serán estudiados en Comité Técnico
Operativo a fin de evaluar la posibilidad de establecer un nuevo plazo para el reintegro o la
reubicación de la niña, niño o mujer gestante en otros servicios que preste el ICBF o ente
territorial.
En cuanto a las mujeres gestantes, se otorga como periodo máximo de ausencia a los
encuentros educativos grupales dos (2) meses posteriores al parto, siempre que las
condiciones médicas lo permitan. Es importante señalar que durante este periodo podrá
conservar el cupo y en este sentido, continuar recibiendo el paquete nutricional y los
encuentros en el hogar. Así mismo en caso de enfermedad, la madre deberá justificar
mediante incapacidad médica su ausencia y la EAS deberá garantizar su atención en el
contexto familiar. Para los Encuentros Educativos Grupales es indispensable que las niñas
y niños asistan con su familia o cuidador quien debe participar activamente.
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2.3.2.4.2. Hogares Comunitarios de Bienestar - FAMI
Tiene como objetivo implementar acciones pedagógicas que promuevan el desarrollo
integral de niñas y niños desde la gestación hasta los 2 años. Se desarrolla una vez a la
semana con las niñas, niños, sus familias o cuidadores, y cada 15 as con las mujeres
gestantes, y niñas y niños menores de seis meses lactantes. La duración de cada encuentro
educativo grupal es de 3 horas, el encuentro que se realiza con todos los usuarios para la
entrega del paquete de alimentos es de 4 horas; en este, la madre, padre comunitario debe
trabajar una temática que aborde las características y necesidades grupales de acuerdo
con los resultados de la ficha de caracterización sociofamiliar y el plan de trabajo
establecido.
Estas jornadas deben ser acordadas con las familias teniendo en cuenta las condiciones
geográficas, locativas y socioculturales. Durante los encuentros se trabaja con los
miembros de la familia a través de un proceso de formación que se fundamenta en la
cotidianidad, en el cual, las experiencias diarias se conviertan en pretextos para abordar
diversos aspectos que inciden en el desarrollo integral de niñas y niños.
De igual modo, el acompañamiento con familia se desarrollará considerando lo descrito en
las “Orientaciones Temáticas y Metodológicas para la Formación y el Acompañamiento a
Familias”, la “Guía de Formación y Acompañamiento a Familias, Modalidad Familiar de
Educación Inicial en el marco de una atención integral para la primera infancia” y la “Guía
de formación y acompañamiento a familias con niños con discapacidad” o los documentos
que el ICBF publique para la implementación del servicio.
La inasistencia de algún usuario a 2 encuentros en un mismo mes, sin justificación generará
el reemplazo del cupo tan pronto se cuente con la verificación de la intención de no
continuar en la UDS. En cuanto a las mujeres gestantes, se otorga como periodo máximo
de ausencia a los encuentros educativos grupales 2 meses posteriores al parto, siempre
que las condiciones médicas lo permitan. Es importante señalar que durante este periodo
podrá conservar el cupo y en este sentido continuar recibiendo el complemento alimentario.
Así mismo en caso de enfermedad, la madre deberá justificar mediante incapacidad médica
su ausencia y la EAS deberá garantizar su atención en el contexto familiar.
2.3.2.5. Encuentros educativos en el Hogar
2.3.2.5.1. Desarrollo Infantil en Medio Familiar
El encuentro en el hogar es otra estrategia a través de la cual desde el servicio de DIMF,
cada familia tiene un espacio íntimo en el que se reúne con su agente educativo o con un
profesional del equipo interdisciplinario, donde se establece una relación de cercanía y
confianza entre la familia y el agente externo que permiten un acompañamiento real en
favor de las interacciones de calidad. En este se acompaña a las familias frente a su
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esfuerzo por potenciar el desarrollo integral de sus hijas e hijos y fortalecer sus
interacciones y prácticas de crianza. En el encuentro en el hogar se hace el reconocimiento
de las características y condiciones particulares en las que crecen y se desarrollan niñas y
niños. Desde este reconocimiento se busca generar espacios de reflexión y conocimiento
de nuevas formas de interacción y comunicación familiar, con las niñas y niños,
promoviendo condiciones adecuadas para el desarrollo integral de hijas e hijos en primera
infancia.
a. Características del encuentro en el hogar
El encuentro se realiza mínimo una vez al mes con cada familia, se lleva a cabo en los
espacios en los que habitan niñas, niños, mujeres gestantes y familias; estos son realizados
por los profesionales de atención psicosocial, el profesional en áreas de la salud o agente
educativo, de acuerdo con la necesidad de apoyo y el plan de acompañamiento definido
para cada familia.
De acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta el objetivo del encuentro en el hogar NO
ES VÁLIDO citar varias familias en un mismo hogar, puesto que la planeación y los objetivos
por alcanzar deben responder a las necesidades colectivas e individuales de cada familia,
respetado la privacidad de las mismas. De igual manera estos encuentros no suplen ni
reemplazan un encuentro grupal.
El encuentro en el hogar debe ser concertado en fecha y hora con cada familia y tendrá una
duración de 1 hora aproximadamente, de acuerdo con los temas y posibilidades de cada
grupo familiar se involucrarán diferentes miembros del grupo familiar.
b. Orientaciones metodológicas para el desarrollo de los encuentros
El encuentro en el hogar debe estar orientado por un plan de acompañamiento a cada
familia, el cual debe contener descripción de la misma, resultados esperados, temas y
actividades a trabajar en el periodo de tiempo definido. Los procesos de acompañamiento
deben partir de los conocimientos, prácticas y pautas de crianza de las familias. Después
de cada encuentro, el agente educativo o el profesional s tienen frente al cuidado y crianza
de niñas y niños, y su proceso de desarrollo.
En los encuentros grupales la propuesta metodológica debe estar orientada a procesos de
aprendizaje significativo en las familias, que partan de sus propias reflexiones, saberes y
experiencias previas que permitan apropiar, construir nuevos conocimientos y prácticas
promovidas por los profesionales del servicio. En este sentido, el acompañamiento y las
intervenciones se deben realizar desde la perspectiva de la realidad familiar, que le
permitan a la familia construir sus caminos de avance y fortalecimiento; lo que implica que
el acompañamiento se haga desde las capacidades, fortalezas y elementos positivos de la
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familia para facilitar los cambios, resaltando un enfoque apreciativo sobre los aportes y
posibilidades de la familia y sus miembros.
Para el desarrollo de los encuentros educativos en el hogar se propone tener en cuenta los
siguientes énfasis en los espacios de trabajo:
Encuadre:
Al llegar al hogar y antes de dar inicio con la temática y actividades planeadas es
fundamental que el profesional que hace la visita haga una observación rápida de los
espacios y de las personas presentes. En estos primeros momentos es importante que se
pregunte a la niña, niño y a sus cuidadores familiares sobre su estado de salud, su estado
de ánimo y lo ocurrido en la semana anterior. De esta forma quien acompañará el encuentro
puede darse cuenta qué tan dispuestos están para el desarrollo del tema y la actividad. En
este primer momento se comparte con la niña o niño, mujer gestante y la familia, sobre la
temática a abordar y se recogen las apreciaciones del encuentro anterior grupal y en el
hogar a los que la familia ha asistido.
Trabajo sobre el desarrollo de niñas y niños:
La oportunidad de encuentro en el hogar es fundamental para orientar a las familias sobre
formas de interacción y aprovechamiento de espacios que sean favorables para el proceso
de desarrollo de niñas y niños. En este sentido, durante el encuentro se debe destinar por
lo menos media hora para que el profesional promueva con el adulto, niña, niño y mujer
gestante una actividad que promueva su desarrollo, a partir de la cual se pueda generar un
momento de diálogo y reflexión sobre los espacios cotidianos en los que las familias
acompañan el desarrollo y lo promueve. Para este momento es fundamental llevar planeada
una actividad que permita que la niña, el niño y adultos disfruten del juego, las expresiones
artísticas, exploración del medio o la literatura.
Es preciso que el agente educativo o profesional imparta indicaciones claras y pueda tener
la iniciativa de desarrollar la actividad e involucrar al adulto o adultos presentes, logrando
un ejercicio participativo. Es fundamental darle el liderazgo al adulto o cuidador y continuar
la actividad con la niña, niño y mujer gestante.
Prácticas de crianza y cuidado:
En los encuentros en el hogar será pertinente plantear un tiempo para la reflexión y
reconocimiento de las prácticas de cuidado y crianza y otros asuntos de las dinámicas
familiares que impactan en el desarrollo de niñas y niños. De esta forma el agente educativo
o profesional que acompaña a la familia priorizará el trabajo y reflexión sobre las
experiencias y saberes de la familia frente a los hábitos de higiene y salud, la construcción
de vínculos afectivos, el manejo de la autoridad, la comunicación entre cuidador, niña y niño
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y el uso de la disciplina positiva. Este espacio se dará a partir de diversas actividades
propuestas por los profesionales y en las que se busque analizar situaciones de la vida
cotidiana y que permitan la identificación con contextos culturales y familiares similares a
los de cada familia.
Condiciones ambientales en favor del desarrollo:
A partir de las condiciones habitacionales específicas de cada familia y de sus
oportunidades de adecuación o prevención de riesgos y accidentes, desde los encuentros
en el hogar se busca apoyar a la familia en la construcción de un ambiente favorable para
el desarrollo de niñas y niños.
Comprendiendo que la seguridad física de los niños y las niñas es un asunto central, es
necesario que el agente educativo o el profesional del equipo interdisciplinario junto con la
familia, generen un espacio en el encuentro para identificar los posibles riesgos que pueden
existir para su salud (saneamiento ambiental, humedades, vivienda de mascotas,
contaminación, manejo de vectores) o que pueden inducir a un accidente prevenible
(enchufes, puntas, venenos, medicamentos, fuentes de agua que pueden producir
ahogamiento, etc.). En cada visita se puede conversar sobre algún factor, después de
priorizarlos, los cambios deben hacer parte de los compromisos adquiridos por la familia;
se debe recordar que la seguridad física del ambiente es responsabilidad de los adultos y
no de niñas y niños.
c. Orientaciones para el seguimiento de los encuentros en el hogar
Después de cada encuentro, el agente educativo o el profesional responsable del
encuentro en el hogar, diligencia un formato de seguimiento. Esta actividad permite
identificar los contenidos trabajados, los avances encontrados, las fortalezas del
encuentro, las dificultades que se presentaron, los acuerdos y las recomendaciones
para el siguiente encuentro.
En el cuadro siguiente se propone un ejemplo del modo de organizar los encuentros para
el servicio de DIMF; EEG corresponde a encuentros educativos grupales y EEH: encuentros
educativos en el hogar.
Esquema de los encuentros Educativos en el Hogar
DIA 1
DIA 2
DIA 3
DIA 4
DIA 5
EEG UA 1
EEG UA 2
EEG UA 3
EEH
EEH
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EEH
EEH
EEH
Jornada de planeación
2.3.2.5.2. Hogar Comunitario de Bienestar -FAMI
Tiene como objeto, el acompañamiento por parte de la madre, padre comunitario a cada
usuario en el hogar, teniendo en cuenta las particularidades, potencialidades y necesidades
de las familias. Por otro lado, buscan conocer las dinámicas familiares, fortalezas y
debilidades frente al desarrollo infantil y relaciones entre los miembros de la familia con el
fin de apoyar los procesos de cuidado y crianza y fortalecer las redes o lazos familiares.
Los encuentros en el hogar se realizan mínimo una vez al mes, con una duración que oscila
entre 45 minutos y 1 hora y media, dependiendo del proceso adelantado. Se llevan a cabo
en los hogares en los que habitan las niñas, niños y sus familias. Los procesos de
acompañamiento deben partir de los conocimientos y prácticas que las familias tienen frente
a las pautas y prácticas de crianza de niñas y niños, y se desarrollan involucrando a los
miembros que hacen parte de la familia y que cohabiten en el hogar.
De acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta el objetivo del encuentro en el hogar NO
ES VÁLIDO citar varias familias en un mismo hogar, puesto que la planeación y los objetivos
por alcanzar en cada hogar deben responder a las necesidades colectivas e individuales
de cada familia. De igual manera estos encuentros no suplen ni mucho menos reemplazan
un encuentro grupal; se debe respetar la privacidad de las familias.
2.4. Procedimiento para la Apertura y Cierre del Servicio
2.4.1. Apertura del Servicio
La apertura es el proceso mediante el cual, a través de resolución motivada del Centro
Zonal del ICBF, se autoriza el funcionamiento de una nueva UDS que estará a cargo de
una EAS.
De manera previa a la expedición del acto administrativo, el coordinador del centro zonal
deberá remitir a la Regional la solicitud en la que se justifique la necesidad de la UDS,
aportando los elementos que soportan la inexistencia o imposibilidad de atender las niñas
y niños con servicios de atención integral en el sector. La Regional deberá analizar la
solicitud, considerando el diagnóstico social situacional, criterios de ubicación, focalización
y oferta de servicio en el sector, y en caso que sea aprobado mediante Comité Estratégico,
solicitará el aval a la Dirección de Primera Infancia, quien evaluará la pertinencia y la
disponibilidad de recursos para realizar el trámite.
Expedición del Acto Administrativo
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En caso de haber surtido con éxito el proceso descrito anteriormente, el coordinador del
centro zonal deberá realizar la resolución de apertura, en donde autoriza a la EAS el
funcionamiento de la nueva unidad. La Resolución deberá estar soportada con el
cumplimiento de todo el proceso d y reposar en un expediente bajo custodia del coordinador
del centro zonal.
El coordinador del centro zonal deberá remitir copia de la resolución que autoriza el
funcionamiento de la nueva UDS, para que éste realice su proceso contractual con la madre
o padre comunitario que seleccione de la lista de aprobados. La copia de la resolución
deberá ser enviada a la coordinadora de asistencia técnica de la Regional y a la oficina
Jurídica y cargarse en la ruta de la NAS que se defina por la Dirección de Primera Infancia
para consulta a nivel país.
2.4.2. Cierre del Servicio en un HCB FAMI
En el desarrollo del procedimiento administrativo para el cierre de una UDS, deberán
observarse los siguientes principios:
Prevalencia del interés superior de niñas y niños frente a cualquier situación.
El debido proceso.
Igualdad.
Imparcialidad.
Buena fe.
Responsabilidad.
Transparencia.
Eficacia.
Economía.
Celeridad.
Respeto por la dignidad humana.
Frente a una duda interpretativa de las disposiciones del procedimiento de cierre de
unidades de servicio aquí contemplado, deberá acudirse a la Constitución, a los tratados
internacionales, la Ley, los Decretos y las Resoluciones que expida o haya expedido el
ICBF.
2.4.2.1. Causales de Cierre del Servicio en un HCB FAMI
2.4.2.1.1. Referidas a la vida e integridad de niñas y niños
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a. El accidente grave o la muerte de una niña o niño que esté bajo el cuidado de la madre
o padre comunitario o durante el encuentro educativo con la madre o padre comunitario,
salvo que el fallecimiento no obedezca a causas imputables a la atención, tales como:
enfermedades debidamente soportadas, entre otras.
b. El presunto maltrato físico o psicológico a niñas y niños del hogar por parte de la Madre
o padre comunitario, o una persona que habite, permanezca o visite ocasionalmente el
lugar donde funciona el hogar.
c. Cuando la Madre o padre comunitario no informe oportunamente de acuerdo con las
rutas establecidas, cualquier caso de abandono, negligencia, inobservancia, amenaza
o vulneración de derechos de niñas y niños en la UDS.
d. El presunto abandono temporal o descuido por parte de la madre o padre comunitario
en la atención del grupo de niñas y niños.
e. Si alguna de las personas que habitan o visitan el HCB FAMI, constituye un riesgo para
la integridad de niñas y niños por enfermedad física o mental, por consumo de
sustancias psicoactivas, por pertenencia o militancia en bandas o grupos al margen de
la Ley.
f. La presunción o evidencia de conductas sexuales violentas o abusivas, actos sexuales
violento o abusivas o acceso carnal violento o abusivas contra un niño o una niña en la
UDS por parte de madre o padre comunitario o por cualquier otra persona que
permanezca, habite o visite ocasionalmente el lugar donde funciona la UDS.
g. Para el caso de los HCB FAMI, cuando se presenten en el grupo familiar de la madre o
padre comunitario, episodios de violencia intrafamiliar durante la prestación del servicio
o fuera de este que ocasionen riesgo o peligro para niñas y niños del servicio.
h. Cuando contra la madre o padre comunitario o el lugar donde funciona el servicio se
realice cualquier clase de atentado que ponga en riesgo la integridad de las niñas y
niños.
i. La ubicación de las UDS de HCB FAMI en sitios declarados de alto riesgo por autoridad
competente o que amenace ruina o destrucción por incendio, avalancha u otra
catástrofe natural.
j. Cuando se presente una situación que no se encuentre dentro de las causales antes
referidas y que afecte la integridad personal de las niñas y niños, deberá ser estudiada
por el Director Regional, el coordinador de asistencia técnica, el coordinador del centro
zonal a cargo del servicio implicado y el coordinador jurídico de la Regional para tomar
la decisión y se generen las acciones pertinentes. En los casos que lo consideren
necesario, deberán solicitar el concepto formal a la oficina Jurídica del ICBF y el apoyo
técnico de la Dirección de Primera Infancia.
2.4.2.1.2. Referidas a fallas en la prestación del servicio
a. La no prestación del servicio sin causa justificada y sin autorización escrita de la EAS y
del supervisor del contrato.
b. El abandono temporal de la UDS durante la prestación del servicio.
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c. Incumplimiento de los compromisos adquiridos, derivadas de las visitas de supervisión
o de seguimiento por parte del ICBF.
d. La contratación o encargo a terceros del cuidado y atención de los niños, excepto
cuando medie autorización escrita de la EAS y del supervisor del contrato.
e. La venta y uso indebido de los elementos y recursos del servicio por parte de la madre
o padre comunitario.
f. La solicitud a los padres usuarios de pagos adicionales a la cuota de participación
reglamentada por resolución del ICBF.
g. La realización en la UDSde HCB FAMI de actividades ya sean sociales, religiosas,
políticas y en general de cualquier índole, en el horario de prestación del servicio que
no se encuentren relacionadas con las actividades propias de éste, o el uso de la
dotación destinada para la atención de niñas y niños en estas.
h. El traslado de la UDSde HCB FAMI a un sector diferente a su ubicación inicial sin previa
autorización del ICBF y de la EAS.
i. La inasistencia sin justa causa (a 3 sesiones) por parte de la madre o padre comunitario
o, a los talleres de capacitación y/o grupos de estudio programados, así como a las
reuniones de coordinación, convocadas por la EAS en coordinación con el ICBF.
j. La atención de niñas y niños y mujeres gestantes que no cumplen los criterios de
focalización establecidos.
k. Las deficientes condiciones de orden, higiene y de seguridad en el espacio de atención
a los usuarios.
l. El concepto de cierre emitido por la Autoridad competente, luego de las visitas de
inspección.
m. Cuando en el proceso de verificación de condiciones de calidad, en el marco de las
visitas de seguimiento, asesoría y supervisión a la UDS, se detecte incumplimiento del
Manual Operativo.
n. El incumplimiento en la aplicación de los instrumentos relacionados con el servicio, así
como la ausencia de planeación pedagógica acorde a los resultados de la
caracterización y a los resultados de la escala de valoración cualitativa del desarrollo.
o. La renuncia voluntaria de la madre o padre comunitario FAMI al servicio. Lo anterior,
conllevará el cierre de la UDS y la reubicación de los usuarios; no podrá realizarse
traspaso del servicio o del rol a familiares o terceros para la atención de las niñas y
niños.
p. En los casos que la madre o padre comunitario, atiendan niños y niñas durante el
servicio que no estén dentro de la cobertura reportada y validada por el ICBF.
q. La atención durante 1mes, de un número de usuarios inferior a 8 niñas y niños y mujeres
gestantes requeridos para el funcionamiento de la Unidad e Servicio, a excepción de
aquellos casos en los que previa confirmación por Diagnóstico Social Situacional o
certificación de la Coordinación del centro Zonal, se compruebe la inexistencia de otros
servicios de primera infancia, en los cuales la UDS podrá abrirse previa autorización de
la Dirección de Primera Infancia.
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r. El incumplimiento por parte del Padre o Madre Comunitario en la atención de los niños
y las niñas en los días y número de horas de atención establecidos por el presente
manual.
s. Negativa de la Madre o padre Comunitario a aceptar las visitas de supervisión
realizadas por parte del ICBF.
2.4.2.1.3. Referidas a la idoneidad de la madre o padre comunitario
a. La enfermedad física o mental incapacitante permanente de la madre o padre
comunitario, que le impida el cumplimiento de sus obligaciones laborales. La
incapacidad permanente debe ser certificada por la EPS o ARL.
b. El expendio de sustancias psicoactivas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas en la
UDS HCB FAMI o consumo de éstas por parte de la madre o padre comunitario o una
persona que habite o permanezca o visite ocasionalmente el lugar donde funciona el
HCB.
c. El almacenamiento o venta de sustancias tóxicas, explosivas, inflamables o químicas,
o armas blancas o de fuego en el lugar donde funciona la UDS y HCB FAMI.
d. Cuando contra la madre o padre comunitario se dicte medida de aseguramiento o
detención preventiva o cualquier otra medida que impida la prestación del servicio.
e. La condena judicial con pena privativa de la libertad a otra persona que habite o
permanezca en el lugar donde funciona el hogar comunitario, siempre que esta situación
signifique riesgo para la integridad de los usuarios.
f. La participación de la madre o padre comunitario en escándalos públicos, agresión física
o verbal a otras madres o padres comunitarios o agentes educativos, padres usuarios,
miembros de junta directiva y servidores públicos y en general a otras personas de la
comunidad.
g. Falsificación de documentos, registros de asistencias, actas, entre otros, debidamente
evidenciada.
h. El fallecimiento de la madre o padre comunitario
2.4.2.2. Competencia en el marco del procedimiento
Compete al Director Regional del ICBF en este proceso:
a. Resolver los recursos de apelación interpuestos en contra de la resolución de cierre de
una UDS en cualquiera de los servicios.
b. Resolver las recusaciones o impedimentos que se presenten a los Coordinadores de
los Centros Zonales.
c. Resolver los recursos de queja.
Compete al Coordinador del Centro Zonal:
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a. Adelantar las actuaciones correspondientes de acuerdo con el procedimiento
administrativo establecido para el cierre de una UDS de HCB FAMI, que concluirá con
la expedición de la resolución de cierre, que se encuentre bajo su jurisdicción.
b. Resolver los recursos de reposición contra las decisiones adoptadas por el Centro
Zonal.
c. Decidir sobre la suspensión inmediata y temporal de la UDS.
2.4.2.3. Impedimentos y Recusaciones
Cuando el interés general propio de la función pública entre en conflicto con el interés
particular y directo del servidor público, este deberá declararse impedido.
Todo servidor público que deba adelantar o sustanciar actuaciones administrativas, realizar
investigaciones, practicar pruebas o pronunciar decisiones definitivas podrá ser recusado
si no manifiesta su impedimento por:
a. Que el Director Regional o Coordinador del Centro Zonal, su cónyuge o compañero o
compañera permanente, o algún pariente suyo dentro del cuarto grado de
consanguinidad o civil, o segundo de afinidad, tenga interés en la actuación.
b. Que el Director Regional o Coordinador del Centro Zonal sea acreedor o deudor de la
parte.
c. Que el Director Regional o Coordinador del Centro Zonal tenga amistad íntima o
enemistad grave con alguna parte.
d. Que el Director Regional o Coordinador del Centro Zonal, su cónyuge o compañero o
compañera permanente, o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o civil, o
segundo de afinidad, sea socio, en sociedad colectiva, de responsabilidad limitada o en
comandita simple o, de hecho, de la parte.
e. Las demás que contemple el Articulo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y
de lo Contencioso Administrativo y, el Código Único Disciplinario.
Teniendo como marco la Guía para el manejo de conflictos de interés del ICBF, se agotará
el siguiente procedimiento:
a. Cuando el Director Regional o Coordinador del Centro Zonal se encuentren incursos en
una de las causales de impedimento, este deberá manifestarlo al momento en que tenga
conocimiento de la actuación y deberá enviar dentro de los 3 días siguientes la
actuación con escrito motivado al superior, el cual contará con un término 10 as a la
fecha de su recibo para decidir.
b. En el evento de que acepte el correspondiente impedimento, deberá determinar a quién
le corresponde el asunto, que en el caso donde no exista alguien de igual categoría que
el impedido, podrá nombrar un funcionario ad hoc para que resuelva la situación.
c. Cuando se presente una recusación, el recusado contará con un término de 5 días para
decidir si acepta o no la causal invocada.
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d. En caso de no aceptarse la recusación por parte del recusado, este deberá enviar
inmediatamente a través de escrito motivado al superior la actuación, el cual contará
con un término 10 días a la fecha de su recibo para decidir.
e. El impedimento y la recusación, suspende la actuación administrativa desde su
manifestación hasta el momento en que se resuelva.
2.4.2.4. Etapas del procedimiento de cierre
2.4.2.4.1. Suspensión Temporal e inmediata o seguimiento para el eventual cierre
inmediato del servicio
a. Suspensión temporal inmediata: una vez el ICBF tenga conocimiento por cualquier
medio, de los hechos que puedan configurar alguna presunta causal o causales de las
establecidas en los numerales 2.4.2.1.1.Referidas a la vida e integridad de los niños
y las niñas y 2.4.2.1.3. Referidas a la idoneidad de la madre o padre comunitario,
a excepción de la causal del literal h, se trasladará al Coordinador del Centro Zonal
respectivo para que este verifique la procedencia de la suspensión del servicio de
manera inmediata y temporal.
Dicha suspensión deberá resolverse mediante acto administrativo debidamente
motivado en el que consten los elementos que dan lugar a tal decisión. La Resolución
deberá ser proferida por el Coordinador del Centro Zonal en un rmino máximo de 2
días hábiles y deberá ser notificada a los interesados: representante legal de las EAS y
madre o padre comunitario, con el fin de que la primera proceda a realizar las acciones
administrativas correspondientes y las relacionadas con el contrato de trabajo de la
madre o padre comunitario o agente educativo, para lo cual deberá acudir a la Oficina
del Trabajo con el fin de que se emita autorización de suspensión del contrato laboral
de la madre o padre comunitario, la cual, de ser otorgada, implicaría para la EAS la
obligación de asumir únicamente el pago de los aportes a seguridad social que deban
efectuarse hasta que se emita por parte del ICBF la decisión administrativa definitiva.
Las niñas y niños y mujeres gestantes usuarios del servicio de la suspensión temporal,
serán reubicados en otras unidades de servicio y la EAS deberá informar de manera
inmediata a las familias de las niñas y niños.
Para el caso de la causal del literal h del numeral 2.4.2.1.3. El fallecimiento de la madre o
padre comunitario”, se procederá al cierre definitivo e inmediato mediante acto
administrativo motivado, soportado en el registro civil de defunción e informe de supervisión,
debiéndose activar la ruta para la reubicación de los niños y niñas.
Suspendido el servicio, el Coordinador del Centro Zonal deberá dar apertura inmediata al
procedimiento para el cierre de las UDS de HCB establecido en el presente manual.
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Acerca del trámite frente a las causales que requieren seguimiento previo al eventual cierre
del HCB, una vez el ICBF tenga conocimiento por cualquier medio, de los hechos que
puedan configurar alguna presunta causal o causales de las establecidas en el numeral
2.4.2.1.2. Referidas a fallas en la prestación del servicio, a excepción de las señaladas
en los literales a, b, d, o, y q, se trasladará al Coordinador del Centro Zonal respectivo para
que este realice el seguimiento, asesoría y supervisión a la UDS, y otorgue un plazo, acorde
con la causal invocada, el cual no podsuperar los 10 as, para la subsanación de los
hechos que la determinan.
Si al término del plazo otorgado por el Coordinador del Centro Zonal, persisten los hechos
que configuran la causal, se dará apertura inmediata al procedimiento para el cierre de la
UDS de HCB FAMI establecido en el presente manual.
El trámite anteriormente indicado no se agotará frente a las causales a, b, d, o, y q del
numeral 2.4.2.1.2., casos en los cuales se procederá de la siguiente forma:
Para las causales a, b, d, y q:
“a. La no prestación del servicio sin causa justificada y autorización escrita de la
EAS y del supervisor del contrato. No constituye causa justificada el paro o protesta
que interrumpa la prestación del servicio.
b. El abandono temporal de la UDS durante la prestación del servicio.
d. La contratación o encargo a terceros del cuidado y atención de los niños
q. La atención durante un mes, de un número de usuarios inferior a ocho (8) niñas
y niños requeridos para el funcionamiento de la UDS, a excepción de aquellos casos
en los que previa confirmación por Diagnostico Social Situacional o certificación de
la Coordinación del Centro Zonal, se compruebe la inexistencia de otros servicios
de atención a la primera Infancia, en los cuales la UDS podrá abrirse previa
autorización de la Dirección de Primera Infancia".
En estos casos, el Coordinador del Centro Zonal dará apertura inmediata al procedimiento
para el cierre de la UDS de HCB FAMI establecido en el presente manual, teniendo en
cuenta que dichas causales NO son subsanables.
Para el caso de la causal del literal o:
o. La renuncia voluntaria de la madre o padre comunitario al servicio.
Se procederá al cierre definitivo e inmediato mediante acto administrativo motivado,
soportado en el documento de renuncia voluntaria e informe de supervisión, debiéndose
activar la ruta para la reubicación de los niños y niñas.
2.4.2.4.2. Apertura del procedimiento de cierre y notificación del acto
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Se dará apertura al procedimiento de cierre de la UDS mediante resolución motivada
expedida por el Coordinador del Centro Zonal, en la cual deberán quedar plenamente
identificados el servicio, el objeto de la denuncia, la causal invocada y los hechos que la
sustentan, las pruebas en caso de aportarse, la madre o padre comunitario, la UDS y la
EAS a la cual pertenece. Igualmente, en caso de tener conocimiento sobre los aspectos
técnicos del tema, solicitará inmediatamente al personal profesional especializado en el
asunto, el seguimiento a la denuncia y la búsqueda de elementos probatorios que sirvan
para el proceso.
Expedida la resolución, se notificará personalmente por escrito y de manera inmediata al
Representante Legal de la EAS , así como los hechos que dieron origen a la denuncia, la
causal invocada y las pruebas que la sustentan, para que este, en un término no superior
a 5 as rinda sus descargos de manera escrita, anexando los elementos probatorios que
quiera hacer valer y solicitando las pruebas que considere pertinentes de conformidad con
el artículo 40 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo.
La competencia del cierre es del Coordinador del Centro Zonal respectivo, quien a través
de Resolución motivada tomará la decisión; dicho acto administrativo será comunicado a la
EAS para que ésta proceda de acuerdo con su competencia y en virtud del artículo 73 de
la Ley 1437 de 2011, será notificado por medios electrónicos o masivos para todos los
terceros que se consideren afectados. En caso de no poderse surtir la respectiva
notificación personal del Representante Legal de la EAS , esta deberá realizarse de
conformidad con lo establecido en los artículos 67, 68 o 69 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Práctica de pruebas y alegatos de conclusión
Para la práctica de pruebas solicitadas por los interesados o declarada de oficio por el
Coordinador del Centro Zonal, se dispondrá de un término no superior a 10 días.
Practicadas las pruebas, se concederá un término de 5 días para la presentación de
alegatos de conclusión por parte de la madreo o padre comunitario, a fin de garantizársele
la contradicción de las pruebas antes de proferir la decisión de fondo.
2.4.2.4.3. Acto Administrativo de Cierre de la UDS de HCB FAMI
Finalizado el trámite anterior, en un término no superior a 5 días, el Coordinador del Centro
Zonal resolverá mediante acto administrativo debidamente motivado, en el que consten los
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hechos objeto de la denuncia, los descargos presentados, la valoración de las pruebas
allegadas y recolectadas, y la procedencia o no del cierre definitivo de la UDS.
Frente a la decisión del Coordinador del Centro Zonal, proceden los recursos de reposición
y apelación, los cuales se concederán en el efecto suspensivo en los términos y tiempos
establecidos en los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y
de lo Contencioso Administrativo.
En el evento de haberse interpuesto recurso de apelación, el Coordinador del Centro Zonal
deberá valorar si este reúne los requisitos que indica el artículo 77 del Código de
Procedimiento Administrativo y de Contencioso Administrativo para su elevación, y
procederá a concederlo ante el Director Regional, y enviará a más tardar al día siguiente,
el expediente completo, del cual deberá dejarse una copia en medio magnético o física en
el respectivo Centro Zonal.
En el caso que no se conceda el recurso de apelación por parte del Coordinador del Centro
Zonal, el interesado podrá interponer dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la
decisión, recurso de queja, ante el Director Regional, mediante escrito al que deberá
acompañarse copia del acto administrativo que haya negado el recurso. Recibido el escrito,
el Director Regional ordenará inmediatamente la remisión del expediente, y decidirá lo que
sea del caso.
Tanto el recurso de Reposición como el de Apelación deberán ser resueltos de acuerdo con
los establecido en el artículo 86 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo, esto es, en un periodo no superior a 2 meses desde la fecha
de su interposición ante el funcionario competente.
2.4.2.4.4. Actuaciones Posteriores al Cierre de la UDS de HCB FAMI
Una vez se declara el cierre de una UDS de HCB FAMI, se deberán agotar las gestiones
procedentes para la reubicación de las niñas y los niños en los diferentes servicios de
atención del entorno más cercanos a la UDS. Solo en los eventos en que no exista oferta
de dichos servicios en el sector, y de manera excepcional, previa autorización de la
Dirección de Primera Infancia, se podrá revisar la apertura de la UDS de HCB FAMI, caso
en el cual se adelantará el trámite establecido en el numeral 2.4.1 del presente Manual.
La EAS deberá entregar al ICBF (Centro Zonal), mediante acta, los recursos y bienes de la
UDS de HCB FAMI objeto de cierre. El Centro Zonal del ICBF definirá la redistribución de
dichos bienes, cumpliendo con el procedimiento definido para el ingreso al almacén.
Cuando se disponga el cierre del servicio de HCB FAMI, la EAS procederá a generar las
acciones concernientes para la liquidación del contrato laboral de la madre o padre
comunitario atendiendo a las causas justificadas para la terminación de los contratos
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labores establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo y en el contrato laboral suscrito
con las madres o padres comunitarios
3. CONDICIONES DE CALIDAD PARA LOS COMPONENTES DE ATENCIÓN
El presente capítulo contiene las condiciones de calidad que soportan la Modalidad Familiar
y permiten organizar los servicios de atención integral en la primera infancia definidos en
cada uno del componente de atención establecidos para el país; el ICBF da alcance a los
mismos teniendo en cuenta las particularidades de los diferentes servicios contratados.
Con el fin de orientar las acciones a desarrollar en la Modalidad Familiar se definen sus
componentes de atención, a través de los cuales será posible estructurar el plan operativo
de atención integral. No obstante, lo anterior, el ICBF a través de la Dirección de Primera
Infancia podrá adoptar medidas, diseñar planes, programas, estrategias y realizar las
demás acciones necesarias para el mejoramiento y cumplimiento de las condiciones de
calidad en los servicios y la garantía y goce efectivo de los derechos de niñas, niños,
mujeres gestantes y familias.
Teniendo en cuenta lo anterior las EAS deben realizar un trabajo articulado,
interinstitucional e intersectorial, garantizan la materialización del cumplimiento de cada una
de las condiciones de calidad, a través de los servicios de atención a la primera infancia
que permite evidenciar el cumplimiento de los derechos de niñas y niños en pro de su
desarrollo integral para el logro de sus realizaciones.
En este sentido, se plantea las condiciones de calidad y se relacionan en el siguiente cuadro
que permite al lector ubicar qué elementos son comunes y particulares a los dos servicios,
DIFM y HCB FAMI.
El cumplimiento de las condiciones de calidad debe estar documentado con el fin de hacer
posible su verificación.
3.1. Componente Familia Comunidad y Redes Sociales
Este componente se desarrolla en la Modalidad Familiar a través de dos ejes centrales
fortalecimiento familiar y comunidad protectora de niñas y niños, desde los cuales se
concretan las acciones que le dan sentido a la educación inicial en los entornos del hogar
y lo comunitario.
3.1.1. Fortalecimiento Familiar
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La apuesta por una modalidad de educación inicial en el entorno hogar, se da a partir del
reconocimiento de las familias como el primer ámbito y red primaria de socialización y
desarrollo de los niños y niñas en la primera infancia. En este sentido, y desde el enfoque
de derechos como perspectiva que ilumina la acción en la Modalidad Familiar, debe
entenderse que la familia es un sujeto colectivo de derechos, capaz y activo, que a su vez
está conformada por sujetos individuales de derechos a quienes hay que garantizar su
bienestar y desarrollo.
Desde el componente de fortalecimiento familiar, y reconociendo que las familias actúan
como agentes de transformación social, se deben orientar las acciones en favor del cuidado
y la crianza enriquecidas que incluyan relaciones de afecto, construcción de ambientes
seguros y protectores y el reconocimiento de condiciones que favorecen el desarrollo de
capacidades de los niños y las niñas. Así mismo, orientar las acciones en favor de distintos
procesos propios de las dinámicas internas de la familia tales como la convivencia
democrática, la construcción de vínculos afectivos, la resolución de conflictos y la
prevención de la violencia intrafamiliar.
Las acciones guiadas desde la modalidad en favor del acompañamiento y trabajo con las
familias deben orientarse a fortalecer los procesos para que ellas mismas identifiquen sus
oportunidades de desarrollo y fortalecimiento. En este sentido, el proceso deberá reconocer
los elementos positivos y generativos para salir adelante en situaciones de vulnerabilidad;
con ello, se fortalece la construcción de oportunidades para enriquecer miradas y prácticas
en favor de mejores interacciones, promoviendo el establecimiento de relaciones
horizontales con las familias, sustentadas en la confianza, y el reconocimiento y respeto por
los saberes y características culturales, sociales, de género, de contexto, o de cualquier
otra condición particular de las familias o de sus miembros. (Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar, Organización Internacional para las Migraciones y Sinapsis, 2008).
Las acciones desarrolladas en la modalidad para lograr el fortalecimiento familiar deben
tener una intencionalidad educativa, facilitando a las familias la reflexión sobre sus
dinámicas, la apertura a otras alternativas de interacción y construcción de vínculos
afectivos entre sus miembros, el enriquecimiento y generación de nuevas prácticas de
cuidado y crianza. Desde esta intención se constituye el acompañamiento a las familias
como estrategia fundamental en sus procesos de desarrollo.
3.1.2. Comunidad protectora de niñas y niños
La comunidad protectora de niñas y niños, parte del reconocimiento de lo comunitario como
entorno fundamental y escenarios que permiten la consolidación de redes, sociales y
culturales, donde transcurre la vida de niños, niñas, mujeres gestantes y familias; en él se
generan condiciones que favorecen su desarrollo integral. Por ello, se deben definir desde
la modalidad propósitos de trabajo con la comunidad para propiciar su movilización y
gestión en favor de la garantía de los derechos de los niños y niñas. En este sentido, las
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acciones deben estar enfocadas a trabajar con la comunidad más cercana a las familias,
para que éstas reconozcan los derechos de niños, niñas y mujeres gestantes y se
empoderen para favorecer su garantía. Por otra parte, como línea central del componente
Familia Comunidad y Redes Sociales, fundamental trabajar sobre las orientaciones y
motivación para que las familias participen en redes sociales o de apoyo comunitario,
logrando fortalecer relaciones, acciones y proyectos en favor del desarrollo de niñas, niños,
las mujeres gestantes y familias usuarias.
Condiciones de Calidad del Componente Familia Comunidad y Redes Sociales
Para el cumplimiento de este componente la EAS y la UDS deberán garantizar el
cumplimiento de:
ESTANDAR 1
Realiza una caracterización del grupo de familias o cuidadores, de las niñas, los niños y las
mujeres gestantes y madres lactantes, en la que se tienen en cuenta las redes familiares y
sociales, aspectos culturales, del contexto y étnicos. (MEN, 2014, p.13)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
El análisis e interpretación de la Ficha de Caracterización Sociofamiliar es uno de los insumos
fundamentales para el diagnóstico situacional sobre el cual se construye la planeación para
la UA
CRITERIO
APLICABLE
A:
DIMF
HCB FAMI
Para la elaboración del proceso de
caracterización debe tener en cuenta lo
establecido en la Guía para el diseño del
Plan Operativo para la Atención Integral-
POAI, el Anexo Taller de construcción del
diagnóstico situacional, la Ficha de
Caracterización Sociofamiliar y su
correspondiente instructivo, ejercicio de
cartografía social y el modelo de solidario
del ICBF.
Para la elaboración del proceso de
caracterización, es fundamental que se realice el
consolidado de la Ficha de Caracterización
Sociofamiliar y un ejercicio de cartografía social,
con el fin de elaborar el plan de trabajo y
planeación pedagógica acorde a los intereses y
necesidades de los usuarios.
ESTANDAR 2
Verifica la existencia del registro civil de las niñas y los niños y del documento de identidad
de las mujeres gestantes y las madres lactantes. En los casos de no contarse, orienta y hace
seguimiento a la familia o cuidadores y a la mujer gestante o la madre lactante, adelanta
acciones ante la autoridad competente, según corresponda. (MEN, 2014, p.14)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
En los casos de no contar con el soporte del documento de identidad en cada carpeta de
niñas y niños, realiza orientación a la familia o cuidadores sobre los pasos a seguir para su
obtención (comunicación y carta de compromiso) y realiza seguimiento a los compromisos
de la familia o cuidadores para la obtención de dicho documento, si persiste la situación,
pone en conocimiento a la autoridad competente para que active el proceso administrativo
de restablecimiento de derechos.
En el caso de comunidades étnicas, la EAS deberá informar sobre las gestiones realizadas
con la autoridad tradicional o los representantes de la comunidad para el trámite del registro
civil y documento de identidad de los usuarios.
Cuando niñas y niños procedentes de otro país que no cuentan con documentación, la EAS
debe activar la ruta con la autoridad competente para la adelantar la gestión correspondiente.
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ESTANDAR 3
Conoce e informa a las familias o cuidadores sobre los servicios institucionales a los cuales
pueden acceder ante situaciones de amenaza y/o vulneración de los derechos de las niñas
y los niños, las mujeres gestantes y las madres lactantes. (MEN, 2014, p.17)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Se deberá contar con el procedimiento documentado para la identificación de posibles casos
de amenaza, vulneración o inobservancia de los derechos de niñas y niños y las evidencias
de socialización al talento humano de la unidad.
Cuando se han identificado posibles casos de amenaza, vulneración o inobservancia de los
derechos de niñas y niños, ha implementado el procedimiento y pone en conocimiento a la
autoridad competente para activar el proceso administrativo de restablecimiento de
derechos.
Se debe vincular acciones que permitan dar respuesta a una presunta afectación a la vida e
integridad de niñas y niños en los diferentes entornos en los que trascurre su vida.
Tenga en cuenta que las personas que trabajan directamente con niñas y niños deben:
Garantizar a niñas y niños, la atención y cuidados necesarios para su desarrollo integral.
Prevenir la ocurrencia de situaciones de abuso, maltrato, discriminación, estigmatización o
cualquier acción u omisión que atente contra los derechos fundamentales de niñas y niños.
Velar por la identificación oportuna de situaciones que pongan en riesgo la vida e integridad
física, emocional y mental de niñas y niños a su cargo, durante el tiempo que estén bajo su
atención, cuidado y responsabilidad.
Compartir con niñas y niños, actividades en el marco del respeto, la confianza, la empatía y
el buen trato.
Abstenerse de comportamientos o expresiones de discriminación, rechazo, indiferencia,
estigmatización u otros tratos que afecten su desarrollo.
En los casos de niñas y niños atendidos que se encuentren en proceso administrativo de
restablecimiento de derechos o remitidos por el Defensor de Familia al egreso del mismo, se
deberá notificar de las inasistencias injustificadas o retiro del servicio, a la autoridad
competente. Igualmente, en el caso de los hermanos de niñas y niños que se encuentren en
PARD.
ESTANDAR 4
Adelanta acciones y participa en los espacios de articulación interinstitucional que
promueven el desarrollo integral de las niñas y los niños de primera infancia, las mujeres
gestantes y las madres lactantes. (MEN, 2014, p.20)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Para este fin se debe contar con un directorio de autoridades reconocidas en su entorno,
instituciones, servicios sociales y otros actores y plan de articulación con autoridades
reconocidas en su entorno, instituciones, servicios sociales y otros actores.
Se debe vincular a las familias en los procesos de participación y en los escenarios de
articulación interinstitucional teniendo en cuenta lo establecido en el decreto 936 de 2013 y
en el Manual Operativo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
ESTANDAR 5
Documenta e implementa un pacto de convivencia bajo principios de inclusión, equidad y
respeto, con la participación de las niñas y los niños, sus familias o cuidadores, las mujeres
gestantes, las madres lactantes y el talento humano de la modalidad. (MEN, 2014, p.21)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
La EAS cuenta con máximo dos (2) meses a partir de la legalización del contrato para
documentar el Pacto de convivencia. Se debe realizar desde el inicio de la atención trabajo
con niñas, niños y sus familias para acordar el pacto de convivencia. El documento no debe
sobrepasar de 10 páginas.
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ESTANDAR 6
Elabora e implementar un plan de formación y acompañamiento a familias o cuidadores,
mujeres gestantes y madres lactantes que responda a sus necesidades, intereses y
características para fortalecer las prácticas de cuidado y crianza de niñas y niños, de manera
que se promueva su desarrollo integral. (MEN, 2014, p.23)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Dentro de las temáticas a tener en cuenta para dichos procesos de formación se encuentran
las siguientes:
Desarrollo Integral desde el marco de la Ley 1804 de 2016 y sus fundamentos políticos,
técnicos y de gestión para la atención integral a la primera infancia.
Seguimiento y valoración del desarrollo infantil.
Participación y ejercicio de la ciudadanía desde la primera infancia.
Actividades rectoras de la primera infancia.
Recreación, aprovechamiento del tiempo libre y actividad física.
Temáticas que orienten la comprensión del proceso de desarrollo de niñas y niños con
discapacidad y en diferentes situaciones de vulneración.
Fortalecimiento de vínculos afectivos y resiliencia.
Prevención, detección y manejo de las enfermedades prevalentes de la infancia.
Hábitos alimentarios y estilos de vida saludable (Guías alimentarias para la población
colombiana, prevención y manejo de las alteraciones del estado nutricional, educación
alimentaria y nutricional, vacunación, hábitos de higiene y autocuidado).
Desarrollo de habilidades sociales.
Lactancia Materna exclusiva y alimentación complementaria.
Educación en la sexualidad y la emocionalidad desde la primera infancia.
Derechos sexuales y reproductivos, prevención del embrazo adolescente y subsecuente.
Rutas de atención en situaciones de inobservancia, amenaza o vulneración de derechos.
Creación de redes de familias y comunitarias que promuevan la protección integral.
Promoción de las veedurías ciudadanas con las familias y la comunidad.
Lineamiento Técnico Operativo de Modalidad Familiar
Tomar como referencia las: Guía Formación y Acompañamiento a Familias en la Modalidad
Familiar y el Anexo Orientaciones temáticas y metodológicas para la formación y
acompañamiento a familias. y La Guía para el acompañamiento a familias de niños y niñas
de primera infancia con discapacidad.
En aquellos casos en que las familias hayan sido formadas en estas temáticas por parte de
otras entidades del orden nacional o territorial, las EAS solicitarán la certificación de
participación y en conjunto con las familias priorizaran otros temas teniendo en cuenta el
consolidado de la Ficha de Caracterización Sociofamiliar y de todo el proceso de diagnóstico
situacional, los intereses, capacidad y necesidades de las familias.
ESTANDAR 7
Planea, desarrolla y hace seguimiento a los encuentros en el hogar con cada una de las
familias y de acuerdo con la caracterización realizada en el estándar 1. (MEN, 2014, p.25)
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CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Las planeaciones en el hogar deben tener en cuenta lo evidenciado en la Ficha de
Caracterización Sociofamiliar, los intereses y necesidades de niñas, niños, mujeres
gestantes y familias. Por otro lado, las mismas no pueden ser una repetición de los temas
tratados en los encuentros grupales o temas trabajados con otras familias.
Para realizar seguimiento a los encuentros en el hogar, se debe llevar un registro por
familia con las dificultades y avances de los procesos.
3.2. Componente Salud y Nutrición
El Componente de Salud y Nutrición es determinante en el proceso de atención en los
primeros años de vida, se deriva de un marco amplio de la Política de Seguridad Alimentaria
y Nutricional, a través de la cual se busca promover el derecho a la vida y el bienestar físico
de los niños y niñas, garantizar el más alto nivel de salud
En los servicios de la Modalidad Familiar se generan acciones de salud y nutrición que
promuevan el desarrollo integral de niñas y niños en primera infancia con un énfasis
importante en sus primeros mil días de vida, lo que incluye las condiciones particulares del
momento de la gestación.
Desde la Modalidad se busca que el entorno del hogar se convierta en un escenario en el
que se propician hábitos de vida saludables durante el curso de la vida, se garantice el
consumo de los alimentos requeridos de acuerdo con los grupos de edad, y se realicen las
gestiones para el acceso de niñas, niños y mujeres gestantes a los servicios de salud.
En virtud de lo anterior, el componente centra su acción en cinco líneas que son:
a. Gestión para la atención en salud.
b. Promoción de hábitos y prácticas de vida saludable
c. Prevención de las enfermedades prevalentes en la infancia.
d. Acceso y consumo diario de alimentos en cantidad, calidad e inocuidad.
e. Evaluación y seguimiento del estado nutricional.
Como parte constitutiva del componente y en desarrollo de la línea de acceso y consumo
diario de alimentos, desde los servicios de la Modalidad Familiar se cuenta con un aporte
nutricional de la alimentación para mujeres gestantes, niñas y niños que está orientado para
cubrir diariamente en promedio el 70% de las recomendaciones diarias de ingesta de
energía y nutrientes según grupos de edad y de acuerdo con lo definido en las minutas
patrón.
La conformación de las raciones del aporte nutricional (paquetes alimentarios y refrigerios)
está definida por la Dirección de Nutrición. Para la elaboración de minutas con enfoque
diferencial, se debe tener en cuenta lo establecido en el documento
“Minutas con Enfoque Diferencial" ICBF. Los ajustes que responda a la atención diferencial
deben ser concertados con las comunidades étnicas, la nutricionista del Centro Zonal o
regional, según aplique, y la nutricionista de las EAS cuando es para el servicio de DIMF,
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para el servicio HCB FAMI, la nutricionista del Centro Zonal o regional, según aplique, se
encargará de realizar el acompañamiento a las madres, padres comunitarios o agentes
educativos y EAS para concertar los ajustes en la alimentación.
En el caso de la atención a los grupos étnicos, se tendrá en cuenta las concepciones de
salud y nutrición; también se podrá considerar el calendario ecológico.
Los aspectos relacionados con alimentación y nutrición se desarrollan en cumplimiento de
los lineamientos expedidos por la Dirección de Nutrición del ICBF, que se encuentren
vigentes, entre ellos la Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para los
Programas y Proyectos Misionales del ICBF y sus anexos, o los documentos que lo
sustituyan, modifiquen o complementen.
Para todos componentes, es fundamental que las EAS realicen un proceso de articulación
con las entidades territoriales correspondientes, para garantizar el nivel más alto de salud
y nutrición de niñas, niños y mujeres gestantes. Para ello, se debe solicitar apoyo o
acompañamiento del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, teniendo como base lo
evidenciado en la Ficha de Caracterización Sociofamiliar y el diagnóstico situacional.
Condiciones de Calidad del Componente Salud y Nutrición
Para el cumplimiento de este componente la EAS y la UDS deberán garantizar el
cumplimiento de:
ESTANDAR 8
Verifica la existencia del soporte de afiliación de las niñas, los niños, las mujeres gestantes
y las madres lactantes al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). En los
casos de no contarse, orienta y hace seguimiento a la familia o cuidadores y adelanta
acciones ante la autoridad competente, según corresponda. (MEN, 2014, p.33)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Verifica cada seis meses la existencia de soporte de afiliación al Sistema General de
Seguridad Social en Salud (SGSSS) de cada niño y niña/mujer gestante.
En los casos de no contar con el soporte de afiliación al Sistema General de Seguridad
Social en Salud (SGSSS), cuenta con el soporte de la orientación dada a la familia o
cuidadores sobre los pasos a seguir. (Comunicación y/o carta de compromiso).
En los casos de no contar con el soporte de afiliación al Sistema General de Seguridad
Social en Salud (SGSSS), realiza seguimiento trimestral a los compromisos de la familia
o cuidadores para la obtención de dicho documento, si persiste la situación, activa la
ruta de protección.
ESTANDAR 9
Implementa estrategias para la promoción de la práctica de la lactancia materna en forma
exclusiva para niñas y niños menores de seis meses de edad y en forma complementaria
de los seis meses a los dos años y más, con el talento humano de la modalidad, las familias
o cuidadores, las mujeres gestantes y las madres lactantes. (MEN, 2014, p.34)
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CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
La UDS cuenta con máximo tres (3) meses a partir de la legalización del contrato, para
implementar las estrategias de promoción de prácticas de lactancia materna a través
de las personas capacitadas para esta práctica. Para las EAS y UDS que vienen
operando en vigencias anteriores, el cumplimiento del estándar es inmediato al inicio
de la atención del contrato en curso, acciones se deben desarrollar en forma continua
durante la ejecución del contrato, entendiendo que la estrategia contempla el desarrollo
de diferentes acciones articuladas entre sí que permitan la promoción y sensibilización
sobre la importancia de la lactancia materna.
Mensualmente se realizará verificación y orientación sobre la práctica de
amamantamiento en el encuentro educativo en el hogar. De acuerdo al resultado de
esta verificación, en situaciones en las que exista contraindicación médica, uso o abuso
de sustancias psicoactivas SPA, o ausencia de madre, entre otras, se podentregar
fórmula láctea de iniciación; en el Comité Técnico Operativo se presentará el respectivo
análisis y cambios adelantados en el paquete para niñas y niños menores de 6 meses.
ESTANDAR 10
Promueve y verifica periódicamente la asistencia de las niñas y los niños a la consulta de
crecimiento y desarrollo (valoración nutricional, física y del desarrollo). En los casos en los
que no hay inscripción o asistencia, orienta y hace seguimiento a la familia o cuidadores y
adelanta acciones ante la autoridad competente, según corresponda. (MEN, 2014, p.36)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
La verificación se debe hacer de acuerdo con la frecuencia de consultas estipuladas en
la norma técnica vigente del Ministerio de Salud y Protección Social. La EAS debe
realizar un proceso de seguimiento a la asistencia oportuna de niñas y niños a los
controles de crecimiento y desarrollo, el cual debe estar soportado.
En caso de no contar con el soporte de la asistencia a la consulta de control de
crecimiento y desarrollo, la EAS debe brindar las orientaciones a las familias o
cuidadores sobre los pasos a seguir (comunicación y carta de compromiso), y realizar
seguimiento a los compromisos de la familia o cuidadores para la obtención del
documento, si persiste la situación, se deben activar las rutas que correspondan.
ESTANDAR 11
Adelanta las acciones para la promoción de la asistencia a controles prenatales de las
mujeres gestantes. En los casos de no contar con los controles, orienta y hace seguimiento
a la mujer gestante o adelanta acciones ante la autoridad competente, según corresponda.
(MEN, 2014, p.38)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
El control prenatal es el conjunto de atenciones que son recibidas por mujeres en estado
de gestación, las cuales deben ser periódicas e incluyen exámenes físicos, talleres de
preparación para el parto y la lactancia, detección temprana de posibles
complicaciones, educación nutricional y planificación familiar entre otros, debe ser
brindada de manera directa por la Entidad Promotora de Salud a través la red de
prestadores de servicios en el municipio, departamento o distrito. La EAS debe realizar
un proceso de seguimiento a la asistencia oportuna a los controles de prenatales, el
cual debe estar soportado.
La EAS debe realizar un proceso de seguimiento a la asistencia oportuna a los controles
de prenatales, el cual debe estar soportado. En caso de comunidades étnicas los
médicos tradicionales, parteras, entre otras personas reconocidas y avaladas por las
comunidades por sus saberes tradicionales, podrán realizar el acompañamiento
prenatal en articulación con la entidad de salud competente y en marco de la RIA.
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ESTANDAR 12
Implementa acciones para la promoción de la vacunación de las niñas, los niños, las mujeres
gestantes y las madres lactantes y verifica periódicamente el soporte de vacunación de
acuerdo con la edad. En los casos en los que el esquema se encuentre incompleto, orienta
y hace seguimiento a la familia o cuidadores, la mujer gestante y la madre lactante y adelanta
acciones ante la autoridad competente, según corresponda. (MEN, 2014, p.40)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
La verificación se debe hacer de acuerdo con el esquema de vacunación vigente del
Ministerio de Salud y Protección Social. La EAS debe realizar un proceso de
seguimiento sobre el esquema de vacunación, para que esta actividad se desarrolle de
forma oportuna con la edad del usuario.
En las comunidades que por sus características culturales no aceptan la vacunación
como una acción preventiva de enfermedades, la EAS desarrollará y documentará
procesos de información y sensibilización con las familias y autoridades
correspondientes, sobre la importancia de la vacunación y sobre los derechos de niñas
y niños a un desarrollo saludable. Para llevar a cabo el proceso de concertación sobre
vacunación se debe contar con el apoyo del Centro Zonal o Regional según
corresponda.
En los departamentos fronterizos, será válido el esquema de vacunación del país
vecino, previa verificación con la entidad de salud nacional correspondiente. Los
esquemas de vacunación de otros países y los procesos de verificación deben ser
presentados en Comité Técnico Operativo como soporte de los procesos de gestión y
articulación.
En caso de no contar con el soporte de vacunación de niñas y niños, la EAS debe tener
el soporte de la orientación brindada a la familia o cuidadores sobre los pasos a seguir
(comunicación y carta de compromiso), acreditar el seguimiento a los compromisos de
la familia o cuidadores para la obtención del documento, si persiste la situación, se debe
activar la ruta integral de atenciones para la primera infancia RIA.
ESTANDAR 13
Implementa acciones encaminadas a la prevención, detección oportuna de la presencia de
las enfermedades prevalentes en la infancia y el manejo adecuado de las mismas, con el
talento humano de la modalidad, las familias o cuidadores, las mujeres gestantes y las
madres lactantes. (MEN, 2014, p.41)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Las acciones que se implementen deben corresponder con el enfoque establecido con
la Organización Mundial de la Salud para la Atención integrada a las enfermedades
prevalentes de la infancia - AIEPI COMUNITARIO. Las acciones educativas para
abordar las temáticas referidas a la Infección Respiratoria Aguda y la Enfermedad
Diarreica Aguda deben dar respuesta como mínimo a estas preguntas básicas: ¿Cómo
evito enfermar?, si está enfermo: ¿Cómo lo cuido en casa? y ¿Cuándo debo consultar
a un servicio de salud?
En las comunidades étnicas, que por sus características culturales existan curanderos,
médicos tradicionales reconocidos y avalados por la comunidad, la EAS desarrollará
procesos articulados, con el fin de implementar acciones preventivas en el marco de su
cosmovisión.
Cuando se presente fallecimiento de un usuario del servicio por cualquier diagnóstico,
la EAS debe reportar inmediatamente el caso al supervisor del contrato, adjuntando la
siguiente información:
Presentar la Epicrisis del usuario
Copia de la ficha de caracterización del usuario.
Informe de la atención prestada al usuario fallecido y soportes que para el
momento se dispongan.
La copia de esta información deberá ser remitida por el supervisor del contrato a
la Dirección de Primera Infancia.
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ESTANDAR 14
Cuenta con un protocolo estandarizado para la identificación y el manejo oportuno y
adecuado de los casos que se presenten en relación con la aparición de brotes y
enfermedades inmunoprevenibles, con el propósito de disminuir o evitar el riesgo. (MEN,
2014, p.43)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Cuenta con el procedimiento para la identificación y notificación de posibles casos
relacionados con brotes y enfermedades inmunoprevenibles.
Para el cumplimiento del estándar se deberá tener como referencia el “Tomo 2: Guías
Técnicas para el cumplimiento de las condiciones de calidad en el marco de la atención
integral - Enfermedades prevalentes”, o el documento que lo sustituya, modifique o
haga sus veces, así mismo, se deberán considerar, las que para tal fin contemple el
sector salud -Enfermedades contagiosas, según lo establecido por el Instituto Nacional
de Salud.
Adicionalmente, se debe implementar acciones encaminadas a la prevención y
detección oportuna de la presencia de las enfermedades transmitidas por alimentos
ETA- y el manejo adecuado de las mismas, con el talento humano de la modalidad, las
familias o cuidadores.
Cuando se presente cualquier brote y/o caso de enfermedad transmitida por alimentos
ETA en usuario(s) del servicio, el Centro Zonal debe enviar un informe dentro de los 3
días hábiles siguientes a la notificación del caso a la Dirección de Primera Infancia, el
cual debe tener a) Acta o Informe de la visita del Ente Territorial de salud competente,
b) evidencia de los planes de Formación en Buenas Prácticas de Manufactura-BPM en
la UDS, c) conceptos sanitarios de proveedores y registros sanitarios de alimentos, d)
seguimiento del estado de salud de niñas y niños afectados, e) acciones de mejora
propuestas para la no repetición del evento y demás acciones de conformidad con los
hallazgos y las recomendaciones del Ministerio de Salud.
CRITERIO
APLICABLE A:
DIMF
HCB FAMI
Se establece para el servicio
desarrollo infantil en medio
familiar un plazo máximo de 1
mes a partir de la legalización
del contrato para contar con el
protocolo documentado y
socializado con el equipo de
talento humano.
En HCB FAMI, la construcción y socialización de este
protocolo es responsabilidad de las EAS, las madres y
padres comunitarios deben ser capacitados en el manejo
del protocolo. Se establece para el servicio FAMI un plazo
máximo de 2 meses a partir de la legalización del contrato
para contar con el protocolo documentado y socializado con
el equipo de talento humano.
ESTANDAR 16
Cumple con la entrega de los paquetes alimentarios y los refrigerios a los usuarios de la
modalidad, según la minuta patrón establecida, que aporta el 70% de las recomendaciones
diarias de calorías y nutrientes para la población colombiana. (MEN, 2014, p.45)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
La minuta patrón la elabora la Dirección de Nutrición del ICBF para los servicios de
primera infancia. El aporte diario de energía y nutrientes para los servicios de la
modalidad corresponde en promedio al 70% de las recomendaciones de ingesta
establecidos para la población colombiana.
El aporte nutricional se realiza por grupo de edad, a través del suministro de una ración
para preparar mensual (paquete de alimentos para llevar al hogar) y un refrigerio
semanal durante los encuentros educativos. El consumo de los refrigerios deberá
realizarse durante la participación en el encuentro educativo, con el fin de asegurar el
consumo efectivo y las condiciones de inocuidad de los alimentos. En zonas de difícil
acceso o con comunidades étnicas (previa concertación), podrá entregarse el refrigerio
del encuentro educativo grupal, en ración preparada, siempre y cuando cumpla con las
condiciones de la minuta patrón y de Buenas Prácticas de Manufactura, haga parte del
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Plan Operativo de Atención Integral y haya sido avalado en el Comité Técnico
Operativo.
En los casos en que se requiera atención diferencial, le corresponderá a la Nutricionista
de la EAS la elaboración de la minuta patrón con enfoque diferencial, las cuales deberán
adoptar las recomendaciones de ingesta de energía y nutrientes de la población
colombiana vigente. El suministro de los Alimentos de Alto Valor Nutricional:
Bienestarina Más®, Bienestarina® Líquida, Alimento para la Mujer Gestante y Madre
en Periodo de Lactancia u otros que el ICBF establezca, se realizará de conformidad
con el Anexo No. 2: Raciones de Alimentos de Alto Valor Nutricional del Lineamiento
de Programación de la Vigencia.
La EAS debe cumplir con la minuta patrón realizada teniendo en cuenta los ajustes
propios y concertados con las comunidades étnicas o realizados a partir de las
necesidades especiales de la población atendida; estos deberán ser concertados con
la nutricionista del Centro Zonal o Regional y avalados en el Comité Técnico Operativo.
En este mismo sentido, para la atención nutricional a niñas y niños con discapacidad o
patologías especiales, se debe adoptar las medidas dieto-terapéuticas requeridas
según indicación médica o de la nutricionista tratante, conservando el aporte de energía
y nutrientes.
Se podrá entregar formula infantil fortificada con hierro, únicamente si existe
contraindicación médica para la lactancia materna, uso o abuso de sustancias
psicoactivas o en caso de ausencia de la madre; esta decisión debe estar acompañada
de un estudio de caso. Adicionalmente, el equipo de la EAS debe gestionar con el sector
salud la atención de su competencia.
Los alimentos entregados deben cumplir con las especificaciones descritas en las
fichas técnicas emitidas por la Dirección de Nutrición del ICBF. La EAS a través de cada
UA, debe llevar el control de entrega de los refrigerios y paquetes alimentarios, el cual
debe estar firmado por los adultos asistentes o usuarias gestantes mayores de 14 años.
Éste control se realiza en el formato “Entrega de refrigerios Modalidad Familiar” y
“Entrega de complementos alimentarios de primera infancia”
El seguimiento nutricional se realizará 4 veces al año -una medición por trimestre-. Las
tomas subsiguientes deben realizarse 3 días antes o después de la fecha de la
valoración anterior, así, por ejemplo, si el usuario tuvo la
primera valoración el 9 de febrero, la siguiente toma de
datos debe realizarse entre el 6 y el 12 de mayo. El registro en el sistema de información
se realizará con un plazo máximo de 8 días calendario, posterior a la toma.
La Ración para preparar debe contar con un empaque secundario apto para el contacto
con alimentos, resistente y con cierre que impida la salida o pérdida de los alimentos.
El rotulo del empaque debe estar de acuerdo a las especificaciones de imagen
corporativa del ICBF, indicando el contenido de los alimentos definido en la minuta
patrón vigente para el grupo de edad o la minuta concertada y avalada por el Comité
Técnico Operativo.
Teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución 668 de 28 de abril de 2016 “Por el
cual se reglamenta el uso racional de bolsas plásticas y se adoptan otras disposiciones”,
se podrán emplear bolsas en material reutilizable, preferiblemente que permitan la
observación directa de los alimentos.
La EAS deberá promover la contratación de proveedores de alimentos que fortalezcan
las compras locales y apoyen los proyectos productivos que las comunidades tienen de
conformidad con la normatividad vigente y la “Guía orientadora para el desarrollo de la
estrategia de compras locales del ICBF”.
El ICBF podrá adoptar las medidas que considere pertinentes para promover la
seguridad alimentaria y nutricional, como determinante esencial para la consecución de
un estado nutricional adecuado de niñas y niños, que permita potenciar sus
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capacidades y adquirir habilidades en función de un desarrollo integral, así, por ejemplo,
se podrá modificar el porcentaje de aporte de energía y nutrientes, entrega de alimentos
de alto valor nutricional, entrega de raciones para preparar RPP, entre otros.
La EAS deberá garantizar la entrega del paquete alimentario a los usuarios de la
modalidad Familiar durante los primeros 8 días a partir del inicio de la atención, y
en adelante las entregas se realizaran cada mes, procurando de esta forma la
disponibilidad de los alimentos cada 30 días.
ESTANDAR 17
Elabora y cumple con una derivación y ciclo de menús según las recomendaciones de
consumo diario de calorías y nutrientes para la población colombiana dadas por el ICBF, de
acuerdo con la minuta patrón establecida por grupo de edad, los tiempos de comida y
calidad organoléptica de los alimentos servidos (temperatura, presentación, color, sabor,
textura, etc.), e identificación del profesional en nutrición y dietética responsable del análisis.
(MEN, 2014, p.46)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Se debe incorporar alimentos propios y de consumo territorial, así como generar una
estrategia que articule el apoyo nutricional a las prácticas de alimentación local y familiar,
para lo cual podrá tomar como referencia el proyecto especial del ICBF sobre minutas
interculturales.
CRITERIO
APLICABLE A:
DIMF
La derivación de los ciclos de menús aplica para los refrigerios (sólo donde se haya
concertado como ración preparada) y debe responder a los hábitos alimentarios y
necesidades de las niñas y niños, la cual deberá ser llevada a ComiTécnico Operativo
y contar con el visto bueno del nutricionista del Centro Zonal o Regional según
corresponda, adjuntando las fichas técnicas de los productos a suministrar o guía de
estandarización de preparaciones, según corresponda, la estandarización de
porciones, lista de intercambios y el consolidado de análisis nutricional.
Los ciclos de menú, deben incorporar alimentos propios y de consumo territorial, así
como generar una estrategia que articule el apoyo nutricional a las prácticas de
alimentación local y familiar. En la UDS, se debe publicar en un lugar visible para las
familias el ciclo de menús aprobado que será suministrado a niñas y niños.
Las preparaciones y alimentos suministrados en la UDScumplen con el ciclo de menú
aprobado y publicado, así como las indicaciones respecto a uso de intercambios
establecidos en la Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición, se realiza
registro de los cambios de menú (si aplica) con la respectiva justificación.
Realiza la socialización del documento de estandarización de porciones, minuta patrón,
lista de intercambios al talento humano manipulador de alimentos y cuenta con los
soportes de esta actividad.
ESTANDAR 18
Realiza la valoración nutricional, cada tres meses, para las niñas y los niños, y el control de
ganancia de peso de las mujeres gestantes y las madres lactantes atendidas en la
modalidad. En los casos en los que se detecten signos de malnutrición, activar la ruta de
remisión, cumple con las recomendaciones necesarias para tratar casos o dietas especiales,
orientar y hace seguimiento a las familias o cuidadores. (MEN, 2014, p. 45).
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CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
El seguimiento nutricional se realizará cuatro (4) veces al año una medición por
trimestre. La toma subsiguiente deben realizarse tres (3) días antes o después de la
fecha de la valoración anterior; así, por ejemplo, si el usuario tuvo la primera valoración
el 09 de febrero, la siguiente toma de datos debe realizarse entre el 6 y el 12 de mayo.
El registro en el sistema de información se realizará con un plazo máximo de ocho (8)
días calendario, posterior a la toma.
Para la implementación de este estándar se deberá tener en cuenta lo establecido en
la “Guía Técnica y Operativa del Sistema de Seguimiento Nutricional” y la “Guía Técnica
para la Metrología Aplicable a los Programas de los Procesos Misionales del ICBF”. La
valoración de niñas y niños con discapacidad se debe realizar según lo descrito en la
“Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para la Población con
Discapacidad”.
La toma de datos antropométricos deberá realizarse al usuario durante los siguientes
15 días hábiles de su ingreso a la UDS, estos datos se registrarán en el sistema de
información que el ICBF defina, con un plazo máximo de 8 días calendario posteriores
a la toma.
La clasificación antropométrica e interpretación del estado nutricional corresponde al
profesional de salud y nutrición. De acuerdo con los resultados obtenidos se
desarrollará el plan de intervención para mujeres gestantes con bajo peso para la edad
gestacional y niñas y niños con riesgo de desnutrición aguda, desnutrición aguda,
sobrepeso y obesidad, de conformidad con las indicaciones y formatos establecidos por
la Dirección de Nutrición. En todo caso, cuando exista el Perfil 2 u optativo, se debe
asegurar la adecuada implementación de los planes de intervención individual y
colectiva diseñados por el Nutricionista.
Es necesario aclarar que el sistema de información del ICBF permite generar reportes
en línea con la frecuencia que se requiera, no obstante, este sistema no se constituye
en el único mecanismo a partir del cual se pueden adelantar de manera oportuna la
clasificación nutricional.
A fin de garantizar la calidad de la información y el adecuado seguimiento nutricional
de la niña y niño, la EAS en cabeza del profesional de salud y nutrición deberá realizar
de forma (mensual) la verificación de la calidad de los datos registrados, identificando
y adoptando las medidas correctivas asociados a errores de medición o de registro.
DIMF
HCB FAMI
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CRITERIO
APLICABLE A:
En los casos en los que se detecten signos de riesgo
de desnutrición aguda y desnutrición aguda en el
servicio desarrollo infantil en medio familiar se
deberá además dar cumplimiento a lo establecido en
el título “Acciones de atención a las niñas y niños con
riesgo de desnutrición aguda y desnutrición aguda en
los servicios de primera infancia del ICBF” y activar
la ruta de remisión y atención integral de las niñas y
los niños menores de cinco (5) años con desnutrición
aguda de acuerdo a la normatividad vigente.
Durante el primer encuentro al que asista niña o niño
entre los seis (6) meses y cincuenta y nueve (59)
meses se realizará la medición del perímetro
braquial, para lo cual, la UA debe contar con cintas
métricas, de acuerdo a las especificaciones definidas
por la Dirección de Nutrición e ingresar los datos al
sistema de información que el ICBF defina. El agente
educativo y auxiliar pedagógico deberá tener
formación en la técnica para la medición del
perímetro braquial en niñas y niños. Lo anterior
considerando que es una medida útil como predictor
de riesgo de muerte por desnutrición. Si se encuentra
el parámetro afectado deberá activarse
inmediatamente la ruta de remisión y atención
integral de las niñas y los niños menores de cinco (5)
años con desnutrición aguda de acuerdo con la
normatividad vigente.
Para el servicio HCB FAMI, las
acciones se desarrollan atendiendo
el “Procedimiento de evaluación y
seguimiento al estado nutricional”
establecido por la Dirección de
Nutrición.
La interpretación y desarrollo de
acciones a partir de los resultados
obtenidos corresponde al ICBF. La
elaboración del plan de intervención
de niñas y niños con riesgo de
desnutrición aguda estará sujeto al
análisis que realice el profesional en
Nutrición del ICBF respecto a la
evolución nutricional de niña o niño.
ESTANDAR 19
Da a conocer a las familias, cuidadores, mujeres gestantes y madres lactantes los
programas de suplementación con micronutrientes desarrollados por el sector salud. (MEN,
2014, p.48)
CRITERIO
APLICABLE A:
DIMF
HCB FAMI
Se establece un plazo máximo 3 meses a
partir de la legalización del contrato, para
implementar las estrategias de promoción de
suplementación con micronutrientes. Deberá
tener en cuenta la normatividad vigente para
el tema. (Acuerdo 029 de la Comisión de
Regulación en salud) y Tomo 2: Guías
Técnicas para el cumplimiento de las
condiciones de calidad en el marco de la
atención integral-Suplementación
Se establece un plazo máximo 4 meses a
partir de la legalización del contrato, para
implementar las estrategias de promoción
de suplementación con micronutrientes.
Deberá tener en cuenta la normatividad
vigente para el tema. (Acuerdo 029 de la
Comisión de Regulación en salud) y Tomo
2: Guías Técnicas para el cumplimiento de
las condiciones de calidad en el marco de la
atención integral Suplementación
ESTANDAR 21
Documenta y aplica las buenas prácticas de manufactura (BPM) de acuerdo con la
normatividad vigente y los procesos que apliquen: compra, transporte, recibo,
almacenamiento, preparación, servido o distribución de alimentos; esto para los casos en
que se suministra la alimentación de forma directa o para cuando se hace a través de
terceros. (MEN, 2014, p.50)
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CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
En el caso de grupos étnicos, el Comité Técnico Operativo del ICBF, con la asesoría
del sector de la salud, definirá los requisitos para que las prácticas de manipulación se
realicen en condiciones inocuas.
La EAS debe entregar al supervisor del contrato dentro del primer mes de ejecución, el
documento de buenas prácticas de manufactura en el cual se evidencie las
particularidades adoptadas para el control de riesgos en la inocuidad de los alimentos
durante los procesos de compra, transporte, recibo, almacenamiento, preparación,
servido o distribución, teniendo en cuenta las particularidades de los espacios de los
encuentros educativos grupales.
La EAS deberá diligenciar al inicio de la ejecución del contrato, la relación de
proveedores de los alimentos con la totalidad de información solicitada, en el “Formato
listado de proveedores de alimentos”, este deberá estar en la EAS. Cada vez que se
actualice o tenga un cambio, deberá ajustarlo en el formato e informar al supervisor.
La EAS deberá adelantar un plan de capacitación continuo y permanente para el
personal manipulador de alimentos, el cual debe tener una duración mínima de 10 horas
anuales, que se deberá ejecutar durante el primer semestre del servicio.
ESTANDAR 22
Los espacios donde se desarrollan los encuentros grupales están limpios y con ausencia de
basura o desperdicios, plagas y vectores y olores desagradables o fuertes. (MEN, 2014,
p.51)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Se debe aplicar la normatividad vigente para esta materia
La EAS deberá contratar el talento humano (auxiliar de servicios generales) requerido
para la limpieza y mantenimiento de los espacios donde se desarrollarán los encuentros
grupales, pues esta actividad no hace parte de las funciones del talento humano
contratado para la atención (coordinador, profesionales psicosociales, de salud,
agentes educativos y auxiliares pedagógicos) si el auxiliar no hace parte de la canasta,
la EAS deberá contratarlo por su cuenta pues se habilitaron en el Banco Nacional de
Oferentes y demostraron una capacidad administrativa y financiera que les permite
aportar y realizar gestión adicional para contribuir con la ejecución del contrato y con la
calidad de la atención.
ESTANDAR 23
Para el caso en el cual el servicio de alimentos se preste a través de un tercero, verificar
que la entidad que suministra los alimentos cuente con acta de visita o concepto higiénico -
sanitario favorable y vigente emitido por la autoridad competente y cumpla con la minuta
patrón y el ciclo de menús. (MEN, 2014, p.52)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Debe de contar con Concepto higiénico sanitario favorable, así mismo, el servicio de
transporte debe garantizar lo establecido en la en la Resolución 2674 de 2013 y
normatividad vigente relacionada.
Acciones para la atención a niñas o niños con desnutrición aguda y riesgo de
desnutrición aguda en los servicios de primera infancia del ICBF
“La desnutrición como enfermedad de origen social es la expresión última de la situación
de inseguridad alimentaria y nutricional de una población y afecta principalmente a los niños
y a las niñas. Se caracteriza por deterioro de la composición corporal y alteración sistémica
de las funciones orgánicas y psicosociales. Dichas alteraciones dependen de la edad de
iniciación del déficit y de la calidad de la dieta consumida, que puede ser insuficiente en
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energía y nutrientes, o aportar mayor cantidad de energía, pero ser deficiente en proteína
y demás nutrientes. (Ministerio de Salud y Protección Social, 2015, p.20).
Las niñas y niños con desnutrición aguda y riesgo de desnutrición aguda presentan mayor
susceptibilidad de adquirir enfermedades recurrentes o prolongadas que ponen en riesgo
su derecho fundamental a la vida, es por ello que se debe realizar su detección y manejo
de manera oportuna.
Teniendo en cuenta lo anterior, se precisan las acciones complementarias al estándar 18
que deben desarrollar las EAS en las Unidades de Servicio de primera infancia, para la
atención a niñas y niños con desnutrición aguda y riesgo de desnutrición aguda.
El desarrollo de estas acciones inicia con la valoración antropométrica a los usuarios de los
servicios de primera infancia, como herramienta eficiente y oportuna para detectar las
alteraciones en el estado nutricional, y se complementa con la gestión intersectorial para la
activación de la Ruta Integral de Atenciones.
Conforme a lo anterior se describen las acciones a implementar:
Asegurar el diseño de los planes de intervención de forma inmediata de acuerdo con la
clasificación antropométrica para niñas y niños con desnutrición aguda, y hasta en un
plazo 3 días hábiles para niñas o niños con riesgo de desnutrición aguda.
Implementar los planes de intervención de forma oportuna garantizando que las
acciones contribuyan a restablecer el estado nutricional de niñas y niños en el menor
tiempo posible y redireccionar las acciones en los casos que no se evidencie evolución
en el estado nutricional.
En los casos de los niños y niñas con riesgo de desnutrición aguda, se debe realizar
seguimiento nutricional mensual o con mayor frecuencia según criterio del Nutricionista
de la UDS, hasta que la clasificación antropométrica indique que el niño o niña sea peso
adecuado para la talla y/o las curvas de crecimiento sean ascendentes y se mantengan
por lo menos durante 3 meses.
En los casos de los niños y niñas con desnutrición aguda, se debe realizar seguimiento
nutricional mensual o con mayor frecuencia según criterio del Nutricionista de la UDS.
Los niños que presenten desnutrición aguda moderada o severa deben remitirse a la
institución Prestadora de Servicios de Salud IPS con el histórico de evaluaciones
nutricionales realizada en la UDS. También debe notificarse el caso a la Empresa
Administradora de Planes de Beneficios - EAPB o la entidad que haga sus veces, con
el fin de garantizar la atención del niño o niño a través de su red de IPS[1].
La UDS debe tener la información relacionada con EPS, IPS a la que fue remitido, la
ubicación exacta de niña o niño, teléfonos de contacto de la familia o cuidadores dando
cumplimiento a la Ruta de remisión a salud, para la atención a la desnutrición aguda
de niñas y niños menores de cinco años, atendidos en los servicios del ICBF. En caso
de que la IPS no atienda al niño o niña de acuerdo con las indicaciones del Anexo 2 de
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la Resolución 5406 de 2015, se debe notificar a la Superintendencia Nacional de Salud
con el fin de tomar las acciones correspondientes en materia de inspección, vigilancia y
control y así garantizar el la atención del niño o niña identificado con desnutrición aguda
moderada o severa en las IPS.
Realizar seguimiento y documentar las gestiones realizadas para la efectiva atención
de los niños y niñas desnutrición aguda moderada o severa en la IPS.
Socializar dentro de las instancias de participación, tales como, los Consejos de Política
Social, Mesas de Primera Infancia, Comité de Seguridad Alimentaria y Nutricional, la
problemática de desnutrición aguda y posibles determinantes, para que en estos
espacios se alerte y generen estrategias que vinculen a los actores que intervienen en
la seguridad alimentaria y nutricional del territorio y que incidan en el mejoramiento del
estado nutricional de niñas y niños.
3.3. Componente Proceso Pedagógico
Como parte del componente de proceso pedagógico es importante comprender el sentido
de la educación inicial y el papel de la pedagogía en esos procesos educativos. La
educación para la primera infancia es un proceso continuo y permanente de interacciones
y relaciones sociales oportunas y pertinentes que posibilitan a niños y las niñas potenciar
sus capacidades y adquirir habilidades para la vida, en función de un desarrollo pleno que
propicie su constitución como sujetos de derechos (Ministerio de Educación Nacional,
2014). Esto significa que el propósito de la educación no se centra en la preparación para
la escuela primaria, sino en promover su desarrollo ajustándose a las características
propias de la primera infancia, y por tanto las acciones se organizan alrededor de
experiencias retadoras que impulsan su desarrollo porque a través de ellas pueden jugar,
explorar el medio, expresarse a través de las expresiones artísticas y disfrutar de la
literatura. (Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia, 2013).
El componente pedagógico tiene un carácter dinámico, flexible y orientador que permite a
los agentes educativos tener un horizonte de sentido sobre el cual planear experiencias
pedagógicas y organizar los ambientes de manera intencionada y estructurada.
El propósito del componente pedagógico es estructurar una propuesta de acción a través
de la cual se potencie el desarrollo integral de niñas y niños desde la gestación; lo que
implica el reconocimiento y potenciación de procesos en el marco del desarrollo integral el
cual se logra a través de interacciones enriquecidas con sus cuidadores, sus familias, sus
pares y otros adultos externos como los maestros.
Así mismo, desde el proceso pedagógico debe reconocerse a las familias con su papel
insustituible frente a la promoción del desarrollo de niñas y niños, construyendo con estas
las mejores condiciones para potenciarlo de manera intencionada, acorde a las
características individuales, familiares y culturales. Es importante reafirmar que el rol
fundamental de la familia es el cuidado y la crianza; esto significa que las familias no tienen
que hacer labores semejantes a las que hace una institución educativa, sino que tienen que
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fortalecer y enriquecer el ambiente en que viven, estableciendo relaciones afectivas con
niñas y niños en su cotidianidad a través del juego, las interacciones cálidas y receptivas.
Como parte del proceso pedagógico es importante que la EAS estructure e implemente el
proyecto pedagógico teniendo en cuenta las características culturales, sociales, territoriales
y sobre todo los intereses y necesidades de niñas, niños y sus familias. El proyecto se debe
estructurar de manera participativa, para lo cual se debe tener en cuenta el diagnóstico
situacional, la consolidación y análisis de la Ficha de Caracterización sociofamiliar, y así
mismo sustentar todas las acciones pedagógicas en los referentes técnicos y la serie
orientaciones pedagógicas para la educación inicial en el marco de la atención integral,
definidos por la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia.
Para enriquecer el proceso pedagógico se recomienda tener en cuenta Fiesta de la
Lectura como una estrategia pedagógica transversal del ICBF, la cual se define como una
serie de acciones estructuradas en el marco de la atención integral, para favorecer el
desarrollo de los lenguajes y las posibilidades expresivas, comunicativas y creativas de
niñas, niños y sus familias desde la Primera Infancia. Busca enriquecer y fortalecer las
prácticas pedagógicas en las diferentes modalidades de atención del ICBF con la
cualificación, acompañamiento y seguimiento al talento humano, la conformación de
Bibliotecas Infantiles, salas de lectura, la gestión y divulgación del conocimiento, y el apoyo
al fortalecimiento pedagógico y de gestión.
Desde estos referentes, la estructura y el desarrollo de Fiesta de la Lectura da cuenta y
materializa el sentido de la educación inicial; a través del arte, el juego, la literatura, y La
exploración del medio; constituyéndose en una estrategia que articula y promueve de
manera integral las actividades rectoras de la primera infancia, para lo cual se deben tener
en cuenta los Documentos del 20 al 25 de la Serie de Orientaciones Pedagógicas para la
educación inicial en el marco de la atención integral.
Condiciones de Calidad del Componente Proceso Pedagógico
Para el cumplimiento de este componente la EAS y la UDS deberán garantizar el
cumplimiento de:
ESTANDAR 24
Cuenta con un proyecto pedagógico coherente con las disposiciones legales vigentes, los
fundamentos técnicos, políticos y de gestión de la atención integral, las orientaciones
pedagógicas nacionales y territoriales de educación inicial que responda a la realidad
sociocultural y a las particularidades de las niñas, los niños, sus familias, cuidadores,
mujeres gestantes y madres lactantes. (MEN, 2014, p.59)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Se establece un plazo máximo de tres (3) meses a partir de la legalización del contrato para
contar con el documento del proyecto pedagógico o plan de trabajo, según corresponda.
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CRITERIO
APLICABLE A:
DIMF
HCB FAMI
El proyecto pedagógico debe enmarcarse con lo
establecido en los Referentes técnicos de
educación inicial en el marco de la atención
integral y en lo establecido en el componente
pedagógico del POAI y orientaciones del ICBF.
El proyecto pedagógico debe ser construido
participativamente por el equipo del talento
humano de la UDS, niñas, niños, mujeres
gestantes y familias, debe centrarse en los
intereses y necesidades de los usuarios, tener en
cuenta las características culturales y étnicas de
la población, la inclusión de niñas y niños con
discapacidad y víctimas de la violencia. Para ello
se deberá tener en cuenta lo establecido en la
“Guía para la promoción y la garantía de la
participación de niños, niñas y adolescentes”, la
“Guía para el acompañamiento a familias de
niñas y niños de primera infancia con
discapacidad”, las “Orientaciones temáticas y
metodológicas para la formación y el
acompañamiento a familias” y la “Guía para la
Formación y Acompañamiento a Familias de la
Modalidad Familiar”.
Cuando la UDS atienda exclusiva o
mayoritariamente a usuarios de comunidades
étnicas, el proyecto pedagógico debe formularse
teniendo en cuenta el artículo 42 del Decreto
1953 - "Estrategias y Acciones Semillas de Vida".
Para el desarrollo de las acciones en
este servicio se requiere elaborar un plan
de trabajo que realiza la madre o padre
comunitario, éste debe contener una
intencionalidad pedagógica, estrategias
a utilizar, materiales didácticos en el
marco de lo establecido en los
Referentes técnicos de educación inicial
en el marco de la atención integral y las
actividades rectoras de la primera
infancia.
ESTANDAR 25
Planea, implementa y hace seguimiento a las acciones pedagógicas y de cuidado, llevadas
a cabo con las niñas y los niños, orientadas a la promoción del desarrollo infantil, en
coherencia con su proyecto pedagógico, los fundamentos técnicos, políticos y de gestión de
atención integral y las orientaciones pedagógicas nacionales y territoriales de educación
inicial. (MEN, 2014, p.62)
CRITERIO
APLICABLE A:
DIMF
HCB FAMI
La planeación debe estar articulada con el
proyecto pedagógico y la lectura de los
contextos socio culturales, debe ser
flexible en aquellos casos que se requiera,
retomar temas o actividades que emergen
conforme a las necesidades e intereses de
niñas, niños, mujeres gestantes y familias
lo cual debe quedar registrado en el
seguimiento a la planeación
La planeación debe estar articulada con el plan
de trabajo y la lectura de los contextos socio
culturales, debe ser flexible en aquellos casos
que se requiera, retomar temas o actividades
que emergen conforme a las necesidades e
intereses de niñas, niños, las mujeres y familias
los cuales deben quedar registrado en el
seguimiento a la planeación.
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La unidad de atención deberá contar con la
planeación pedagógica desde el inicio de
las actividades con niñas, niños, mujeres
gestantes y familias, no obstante, esta
debe irse ajustando conforme a la
construcción del proyecto pedagógico.
Se deberá realizar una planeación
pedagógica específica para los dos
momentos de los encuentros educativos
grupales. Por otro lado, la planeación de
los encuentros educativos en el hogar
debe responder a las particularidades y
necesidades de cada familia.
La Unidad de Atención deberá contar con la
planeación pedagógica desde el inicio de las
actividades con niñas, niños, mujeres
gestantes y familias, no obstante, esta debe
irse ajustando conforme a la construcción del
plan de trabajo.
ESTANDAR 26
Implementa acciones de cuidado con las niñas y los niños que promueven el bienestar, la
seguridad y el buen trato. (MEN, 2014, p.64)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Las acciones de cuidado están encaminadas al trabajo con niñas, niños, mujeres gestantes
y familias o cuidadores entorno a la higiene, la alimentación y la protección. Para esto se
debe tener en cuenta las prácticas culturales y su incidencia en la vida cotidiana. En los
casos en los que se encuentren prácticas que puedan afectar negativamente su desarrollo,
se deberá llegar a concertaciones mediadas por el dialogo de saberes y en las que prime el
interés superior del niño y la niña. Las EAS deberán realizar dinámicas resilientes y de
prosocialidad para propiciar el buen trato.
Las acciones de cuidado están encaminadas a la generación de experiencias recurrentes
con niñas, niños, mujeres gestantes, familias y cuidadores que promuevan “(…) estilos de
vida saludable en relación con la alimentación, el autocuidado, la actividad física y el
descanso”, así como la protección de niñas y niños que permitan que se sientan seguros y
que cuenta con adultos que buscan su bienestar. Para esto se debe tener en cuenta las
prácticas culturales y su incidencia en la vida cotidiana.
Es importante reconocer que, en la vivencia de las actividades rectoras de la primera
infancia, se generan acciones que promuevan estilos de vida saludable tales como el juego
activo; en consecuencia, en la medida que se generen experiencias continuas de disfrute y
goce de dichas actividades se incide en la mejora de la calidad de vida de niñas y niños.
ESTANDAR 27
Organiza y estructura ambientes pedagógicos para el desarrollo de experiencias
intencionadas con las niñas, los niños, sus familias o cuidadores, las mujeres gestantes y
las madres lactantes, de acuerdo con sus características y las condiciones de espacio donde
se lleve a cabo el encuentro grupal, así como con los fundamentos técnicos, políticos y de
gestión de la atención integral y las orientaciones pedagógicas nacionales y territoriales de
educación inicial. (MEN, 2014, p.65)
CRITERIO
APLICABLE A:
DIMF
HCB FAMI
Para el cumplimiento de este estándar la
EAS deberá tener en cuenta lo establecido
en el componente pedagógico del POAI.
Este estándar se refiere a la relación y
organización que el agente educativo y
auxiliar pedagógico promueva entre el
espacio físico, el mobiliario, la dotación y
las actividades que se desarrollan.
La aplicación de esta condición de calidad
debe promover a través de los planes de
trabajo las acciones que garanticen ambientes
educativos enriquecidos entre el espacio físico,
el mobiliario, la dotación y las actividades que
se desarrollan en estos.
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ESTANDAR 28
Realiza seguimiento a cada niña y a cada niño a partir del reconocimiento de sus
capacidades, la identificación de sus dificultades y el acompañamiento sensible a su proceso
de crecimiento, aprendizaje y desarrollo para retroalimentar las acciones pedagógicas y
socializarlo periódicamente con las familias o cuidadores. (MEN, 2014, p.66)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Para el cumplimiento de este estándar la EAS deberá tener en cuenta el Documento No. 25
“Seguimiento al Desarrollo Integral de las niñas y los niños en la educación inicial” y aplicara
la Escala de Valoración Cualitativa del Desarrollo Infantil-R del ICBF, la cual se aplica 3
veces al año y se deben socializar los resultados con las familias.
El ejercicio de observación, seguimiento y registro que realicen las UDS de niñas y niños
con discapacidad, deberá ir acorde a la efectiva participación de la población en las
estrategias para la superación de las barreras que puedan estar presentes en las
interacciones consigo mismo, con los adultos y con el mundo que los rodea, como lo
establece el Manual Técnico de la Escala de Valoración Cualitativa del Desarrollo Infantil -
Revisada EVCDI-R.
A partir de la ficha de caracterización sociofamiliar, y la EVCDI-R, la planeación pedagógica
se ajustará según los apoyos que se requieran para la atención y desarrollo integral de niñas
y niños con discapacidad según sea la condición.
Es importante que quien hace la aplicación de la EVCDI-R, deberá contar con el soporte de
los registros en el diario de campo o herramientas que emplee la unidad para realizar su
seguimiento y establecer los avances o barreras que están presentes en el desarrollo de
niñas y niños con discapacidad en los tres momentos de aplicación del instrumento de
evaluación programados para el año. Se deberán entregar 3 informes a las familias sobre
los avances y barreras que aún están presentes en niñas y niños con discapacidad, así
como los compromisos que se puedan establecer como apoyo en el entorno hogar para el
desarrollo.
ESTANDAR 29
Desarrolla encuentros periódicos para la reflexión sobre el quehacer pedagógico y
educativo, donde maestras y maestros, auxiliares pedagógicos y demás equipo
interdisciplinario retroalimentan y fortalecen su trabajo en relación con las niñas, los niños y
sus familias o cuidadores, las mujeres gestantes y las madres lactantes. (MEN, 2014, p.68)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Las Jornadas de reflexión pedagógica serán acordadas con el equipo de talento humano, a
partir de sus necesidades y vinculación laboral o Jornada pedagógica las cuales deben
contar con un cronograma, una agenda de trabajo para cada mes, con temáticas inherentes
a la atención integral de la primera infancia desde los 6 componentes de calidad; asimismo,
se debe plantear el propósito, tema, fecha y duración de las jornadas pedagógicas, líder
responsable y compromisos para la próxima jornada.
Hay que precisar que de cada jornada se debe dejar un acta firmada por todos los asistentes,
en la que se reflejen de manera sucinta los temas trabajados, las estrategias desarrolladas,
las tareas y las firmas de los asistentes. Estas deberán desarrollarse de acuerdo con lo
planteado en el POAI y la propuesta de trabajo del proceso pedagógico. El cronograma debe
ser presentado en el Comité Técnico Operativo.
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HCB FAMI
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CRITERIO
APLICABLE A:
Las jornadas para la reflexión pedagógica,
deberán desarrollarse a partir de lo
planteado en el componente pedagógico
del POAI. Este proceso de planeación
requiere la destinación de jornadas de
trabajo, las cuales son definidas de
acuerdo con los horarios concertados con
las familias y sus necesidades, para
realizar los encuentros y las visitas al
hogar. La planeación incluye una etapa de
evaluación, la cual permite identificar las
fortalezas y aspectos por mejorar, con el fin
de obtener elementos que contribuyan al
mejoramiento de la calidad.
Las jornadas pedagógicas se desarrollan
dentro de las 26 horas mensuales establecidas
para la planeación pedagógica, coordinación
con SNBF y desplazamientos. Los encuentros
de reflexión pedagógica, deberán desarrollarse
a partir de lo planteado en el Plan de Trabajo
de cada UA, haciendo énfasis en aquellos
temas que sean comunes para todas las UA.
3.4. Componente Talento Humano
El adecuado desarrollo de la Modalidad Familiar requiere un talento humano cualificado, a
través del cual se garantizan las condiciones del equipo de personas a cargo de los demás
componentes de calidad de la atención. Se reconoce que es el equipo de talento humano
de la modalidad el que materializa el sentido, los propósitos y las acciones definidas para
los servicios; es así como desde este componente se orientan acciones concretas que
garanticen la idoneidad, proporción, cualificación y acompañamiento del equipo de talento
humano a cargo de la atención.
Para la prestación del servicio se conforman equipos de trabajo funcional, multidisciplinario
con excelentes capacidades profesionales, personales y habilidades; quienes para la
Modalidad Familiar deben tener conocimiento, apropiación de las condiciones territoriales,
contextuales de niñas, niños, mujeres gestantes, sus familias y comunidades con quienes
desarrollan la atención. Por ello, el componente es fundamental en el desarrollo de la
calidad del servicio, contando con cada una de las personas, de acuerdo con los cargos o
roles que desempañan.
La EAS debe conformar, organizar, vincular, cualificar y acompañar oportunamente el
equipo talento humano requerido para el desarrollo del servicio, de acuerdo con las
condiciones de calidad establecidas en el presente manual. Cuando se atiendan niñas o
niños con discapacidad se tendrán en cuenta en los procesos de selección del talento
humano, las personas que cuenten con la formación o experiencia en el trabajo con esta
población, y en los procesos de formación del talento humano, incluir las temáticas
relacionadas con discapacidad.
La Modalidad Familiar privilegia el talento humano del territorio donde se prestará la
atención y cuando el servicio esté dirigido a brindar atención diferencial a grupos étnicos,
se tendrá en cuenta a las personas de la comunidad étnica que conozcan la cultura, el
contexto y hablen la lengua propia.
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Condiciones de Calidad del Componente Talento Humano
Para el cumplimiento de este componente la EAS y la UDS deberán garantizar el
cumplimiento de:
ESTANDAR 30
Cumple con los perfiles del talento humano que se requieren para la atención de las niñas,
los niños y sus familias o cuidadores, las mujeres gestantes y las madres lactantes, con un
enfoque diferencial, de acuerdo con las tablas Perfiles de cargos (ver tabla y notas del
estándar). (MEN, 2014, p.73)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Para las zonas geográficas en donde haya dificultad para cumplir con los perfiles de
talento humano establecidos en los estándares de calidad, se llevará el caso al Comité
Técnico Operativo con el fin de analizarlo, convalidar los perfiles y tomar las decisiones
de acuerdo con las condiciones locales.
Para los perfiles en los cuales se requieran formación universitaria o técnica, se debe
contar con el título otorgado por una institución legamente reconocida en Colombia.
Cuando el título fuese obtenido en el exterior, este debe estar convalidado por el
Ministerio de Educación Nacional de acuerdo con los requisitos exigidos.
En caso de que se presenten reemplazos la persona que lo asuma, debe cumplir con
el mismo perfil que se solicita en el manual, con el fin de asegurar la atención de calidad.
La EAS debe prevenir estas situaciones y tener siempre un banco de hojas de vida
preseleccionadas para estos casos, con perfil validado por el Centro Zonal.
Cuando la UDS atienda niñas y niños con discapacidad, la EAS deberá tener en cuenta
el perfil de licenciado en educación especial dentro de su equipo de maestras, para que
asuma cualquiera de los grupos de la UDS y a su vez asesore y acompañe a los demás
agentes educativos en los procesos de inclusión. Así mismo, en coordinación con el
profesional psicosocial de la UDS, articule las acciones necesarias con las diferentes
entidades y familias para garantizar su atención integral y los apoyos requeridos.
CRITERIO
APLICABLE
A:
DIMF
HCB FAMI
Ver tabla de Perfiles de cargos para Desarrollo
Infantil en Medio Familiar
Para los casos de nuevas contrataciones la EAS
debe privilegiar la contratación del perfil más alto
disponible en la zona (perfil 1).
Para las UDS que atienden grupos étnicos, se
priorizará la contratación del talento humano que
conozca la lengua y la cultura de la comunidad a
la que pertenecen las niñas, niños, sus familias
mujeres y gestantes, dando prioridad a las
personas de la comunidad con la formación
requerida en los perfiles
Es prioridad dar continuidad a los agentes
educativos que vienen trabajando en los Hogares
FAMI que hagan tránsito a este servicio, de
acuerdo con los perfiles establecidos.
Ver tabla de Perfiles de cargos para HCB
FAMI
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De igual modo, cuando existan remanentes en el
presupuesto, se podrá contratar un auxiliar
pedagógico con experiencia en trabajo con niñas
y niños con discapacidad para el apoyo al agente
educativo que tiene a cargo el grupo donde se
encuentran niñas y niños con discapacidad. En
los casos en que esto no sea posible, se
priorizará el acompañamiento del auxiliar
pedagógico contratado para el servicio, al grupo
donde se encuentren niñas y niños con
discapacidad.
ESTANDAR 31
Cumple con el número de personas requeridas para asegurar la atención integral según el
número total de niñas y niños, familias o cuidadores y mujeres gestantes y madres lactantes,
de acuerdo con lo establecido en las tablas. Proporción y dedicación horaria del talento
humano para la Modalidad Familiar (ver tablas). (MEN, 2014, p.79)
CRITERIO
APLICABLE
A:
DIMF
HCB FAMI
Ver tabla Proporción y dedicación horaria del
talento humano para DIMF
Ver tabla Proporción y dedicación horaria del
talento humano para HCB FAM
En los Grupos de Atención en los que se
atienda un mero de niñas y niños
diferentes a las relaciones establecidas en la
tabla de proporción del talento humano, se
deberá vincular de manera proporcional. Se
autoriza contar con la misma proporción de
talento humano por niñas y niños atendidos
hasta por un 49% por encima del número de
niñas y niños por adulto establecidos en el
estándar para cada uno de los perfiles del
talento humano.
Los excedentes generados por los valores
reconocidos por honorarios, en los cupos
correspondientes a ese 49%, podrán ser
reinvertidos para mejorar otros costos de la
canasta que permitan fortalecer la atención
directa de las niñas, nos de acuerdo con las
necesidades del servicio, dando prioridad al
fortalecimiento del componente de talento
humano (transporte de talento humano para
su desplazamiento a diferentes grupos de
atención, vinculación de otras personas de
apoyo según las necesidades del servicio.
Los valores a pagar para cada uno de los
perfiles del talento humano contemplados en
la canasta, serán los costos de referencia
establecidos por el ICBF para cada vigencia.
.
La propuesta de redistribución debe
presentarse al Comité Técnico
Operativo para su aprobación o no, lo
cual debe quedar documentado en el
acta del Comité correspondiente.
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Para los casos en los que la proporción
de niñas y niños por adulto sea igual o
superior al 50%, se debe vincular a otra
persona para el mismo cargo.
Para ilustrar lo anterior, a continuación,
se presenta el siguiente ejemplo:
Auxiliar pedagógico: La relación técnica
señala que debe ser uno por cada 50
niñas y niños. El 50 % de esta relación
es 25 niñas y niños, para un total de 75
así: 50+25 = 75. Es decir, un Grupo de
Atención con 74 niñas y niños, tendría
que contratar un solo auxiliar
pedagógico, y uno con 75 o más niñas y
niños, que corresponde a un rango
superior al 50%, tendría que contratar
dos auxiliares pedagógicos.
ESTANDAR 32
Implementa o gestiona y hace seguimiento al plan de cualificación del talento humano, de
acuerdo con la oferta territorial sectorial y lo establecido en la tabla siguiente. Cualificación
del talento humano. (MEN, 2014, p.81)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Ver tabla de Cualificación del talento humano
En los casos que atiendan comunidades étnicas, los temas descritos para los procesos
de cualificación del talento humano presentados en la tabla de este componente, deben
ajustarse a las culturas, usos y costumbres, adicionalmente. Estos procesos de
formación pueden ser desarrollados por personas de la misma comunidad que tengan
el conocimiento y el aval por escrito por parte de la autoridad tradicional del grupo étnico.
“Los temas señalados corresponden a los básicos, por tanto, cada institución podrá
incluir de acuerdo con sus necesidades, otros procesos de cualificación al talento
humano” (MEN, 2014, p. 80), dichos procesos deben tener una intensidad de 8 horas
mínimo, para cada temática abordada
Cuando el ICBF disponga de herramientas tecnológicas para este fin, se deberán utilizar
en el marco de la cualificación del talento humano, considerando las condiciones de
conectividad a nivel local.
Además de los temas relacionados en la tabla anterior la EAS deberá gestionar en su
territorio cualificación del talento humano vinculado a la UDS en temáticas que aporten
a la comunidad como, por ejemplo: desarrollo sostenible, prácticas amigables para el
medio ambiente (cuidado de los recursos naturales, agua, aire, etc. Estrategias de
trabajo con la familia en la sostenibilidad ambiental).
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CRITERIO
APLICABLE
A:
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En los casos de grupos étnicos, en los que
por razones de tipo cultural, por dificultad
de acceso y falta de oferta de
profesionales, se vincularon para los
cargos de agentes educativos y auxiliares
pedagógicos con los perfiles 2 y 3, el
equipo interdisciplinario (Coordinador,
psicosocial, salud y nutrición), deberán
apoyar al menos una vez al mes, los
procesos de planeación y ejecución,
mediante acompañamiento in situ.
Además de los temas relacionados en la
tabla 7 la EAS deberá gestionar en su
territorio cualificación del talento humano
vinculado al servicio en temáticas que
aporten a la comunidad como por ejemplo:
desarrollo sostenible, prácticas amigables
para el medio ambiente (cuidado de los
recursos naturales, aguas, aire, etc.
Estrategias de trabajo con la familia en la
sostenibilidad ambiental).
La EAS deberán gestionar y adelantar un
programa para la cualificación del talento
humano con una intensidad de 12 horas
mensuales, las cuales deben estar certificadas,
algunas de esas temáticas serán descritas a
continuación, no obstante, de acuerdo a la
gestión realizada por la EAS se podrá
adelantar otras en común acuerdo con la
supervisión del contrato:
Referentes de técnicos para la educación
inicial en el marco de la atención integral
(Guía 50, 52).
Orientaciones pedagógicas en el marco de
la educación inicial (Guías de la 20 a la
25).
Formación y Acompañamiento a Familias,
Modalidad Familiar de Educación Inicial en
el marco de una atención integral para la
primera infancia.
Guía de formación y acompañamiento a
familias con niños con discapacidad.
Cuidado y pautas de crianza.
Seguimiento al Desarrollo Integral de las
niñas y los niños en la educación inicial.
Prevención, detección y notificación de las
enfermedades prevalentes de la primera
infancia.
Prevención y atención de emergencias.
Primeros auxilios.
Lactancia materna exclusiva hasta los 6
meses y con alimentación complementaria
hasta los dos años o más.
Buenas prácticas de manufactura y la
Resolución 2674 de 2013.Alimentación y
educación nutricional
Seguimiento antropométrico y activación
de la ruta de atención para el manejo
integrado de la desnutrición aguda
moderada y severa.
Conocimiento en prevención de violencias
y promoción del buen trato.
ESTANDAR 33
Documenta e implementa un proceso de selección, inducción, bienestar y evaluación
del desempeño del talento humano de acuerdo con el perfil, el cargo a desempeñar y
las particularidades culturales y étnicas de la población. (MEN, 2014, p.84)
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CRITERIO
APLICABLE
A:
Para la inducción y evaluación de
desempeño tener en cuenta el "Anexo
Competencias y funciones del talento
humano”
El tiempo máximo para el cumplimiento de
las actividades del estándar es:
- Selección e inducción: 45 días
contados a partir de la legalización del
contrato.
- Bienestar y evaluación de
desempeño: cuatro (4) meses
contados a partir de la legalización del
contrato.
El proceso de selección y vinculación es
responsabilidad de las EAS; le corresponde al
ICBF verificar que las madres o padres
comunitarios o los agentes educativos
seleccionados cumplan con los requisitos
exigidos en el numeral "Proceso de selección
de madre o padre comunitaria - capitulo
proceso administrativo para apertura y cierre
del servicio HCB FAMI".
En los casos de tránsito de FAMI al servicio
Desarrollo Infantil en Medio Familiar, se
debe realizar el proceso de selección para
aquellos cargos inexistentes o
requerimientos adicionales de talento
humano.
Para el talento humano que venía
vinculado a FAMI, no es necesario
adelantar el proceso de selección, en la
medida que se debe garantizar su
incorporación al equipo del servicio de
Desarrollo Infantil en medio Familiar,
acorde con los perfiles establecidos en los
estándares.
En los casos en los que como resultado de
la evaluación del desempeño o como
consecuencia de actuaciones que afecten
la integridad de las niñas y niños o la
prestación del servicio, se requiera la
desvinculación de una persona que
previamente se encontraba vinculada a un
Hogar FAMI, deben ser presentados al
Comité Técnico Operativo con los debidos
soportes, para su análisis y
correspondiente decisión por parte de la
EAS o del supervisor del contrato.
Para todos los casos, la selección debe
considerar de manera prevalente la
elección de las personas que residan en el
territorio que cumplen con los perfiles. Con
comunidades étnicas, la selección de
nuevas personas a vincular deberá contar
con el aval de la autoridad tradicional
competente.
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Tabla. Perfiles de cargos para DIMF
CARGO
REQUISITOS
DESCRIPCIÓN
Coordinador(a)
Perfil 1
Profesional en Ciencias de la Educación; Ciencias humanas: Trabajador
Social, Desarrollo Familiar, Sociólogos, Antropólogos o Psicólogos.
Experiencia
Un (1) año como director, coordinador o jefe en programas o proyectos
sociales para la infancia o Centros Educativos.
Habilidades
Capacidad de liderazgo, trabajo en equipo, toma de decisiones,
resolución de conflictos, habilidades comunicativas orales y escritas,
orientación al logro, capacidad de concertación y negociación y
capacidad para establecer relaciones interpersonales asertivas. Alto
grado de responsabilidad, honestidad y compromiso en el manejo de
valores, manejo de procesos e información. Competencias
administrativas.
Agentes Educativos
Perfil 1
Profesionales en pedagogía infantil, educación preescolar, educación
inicial, psicopedagogía, educación especial.
Experiencia
Un (1) año de experiencia laboral directa en trabajo pedagógico con
niñas y niños en primera infancia o formación a familias.
Perfiles optativos
Licenciados de artes plásticas escénicas o musicales, con experiencia
laboral directa de dos (2) años en trabajo educativo con infancia o
formación a familias.
Licenciados en las áreas de la lingüística y literatura con experiencia
directa de dos (2) años en trabajo educativo con infancia.
Antropólogos o Sociólogos con experiencia de dos (2) años de trabajo
con primera infancia o familias.
Perfil 2
Normalista Superior con un (1) año de experiencia laboral directa en
trabajo educativo con primera infancia o formación a familias.
Técnicos en Desarrollo Infantil o Atención integral a la Primera Infancia
con un (1) año de experiencia laboral directa en trabajo educativo con
infancia o formación a familias.
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Tabla. Perfiles de cargos para DIMF
Perfil 3
Madres, Padres Comunitarios o agentes educativos FAMI en proceso
de formación técnica en atención integral a la primera infancia, con al
menos dos (2) años de experiencia directa en trabajo educativo con
infancia.
En aquellos territorios del país donde no hay oferta de cualificación
institucional, para las madres comunitarias que se encuentran en
proceso de tránsito, se convalidará su experiencia específica de por lo
menos 10 años en atención a la primera infancia, para el cargo de
agente educativo. Tendrán un (1) año máximo para iniciar su proceso
de educación formal o cualificación, para continuar su vinculación en el
servicio.
Las madres, padres comunitarios o agentes educativos, deberán
comprometerse a continuar su proceso de formación mínimo hasta
noveno grado de básica secundaria, en el semestre académico de su
contratación o en el inmediatamente siguiente. Deberán entregar la
constancia de su permanencia por parte de la institución educativa
acreditada, y avance en su proceso formativo.
No obstante, es fundamental contar con la debida justificación y
aprobación del Comité Técnico Operativo.
Habilidades
Capacidad de liderazgo y trabajo en equipo.
Orientación al logro.
Creatividad, recursividad e innovación en proceso pedagógicos.
Habilidades comunicativas orales y escritas.
Compromiso social y con la calidad educativa.
Capacidad de trabajo con grupos de niñas y niños y con familias con
diferentes capacidades y provenientes de diferentes culturas.
Habilidades de observación.
Habilidades sociales y trabajo comunitario.
Para tener en cuenta en DIMF:
Se debe garantizar que, por cada 50 usuarios, se cuente por lo menos con un profesional en educación, el
cual puede desempeñarse como coordinador o agente educativo, (perfil 1). En los territorios de difícil acceso
donde la oferta de profesionales sea baja, previa autorización del Comité Técnico Operativo, se podrán
contar con perfil 2 y 3.
En los casos donde se brinde atención diferencial, es indispensable que las personas que se vinculen
tengan manejo de la lengua y conocimiento de su cultura; si no hay en la comunidad personas que cumplan
los perfiles descritos para agentes educativos, se tendrán en cuenta a las personas líderes en las
comunidades que por su saber tradicional o por su conocimiento específico, puedan desempeñar el rol de
agente educativo de acuerdo con las necesidades y características propias del servicio, como por ejemplo:
palabreros, sabedores, Taitas, expertos en lengua de señas, braille, entre otros, siendo necesarios los
criterios siguientes:
a. Que cuenten con experiencia laboral o experiencia certificada por la autoridad tradicional
correspondiente en trabajo educativo ajustado a la cultura, preferiblemente en trabajo con familias o
infancia.
b. Haber terminado el máximo grado de educación ofertado en las instituciones educativas de su
respectiva comunidad.
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Tabla. Perfiles de cargos para DIMF
c. Estos casos se deben presentar al Comité Técnico Operativo y en caso de ser aprobados, deberán
consignarse en el acta del respectivo Comité, con todos los soportes.
En aquellos casos donde el Proyecto Pedagógico de la EAS que, por sus estrategias o intencionalidades,
requiera de otro tipo de perfiles no contemplados en los estándares establecidos, y que sean necesarios
para apoyar y fortalecer las propuestas de atención integral, podrán ser vinculados. Sin embargo, la
contratación de dichas personas no debe afectar ni en número, ni en perfil, los requerimientos establecidos
en los estándares de calidad, y se deben presentar al Comité Técnico Operativo para su validación a través
de acta con sus respectivos soportes.
Para los casos que atienden grupos étnicos, se podrá convalidar con sociólogos o antropólogos que tengan
un año (1) de experiencia en trabajo con primera infancia, familia y comunidades étnicas, de acuerdo a las
necesidades propias de cada comunidad.
Auxiliar
Pedagógico
Perfil 1
Técnico en pedagogía infantil, educación preescolar, atención
a la primera infancia, cnico laboral en educación,
Normalista.
Experiencia
Dos (2) años de experiencia en trabajo educativo o
comunitario, con familias, comunidades y adultos o un (1) año
de experiencia en trabajo directo con Primera Infancia.
Perfil 2
Bachiller pedagógico o Noveno grado de educación básica y
tres (3) años de experiencia en trabajo con Primera Infancia.
Perfiles
optativos
Podrán ser vinculadas como auxiliares pedagógicos quienes
ejerzan actualmente como madres, padres comunitarios o
agentes educativos con básica primaria y que cuenten con
seis (6) años de experiencia en dicho cargo.
Las madres, padres comunitarios o agentes educativos
deberán comprometerse a continuar su proceso de formación
mínimo hasta noveno grado de secundaria, el semestre
académico de su contratación o el inmediatamente siguiente.
Deberán entregar semestralmente la constancia por parte de
la institución educativa acreditada de su permanencia y
avance en su proceso formativo.
Habilidades
Habilidades de trabajo en grupo.
Creatividad y recursividad.
Capacidad de organización del tiempo y del trabajo.
Capacidad para establecer relaciones empáticas.
En los casos donde se brinde atención diferencial, es indispensable que las personas que se vinculen como
auxiliar pedagógico tengan manejo de la lengua y conocimiento de su cultura, si no hay en la comunidad
personas que cumplan los perfiles descritos para este cargo, se tendrán en cuenta a las personas de las
comunidades que por su saber tradicional o que por su conocimiento específico puedan ser contratadas si
cumplen con el criterio siguiente:
a. Haber terminado mínimo educación básica primaria (quinto grado) y contar con experiencia de
mínima de un (1) año de trabajo con infancia o familia.
b. Estos casos se deben presentar al Comité Técnico Operativo y en caso de ser aprobados, deberán
consignarse en el acta del respectivo Comité, con los debidos soportes.
Perfil
Técnico o tecnólogo en ciencias económicas o administrativas.
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Tabla. Perfiles de cargos para DIMF
Auxiliar
administrativo
Experiencia
Un (1) año de experiencia laboral como auxiliar administrativo
o contable.
Perfiles
Optativos
Estudiantes de ciencias económicas o administrativas con 6
semestres aprobados, con un año de experiencia laboral como
auxiliar administrativo.
Habilidades
Manejo de herramientas de office.
Competencias administrativas.
Profesional
psicosocial
Perfil 1
Psicólogo, Trabajador Social, Profesional en Desarrollo
Familiar y Psicopedagogo.
Experiencia
Seis (6) meses de experiencia relacionada con niñas, niños,
familia o comunidad.
Perfil 2
Sociólogo, antropólogo, o profesional en desarrollo comunitario
con dos (2) años de experiencia relacionada con niñas y niños
o familias.
Habilidades
Habilidades de orientación, asesoría, e acompañamiento de
familias y grupos,
Capacidad de liderazgo, trabajo en equipo,
Resolución de conflictos,
Habilidades comunicativas orales y escritas,
Capacidad de concertación y negociación,
Capacidad para establecer relaciones interpersonales
asertivas.
Alto grado de responsabilidad en el manejo de información.
Dominio conceptual y práctico sobre el desarrollo infantil.
Dominio conceptual en inclusión
Profesional en
salud y nutrición
Perfil 1
Nutricionista Dietista.
Experiencia
Seis (6) meses de experiencia profesional después de
expedida la tarjeta profesional.
Nota ICBF: En los casos donde se soporte una escasa oferta de nutricionistas -
dietista o que por costo de la canasta no sea posible contar con este profesional de
tiempo completo, se deberá contratar el profesional en nutrición para el desarrollo
exclusivo de los productos siguientes:
Derivación de los ciclos de menú de acuerdo con la minuta patrón
Valoración inicial y seguimiento nutricional.
Diseño y seguimiento del plan de intervención individual y grupal.
Diseño del plan de educación nutricional dirigido a familias, niños y niñas
y equipo profesional de la UDS.
Diseño del plan de saneamiento y procesos de buenas prácticas de mano
factura al interior de las UDS.
Adicionalmente, deberá contar con una persona que cumpla el perfil 2 y de acuerdo
con los tiempos y proporciones señaladas en el Estándar número 31.
En estos casos, se deberá garantizar que el trabajo se desarrolle de manera
articulada y coordinada entre el profesional Nutricionista y el perfil 2 u optativo, que
permita la realización adecuada de cada una de las acciones previstas para la
atención de niñas y niños.
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Tabla. Perfiles de cargos para DIMF
En este proceso, es necesario adelantar la socialización, capacitación y explicación
de las acciones, procedimientos, procesos, guías o rutas requeridas que le permitan
a la persona contratada por el perfil 2, conocer y adelantar las acciones pertinentes
en el marco del componente de salud y nutrición, para lo cual, el nutricionista
deberá realizar el respectivo proceso de capacitación que permita el desarrollo de
la actividad de forma apropiada. Así, por ejemplo, si el perfil 2 u optativo realizará
la toma de datos antropométricos, este perfil deberá contar con capacitación por
parte del nutricionista en las técnicas para la toma de mediciones antropométricas.
En el marco de este proceso, entre otros, deberán existir documentados los
procedimientos, procesos, guías o rutas requeridas para el desarrollo de las
acciones de acuerdo con la formación técnica o profesional del perfil 2. Todo lo
anterior a fin que el profesional en nutrición pueda evaluar los procesos de manera
periódica y determinar las acciones a desarrollar desde el componente de salud y
nutrición.
Perfil 2
Profesional en enfermería con experiencia en el área de salud
y nutrición, con mínimo un (1) año, preferiblemente con niñas y
niños, mujeres gestantes, niñas y niños menores de 6 meses
en periodo de lactancia o trabajo comunitario.
Perfil optativo 1
Técnica en Auxiliar de Enfermería con dos (2) años de
experiencia laboral en trabajos relacionados con salud y
nutrición, programas de atención a la primera infancia o trabajo
comunitario.
Habilidades
Habilidades de orientación, asesoría y acompañamiento a
familias y comunidades.
Capacidad de liderazgo, trabajo en equipo.
Habilidades comunicativas orales y escritas.
Dominio conceptual y práctico en salud y nutrición
Alto grado de responsabilidad en el manejo de información.
Perfiles de cargos para HCB FAMI
Tabla Perfiles de cargos para HCB-FAMI
CARGO
REQUISITOS
DESCRIPCIÓN
Madre, Padre
Comunitario o
Agente
Educativo
Perfil 1
Escolaridad mínima, secundaria completa
o normalista.
Tener entre 20 y 45 años al momento de
su ingreso.
Todas las que están nombradas en el
capítulo “procesos administrativos para la
apertura y cierre del servicio HCBF FAMI”
en el numeral referido a “Verificación de
Requisitos y perfil de la madre o padre
comunitario”
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Perfil 2.
Para comunidades étnicas
reconocidas por el Ministerio del
Interior, donde no exista el perfil
establecido, podrán ejercer como
madres, padres comunitarios o
agentes educativos personas
líderes reconocidas por la
comunidad por su saber tradicional
o por su conocimiento específico,
que tengan manejo del idioma,
conocimiento de su cultura.
Que cuenten con experiencia laboral o
experiencia certificada por la autoridad
tradicional correspondiente, en trabajo
educativo ajustado a la cultura,
preferiblemente en trabajo con familias o
infancia.
Haber terminado el máximo grado de
educación formal ofertado en las
instituciones educativas de su respectiva
comunidad.
No haber sido sancionado por las
autoridades tradicionales.
Proporción y dedicación horaria del talento humano para DIMF
Proporción y dedicación horaria del talento humano para HCB FAMI
Tabla Proporción y dedicación horaria del talento humano para HCB FAMI
Cargo
Descripción
Madre, padre comunitario
o agente educativo
Un agente educativo con una dedicación de 96 horas al
mes, por grupo de atención de 12 a 15 usuarios.
Cualificación del talento humano
Tabla Cualificación del talento humano
Criterios Generales
Tabla Proporción y dedicación horaria del talento humano para DIMF
Cargo
Descripción
Coordinador
Un coordinador de tiempo completo por 300 usuarios (240 niñas, niños y 60
mujeres gestantes, niñas y niños menores de 6 meses lactantes).
Auxiliar Administrativo
Un Auxiliar administrativo de tiempo completo por 300 usuarios (240 niñas,
niños, 60 mujeres gestantes, niñas y niños menores de 6 meses lactantes).
Agente Educativo
Un agente educativo de tiempo completo por grupo de atención de 50
usuarios (40 niñas, niños y 10 mujeres gestantes, niñas y niños menores de
6 meses lactantes).
Profesional psicosocial
Dos profesionales de tiempo completo por 300 usuarios (240 niñas, niños y
60 mujeres gestantes, niñas y niños menores de 6 meses lactantes).
Profesional en salud y
nutrición
Un profesional de tiempo completo por 300 usuarios (240 niñas, niños y 60
mujeres gestantes, niñas y niños menores de 6 meses lactantes).
Auxiliar pedagógico
Un auxiliar pedagógico de tiempo completo por grupo de atención de 50
usuarios (40 niñas y niños, 10 gestantes, niñas y niños menores de 6 meses
lactantes).
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La construcción del plan de cualificación parte de la caracterización de las necesidades del talento
humano y ha de ser permanente y coherente con los lineamientos técnicos de cualificación del mismo
con y con la perspectiva de derechos de las niñas y niños y las particularidades del contexto; en respuesta
a las condiciones definidas en los estándares de calidad.
El talento humano educativo deberá hacer compromiso para participar en los procesos de capacitación y
actualización en temas relacionados con primera infancia, con el fin de adquirir competencias específicas
para la atención con calidad a las niñas y niños y madres gestantes vinculados al servicio.
Los temas señalados a continuación, corresponden a los básicos, por tanto, cada UDS podrá incluir otros
de acuerdo con sus necesidades de cualificación al talento humano.
Tema*
No. de adultos formados
Prevención, detección y
notificación de las enfermedades
prevalentes de la primera
infancia.
Prevención y atención de
emergencias.
Garantiza que su talento humano esté capacitado en estos
temas, de acuerdo con la siguiente proporción:
Menor o igual a 100 niñas y niños: 2 personas
Entre 101 a 200 niñas y niños: 3 personas
Entre 201 niñas y niños en adelante: 4 personas.
Primer respondiente.
Primeros auxilios.
Garantiza que su talento humano cuente con el curso de primer
respondiente para lo que tendrá en cuenta la siguiente
proporción:
Menor o igual a 100 niñas y niños: 2 personas.
Entre 101 a 200 niñas y niños: 4 personas.
Entre 201 niñas y niños en adelante: 6 personas.
Para la capacitación en primeros auxilios tendrá en cuenta la
siguiente proporción:
Menor o igual a 100 niñas y niños: 1 persona.
Entre 101 a 200 niñas y niños: 2 personas.
Entre 201 niñas y niños en adelante: 3 personas
Se requiere garantizar la presencia de manera permanente de
una persona capacitada por encuentro.
El coordinador deberá estar capacitado en todos los cursos.
Incluir la progresividad en el talento humano.
Lactancia materna exclusiva hasta
los 6 meses y con alimentación
complementaria hasta los dos años o
más.
Garantizar que el todo el talento humano de la modalidad esté
capacitado por un profesional de Nutrición y Dietética o el perfil
contratado.
Buenas prácticas de
manufactura y la Resolución
2674 de 2013.
Garantiza que las personas que manipulan alimentos están
capacitadas en educación sanitaria, en el manejo adecuado de
alimentos, por una nutricionista o el profesional definido en la
homologación.
Alimentación y educación
nutricional.
Garantizar que el equipo de talento humano está capacitado por
un profesional de Nutrición y Dietética, en alimentación y
nutrición, técnica de medición del perímetro braquial (de acuerdo
con lo descrito en la Resolución 2465 de 2016), identificación de
alteraciones del estado nutricional y activación de la ruta de
atención integral a la desnutrición.
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Conocimiento en prevención de
violencias y promoción del buen
trato.
Garantiza que los profesionales del área psicosocial estén
capacitados en estos temas.
3.5. Componente Ambientes Educativos y Protectores
Desde el componente de Ambientes Educativos y Protectores se identifican los espacios
físicos y ambientes relacionales en los que transcurre la vida de niñas y niños como
aspectos centrales frente a la promoción de su desarrollo integral, razón por la cual se
generan acciones para que éstos ambientes sean seguros y enriquecidos.
En este sentido, desde la modalidad se trabaja por que las interacciones establecidas con
niñas y niños y la disposición de espacios y materiales pedagógicos donde transcurren sus
vidas se enriquezcan a partir del reconocimiento de sus características particulares, las
características familiares y culturales de su contexto próximo.
Por otro lado, se generan acciones frente a las condiciones de seguridad y protección,
promoviendo que las familias y cuidadores principales reconozcan situaciones de
vulneración o riesgos frente a la salud física y/o emocional de niñas y niños; identificando y
fortaleciendo posibilidades de prevención o mitigación a través de la adecuación de
espacios cotidianos y del establecimiento de prácticas de cuidado humanizado.
Los servicios de la Modalidad Familiar se desarrollan a través de dos estrategias, el
encuentro educativo grupal y el encuentro educativo en el hogar; estos se deben configurar
como ambientes educativos y protectores, en el que se debe tener en cuenta la adecuada
adquisición y uso del material didáctico para niñas, niños, mujeres gestantes y las familias
usuarias del servicio. El mantenimiento, orden y seguridad de los espacios físicos donde se
realiza la prestación del servicio, y la documentación e implementación de procesos que
garanticen la prevención y atención de situaciones de riesgo, como accidentes o
emergencias. Las EAS deben documentar e implementar todos los procesos que garanticen
la seguridad de niñas, niños, mujeres gestantes y familias, lo cual incluye el diseño y puesta
en marcha del Plan de Emergencia, el registro de novedades y situaciones especiales de
los usuarios, de los procedimientos establecidos para los casos fortuitos de extravío,
accidente o muerte de una niña o un niño.
Este componente debe guardar coherencia con el proceso pedagógico y el fortalecimiento
familiar, siendo soporte de sus acciones y estrategias que se desarrollan de acuerdo con
las intencionalidades del proyecto pedagógico y el plan de trabajo.
Las Unidades de Servicio son espacios diseñados de manera intencionada para desarrollar
procesos de educación inicial teniendo en cuenta su articulación con el proceso
pedagógico. Los ambientes educativos deben responder a las intencionalidades
pedagógicas, permitiendo que niñas y niños potencien su desarrollo.
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Para garantizar el goce efectivo de los derechos de niñas y niños, desde este componente
se busca:
a. Promover el uso adecuado del material didáctico con niñas y niños.
b. Velar por el mantenimiento, orden y seguridad de los espacios físicos donde se realiza
la prestación del servicio.
c. Conservar, custodiar y mantener en buen estado y bajo control la dotación adquirida y
recibida con los recursos aportados por el ICBF u otras entidades y elaborar un
inventario de la misma.
Condiciones de Calidad del Componente Ambientes educativos y Protectores
Para el cumplimiento de este componente la EAS y la UDS deberán garantizar el
cumplimiento de:
ESTANDAR 34
Los espacios físicos donde se lleva a cabo los encuentros grupales están ubicados fuera de
zonas de riesgo por inundación o remoción en masas no mitigable, fuera de entornos
contaminantes, redes de alta tensión, vías de alto tráfico, rondas hidráulicas, rellenos
sanitarios o botaderos, cercanías a batallones y campos de minas antipersonales. (MEN,
2014, p.91)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Los espacios físicos empleados para los encuentros grupales que se hallan frente a vías de
alto tráfico, pueden ser utilizados siempre y cuando dentro de su “protocolo de manejo de
riesgos y accidentes” se defina el procedimiento y acciones de gestión de riesgos para la
llegada y salida de las familias al encuentro.
ESTANDAR 38
Los espacios donde se desarrollan los encuentros grupales cumplen con las condiciones de
seguridad de acuerdo con las particularidades del espacio (ver tabla 7 del estándar). Las
condiciones de confort visual, térmico y auditivo favorecen la salud y seguridad de las niñas
y los niños durante la jornada de atención. (MEN, 2014, p.92)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
La EAS debe garantizar que los espacios que se disponen para los encuentros
educativos cumplan con las condiciones descritas y establecidas en la “Tabla de
condiciones de seguridad del espacio” La EAS es responsable del cumplimiento de los
requerimientos y condiciones mínimas de seguridad.
Para los casos de atención a grupos étnicos se deberán tener en cuenta los espacios
propios de las comunidades, ya sean malocas, rancherías, chagras, entre otros, las
cuales deben cumplir con condiciones mínimas de seguridad
ESTANDAR 39
Los espacios físicos en donde se llevan cabo los encuentros grupales disponen de agua
potable, manejo de aguas residuales, sistema de recolección de residuos sólidos y algún
medio de comunicación de acuerdo con la oferta de servicios públicos, sistemas o
dispositivos existentes en la entidad territorial. (MEN, 2014, p.93)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
En los casos en los que no se cuente con la disponibilidad de servicios públicos domiciliarios,
se podrán plantear sistemas alternativos teniendo en cuenta las condiciones del territorio y
las orientaciones de las entidades territoriales correspondientes. La Regional o Centro Zonal
debe revisar que los sistemas alternativos cumplan con las condiciones de calidad
requeridas y no representen riesgos para niñas, niños, mujeres gestantes y familias.
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ESTANDAR 40
Los espacios donde se desarrollan los encuentros grupales cumplen con las condiciones
siguientes:
- Ventilación natural.
- Iluminación apropiada: en lo posible debe contar con mayor iluminación natural que
artificial.
- Capacidad de uno punto tres (1,3) metros cuadrados por persona.
- Condiciones físicas de infraestructura: ausencia de fisuras, grietas, goteras y
humedad (Cuando aplique).
- Acceso a servicio sanitario. (MEN, 2014, p.94)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
En los espacios en los cuales no exista unidad sanitaria o la misma no se encuentre en
buenas condiciones o no exista disponibilidad de agua potable, la EAS debe gestionar
y garantizar la disponibilidad de estos servicios.
Las situaciones o condiciones excepcionales de infraestructura en las que se presta el
servicio, deberán ser analizadas y avaladas por el Comité Técnico Operativo y el
supervisor del contrato; se debe contar con una justificación técnica que soporte que la
infraestructura o situación particular no representa riesgos para la primera infancia, la
cual deberá estar disponible en el lugar del encuentro.
Para las infraestructuras de comunidades étnicas cómo malocas, rancherías, tambos,
entre otros, las condiciones mencionadas en el estándar 40 deben ser acordes con las
características de sus construcciones.
ESTANDAR 41
Documenta e implementa un protocolo para el control de riesgos y el manejo de accidentes
o situaciones que puedan afectar la vida e integridad de las niñas y los niños en el espacio
de encuentro grupal y en aquellos que impliquen desplazamientos fuera del mismo. (MEN,
2014, p.95)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Las unidades de Servicio que inician operación por primera vez, tendrán un plazo
máximo de dos (2) meses a partir del inicio de la atención efectiva de niñas, niños,
mujeres gestantes para documentar e implementar un protocolo de prevención y
atención de accidentes, teniendo como guía lo establecido en el “Protocolo de
Prevención y atención de accidentes y situaciones de emergencia, modalidades de
educación inicial”, o el que lo modifique o sustituya. Para las unidades de servicio que
vienen operando en vigencias anteriores, el cumplimiento del estándar es inmediato al
inicio de la atención del contrato en curso.
Los protocolos deben estar contextualizados geo-culturalmente, teniendo en cuenta
que la atención se da en espacios de acuerdo con el contexto del territorio y la cultura.
Cuenta con evidencias de la implementación del procedimiento para salidas de niñas,
niños, mujeres gestantes y familias para las actividades que la EAS realiza por fuera de
los espacios de los encuentros pedagógicos grupales.
Socializa los procedimientos para la gestión de riesgo y el manejo de accidentes o
situaciones que afecten la vida o integridad de niñas, niños, mujeres gestantes y
familias durante los encuentros grupales.
Informar al supervisor y a las autoridades competentes de manera inmediata y
oportuna, las situaciones atípicas o extraordinarias presentadas durante la prestación
del servicio que pongan en riesgo la vida y la integridad de los usuarios.
ESTANDAR 42
Documenta e implementa un protocolo para la identificación de los casos en donde se
presentan posibles señales de vulneración de derechos y activa la ruta de articulación
interinstitucional con las autoridades competentes. (MEN, 2014, p.96)
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CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Las EAS que inician operación por primera vez, tendrán un plazo máximo de dos (2)
meses a partir de la legalización del contrato, para documentar e implementar este
protocolo.
Para las unidades de servicio que vienen operando en vigencias anteriores, el
cumplimiento del estándar es inmediato al inicio de la atención del contrato en curso. Si
se evidencia algún tipo de inobservancia, amenaza o vulneración de derechos es
necesario realizar el reporte del caso al Centro Zonal inmediatamente para que desde
allí se apoye la activación de la ruta correspondiente, es decir, el plazo de dos (2) meses
para la construcción del protocolo no exime de la remisión oportuna.
Se entiende por activar la Ruta, la remisión del caso a las autoridades competentes e
informar al supervisor del contrato.
La construcción del protocolo debe vincular acciones que permitan dar respuesta a una
presunta afectación a la vida e integridad de los niños y las niñas en los diferentes
entornos en los que trascurre su vida.
Tenga en cuenta que las personas que trabajan directamente con los niños y las niñas
deben:
Garantizar a los niños y las niñas, la atención y cuidados necesarios para su desarrollo
integral.
Prevenir la ocurrencia de situaciones de abuso, maltrato, discriminación,
estigmatización o cualquier acción u omisión que atente contra los derechos
fundamentales de los niños y las niñas.
Velar por la identificación oportuna de situaciones que pongan en riesgo la vida e
integridad física, emocional y mental de los niños y las niñas a su cargo, durante el
tiempo que estén bajo su atención, cuidado y responsabilidad.
Compartir con los niños y las niñas, actividades en el marco del respeto, la confianza,
la empatía y el buen trato.
Abstenerse de comportamientos o expresiones de discriminación, rechazo, indiferencia,
estigmatización u otros tratos que afecten su desarrollo.
En los casos de niñas y niños atendidos que se encuentren en proceso administrativo
de restablecimiento de derechos o remitidos por el Defensor de Familia al egreso del
mismo, se deberá notificar de las inasistencias injustificadas o retiro del servicio, a la
autoridad competente. Igualmente, en el caso de los hermanos de niños y niñas que se
encuentren en PARD.
ESTANDAR 43
Realiza el registro de novedades de las niñas, las niñas de las mujeres gestantes y de las
madres lactantes, así como de las acciones emprendidas y el seguimiento frente a las
mismas. (MEN, 2014, p.98)
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CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
El registro de novedades (puede emplearse un formato, libro o cuaderno) que deberá
estar en medio físico, donde se registren las novedades y situaciones especiales que
se presentan como, por ejemplo:
Estado de Salud
Estado físico o emocional
Asistencia, entre otros eventos excepcionales; es muy importante que allí se
consignen las actuaciones realizadas por la EAS y la UDS frente a estas
situaciones.
El registro debe contener:
- Fecha, datos de la niña o niño, involucrados, descripción del evento o situación,
firma de quien registra el evento
- Firma del padre, madre o cuidador.
- Acciones de seguimiento (Por ejemplo: atención a padres, madres o cuidadores;
Remisión al centro de salud; activación de rutas de atención).
En caso de no presentarse eventualidad, se debe registrar con la respectiva fecha “Sin
Novedad”.
ESTANDAR 44
Adelanta las gestiones necesarias para que las niñas y los niños, cuenten con una póliza de
seguro contra accidentes. (MEN, 2014)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Cada niña, niño, mujer gestante cuentan con el soporte de la póliza de seguro contra
accidentes y el talento humano de la EAS debe conocer el procedimiento para la activación
de la póliza de seguro contra accidentes.
ESTANDAR 45
Documenta, socializa e implementa plan de emergencia de acuerdo con la normatividad
vigente, donde se contemplan aspectos como: plano de evacuación, señalización
informativa y de emergencia, directorio de emergencias, brigada de emergencia, realización
de simulacros y sistemas de apoyo para la población con discapacidad. (MEN, 2014, p.99)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
El plan de emergencias corresponde al plan de Gestión de riesgo de desastres, el cual
deberá incluir además de lo descrito la identificación de amenazas, vulnerabilidades y
riesgos; medidas para la reducción de los riesgos; medidas para la respuesta en caso
de emergencia; medidas de recuperación y continuidad del servicio en caso de
emergencia. Este contemplará los aspectos que apliquen de acuerdo con el lugar y los
riesgos identificados en el mismo.
Las EAS que inician operación por primera vez, tendrán un plazo máximo de dos (2)
meses a partir del inicio de la atención efectiva de niñas, niños, mujeres gestantes para
documentar e implementar este Plan en sus unidades de servicio, y socializarlo con las
familias o cuidadores de niñas, niños y mujeres gestantes.
Para las Unidades de Servicio que vienen operando en vigencias anteriores, el
cumplimiento del estándar es inmediato al inicio de la atención del contrato en curso.
Para el cumplimiento de este estándar la EAS puede basarse en lo establecido en
Protocolo para la Prevención y Atención de Accidentes y Situaciones de Emergencia,
siendo coherente con las características y particularidades de la Modalidad Familiar.
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ESTANDAR 46
Dispone de muebles, elementos y material didáctico pertinente con las necesidades de
desarrollo integral de la población atendida y el contexto sociocultural, que cumplan con
condiciones de seguridad y salubridad, y que sean suficientes de acuerdo con grupo de
atención, acomo para el desarrollo de las actividades administrativas. (MEN, 2014, p.100)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Para el cumplimiento de este estándar la EAS deberá basarse en lo establecido en
la Guía para la compra de la Dotación para las modalidades de educación inicial
en el marco de la atención integral del ICBF.
La dotación y material didáctico, deberá partir de la propuesta pedagógica y ser
concertada de acuerdo con las necesidades, intereses, usos y costumbres de la
cultura propia de la comunidad atendida o las necesidades individuales de niñas,
niños y mujeres gestantes. Para estos casos, en Comité Técnico Operativo se
evaluará el listado de materiales ajustados de acuerdo con los criterios
mencionados. En caso de ser aprobado, deberá consignarse en el acta del
respectivo Comité.
Los bienes adquiridos como dotación en el marco del Contrato de Aporte serán
objeto de verificación física por el supervisor del contrato y de la correspondiente
área misional con el fin de establecer su vida útil y determinar los mecanismos de
control dirigidos a garantizar su correcto uso, conservación y devolución, debiendo
responder el contratista por el deterioro del bien cuando quiera que no provenga
de su desgaste natural o de su uso legítimo.
Para garantizar el enfoque diferencial con los diferentes grupos poblacionales, la
dotación y material didáctico, deberá partir de la propuesta pedagógica y ser
concertada de acuerdo con las necesidades, intereses y cultura propia de la
comunidad atendida. Para estos casos, en Comité Técnico Operativo se evalua
el listado de materiales ajustados de acuerdo con los criterios mencionados. En
caso de ser aprobado, deberá consignarse en el acta del respectivo Comité.
En el programa de limpieza y desinfección del Plan de Saneamiento Básico están
incluidos los elementos de lencería y elementos didácticos.
CRITERIO
APLICABLE A:
DIMF
HCB FAMI
Dado que esta modalidad implica el
desplazamiento por parte del agente
educativo y el auxiliar pedagógico, a
diferentes lugares nde se realizan los
encuentros educativos grupales, la
dotación y material didáctico, con la que
se cuenta en el encuentro es la
correspondiente a la realización de
actividades planeadas para la sesión. El
resto de la dotación podrá permanecer
en un lugar seguro que funja como
bodega.
La UDS donde se desarrolla los encuentros con
las familias debe disponer de la dotación y
material didáctico correspondiente a la
realización de actividades planeadas para la
sesión.
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ESTANDAR 48
Cuenta con un (1) botiquín portátil durante el encuentro grupal, que contiene la siguiente
dotación:
- Elementos de curación: gasas (1 caja), solución desinfectante, suero fisiológico o
agua estéril, microporo de 0,5 y 1 pulgada, copitos, guantes desechables (2).
- Elementos de inmovilización: un (1) rollo de esparadrapo de tela con un ancho 2
pulgadas, inmovilizadores de miembros superiores e inferiores, inmovilizador de
cuello, vendajes elásticos de 2, 3 y 4 pulgadas de ancho y bajalenguas de madera
(10).
- Otros: suero oral, algodón (1 paquete), tijeras, un frasco de jabón antiséptico,
linterna con pilas, curas (20), libreta y lápiz, jeringas con aguja, manual de primeros
auxilios y termómetro. (MEN, 2014, p.102)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
El botiquín es un elemento básico para proporcionar la primera atención niñas, niños,
mujeres gestantes y las familias, los cuidadores o el talento humano en caso de sufrir
un accidente, los elementos que contenga deben estar vigentes, visibilizar su fecha de
vencimiento y estar fuera del alcance de niñas y niños y no pueden incluirse
medicamentos para ser suministrados a niñas, niños, mujeres gestantes y familias.
El botiquín debe ser portátil tipo A, que contiene lo descrito en Guía Orientadora para
la compra de la Dotación modalidades de atención a la primera infancia.
La Unidad cuenta con un plan de reposición y mantenimiento de los recursos para la
emergencia.
La unidad cuenta con los soportes de la capacitación sobre el uso y mantenimiento para
la atención de emergencias.
ESTANDAR 49
En caso de hacer uso de piscina acuática a través de un tercero, cuenta con certificado de
cumplimiento de las normas de seguridad reglamentarias para su uso, establecida en la Ley
1209 de 2008. (MEN, 2014, p.103)
En los casos en los que el inmueble en el que se realiza el encuentro grupal, cuente con
piscina, pero ésta no sea usada por niñas, niños, mujeres gestantes y familias no es exigible
el cumplimiento de la norma. La EAS debe garantizar el cerramiento para evitar el acceso.
ESTANDAR 50
En caso de hacer uso de servicio de transporte, cumple con la normatividad que lo regula,
Decreto 0048 de 2013, e implementa protocolos de seguridad e higiene para dicho servicio.
(MEN, 2014, p.105)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Para el cumplimiento del estándar, se debe tener en cuenta lo establecido en el Protocolo
para la Prevención y Atención de Accidentes y Situaciones de Emergencia
Tabla Condiciones de seguridad del espacio
Condiciones de seguridad del espacio
Elemento de la infraestructura
Requerimiento
Puertas, ventanas y vidrios
Vidrios completos, sin quebrar y fijos al marco. En caso de existir
anjeos que estos se encuentren completos y sin deterioro, óxido,
astillas o latas levantadas.
Ventanas sin deterioro, óxido, astillas o latas levantadas.
Pisos, muros y techos
Piso no resbaloso, que permita el desagüe de aguas lluvias.
Muros y techos seguros (sin grietas y sin riesgo de caerse).
Balcones o terrazas con protección (Muro, baranda, rejas, otro).
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Condiciones de seguridad del espacio
Elemento de la infraestructura
Requerimiento
Rampas y escaleras
Escaleras sin grietas, con pasamanos, no resbalosas.
En caso de contar con rampas, éstas deben cumplir con las
condiciones de seguridad establecidas en la normatividad vigente.
Instalaciones eléctricas
Tomas y cables eléctricos cubiertos y en buen estado.
Sistema eléctrico protegido, sin riesgo de contacto con los niñas y
niños
Condiciones internas y externas
Aljibes, albercas, canecas, baldes, estanques o cualquier sistema
de almacenamiento de agua con protección.
Herramientas corto-punzantes fuera del alcance de las niñas y
niños.
Sustancias tóxicas, químicas, irritantes y medicamentos, fuera del
alcance de los niños y las niñas.
3.6. Componente Administrativo y de Gestión
El componente Administrativo y de gestión contempla actividades de planeación,
organización, ejecución, seguimiento, y evaluación de los servicios, dirigidas a alcanzar los
objetivos trazados por la modalidad, está asociado con la capacidad de gestión que tiene
la EAS para definir y alcanzar sus propósitos haciendo uso adecuado de los recursos
disponibles.
La Modalidad Familiar requiere entonces, orientar su gestión de forma organizada,
sistemática y coherente con una mirada estratégica. Tiene una clara visión y misión
relacionada con el desarrollo de políticas sociales, especialmente en procesos relacionados
con el bienestar de las niñas y niños desde la gestación y hasta los 2 años, o hasta los 5
años en las zonas rurales, y el de sus familias o cuidadores y las mujeres gestantes.
El desarrollo de este componente implica que las EAS asuman de manera rigurosa los
procesos de gestión y organización de todos los componentes, así como la información
actualizada, la documentación de talento humano, niñas, niños, mujeres gestantes y
familias usuarias; y realizar todos los procesos de gestión tanto en lo externo con las
entidades territoriales, como al interior de la EAS para generar un clima laboral adecuado
para mantener unas condiciones y relaciones interpersonales de respeto y armonía, con
alto nivel de compromiso hacia el servicio que se presta. Como entidad dinámica, tiene el
rigor suficiente para manejar de forma sistemática los procesos de mejoramiento continuo
hacia el aseguramiento de la calidad.
Esto exige que la EAS se consolide como una organización con información sistematizada,
actualizada, con procesos de gestión que propendan por generar un clima laboral
adecuado, por mantener unas condiciones y relaciones interpersonales de respeto y
armonía, con alto nivel de compromiso hacia el servicio que presta. Para lo cual podrá
consultar la Guía para administración y gestión de las Entidades Administradoras del
Servicio de Educación Inicial”.
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Así mismo son organizaciones dinámicas, que se relacionan permanentemente con la
comunidad y se transforman de acuerdo con las reflexiones que pedagógica y técnicamente
van construyendo alrededor del trabajo con la población de primera infancia; reflexionan
permanentemente sobre lo que hacen y las mejores formas de hacerlo.
Las EAS también participan en el Comité Técnico Operativo para la implementación,
seguimiento, monitoreo y evaluación de la ejecución del contrato, y permiten y colaboran
en el ejercicio de las labores de seguimiento, acompañamiento y supervisión del ICBF y de
las entidades de control, lo cual hace parte del proceso organizativo y de mejora de la
calidad del servicio.
Para el desarrollo de este componente la EAS deberá adelantar acciones en los cuatro ejes
del sistema integrado de Gestión tal como lo señala el capítulo de este manual, en el que
se aborda el tema.
Condiciones de Calidad del Componente Administrativo y de Gestión
Para el cumplimiento de este componente la EAS y la UDS deberán garantizar el
cumplimiento de:
ESTANDAR 51
Documenta las estrategias organizacionales que le dan identidad a la modalidad. (MEN,
2014, p.113)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Aplica para los 2 servicios de la Modalidad Familiar
ESTANDAR 52
Vincula al talento humano bajo una modalidad de contratación legal vigente, que cumpla
con las formalidades plenas según lo estipulado por la ley laboral y civil. (MEN, 2014, p.114)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
La relación laboral de las personas contratadas para trabajar en los servicios se establece
directamente entre éstas y sus EAS, las cuales celebran los contratos de trabajo y en su
condición de empleadores se obligan a cumplir las leyes laborales vigentes.
ESTANDAR 53
Documenta e implementa, de acuerdo con las orientaciones vigentes, la gestión documental
de la información sobre las niñas, los niños, sus familias o cuidadores, las mujeres
gestantes, las madres lactantes, el talento humano y la gestión administrativa y financiera
de la modalidad. (MEN, 2014, p.115)
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CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
La EAS debe implementar acciones para procurar el cumplimiento de las normas
ICONTEC en los ejes de calidad, seguridad y salud ocupacional, manejo ambiental y
seguridad de la información.
La información de niñas, niños, mujeres gestantes y sus familias debe corresponder a
la documentación contenida en la carpeta sica desde el momento de la inscripción
(Tabla de relación de documentos) y durante el seguimiento a la atención de cada uno
de ellos.
La información del equipo de talento humano corresponde a:
Hoja de vida
Documentos que soportan la formación académica los cuales deben corresponder
a títulos acreditados en el Sistema Nacional de Instituciones de Educación
Superior-SNIES.
Documentos que soportan la experiencia laboral.
Documentos que soportan el proceso de selección (ejemplo: entrevistas o pruebas
presentadas), y demás documentos exigidos para la contratación.
Contrato debidamente perfeccionado y soportes de ejecución del mismo.
Soportes de afiliación al Sistema General de Seguridad Social-SGSS.
Tarjeta profesional vigente según la normatividad aplicable en cada profesión.
Primeros auxilios, curso de educación sanitaria en manejo de alimentos
Examen médico general anual con diagnóstico del sintomático respiratorio, del
sintomático de piel
ESTANDAR 54
Registra y actualiza la información de las niñas, los niños, sus familias o cuidadores, las
mujeres gestantes, las madres lactantes y el talento humano a través de los mecanismos
que definan las entidades competentes. (MEN, 2014, p.116)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
La información tomada de la Ficha de Caracterización Sociofamiliar al igual que la
información correspondiente al equipo de talento humano vinculado debe ser registrada
en el sistema de información definido para tal fin por el ICBF, de acuerdo con lo indicado
en su manual.
Se deben registrar las novedades oportunamente en el sistema de información definido
para tal fin por el ICBF, mantener actualizada, a disposición del supervisor la
información técnica, administrativa y financiera, relacionada con la ejecución del
contrato y el desarrollo del servicio. Es importante tener en cuenta que toda información
requerida debe estar en el lugar donde se presta el servicio, por ningún motivo la
información debe reposar en otro departamento o ciudad diferente a donde se presta el
servicio.
Para el seguimiento a la atención de niñas, niños, mujeres gestantes, madres, padres
comunitarios, agentes educativos o auxiliares pedagógicos de la UDS con el Registro
de Asistencia Mensual (RAM), debe diligenciarlo al momento de inicio del encuentro, el
RAM no debe tener tachones o enmendaduras y estar acorde a lo establecido en el
instructivo del mismo.
La inasistencia de un usuario durante dos (2) encuentros grupales en el mismo mes,
deberá generar el remplazo del cupo tan pronto se cuente con la verificación de la
intención de no continuar en la UDS.
En los casos de inasistencia por fuerza mayor que supere los dos (2) encuentros y
tenga debidamente documentada (cirugías, calamidad doméstica, incapacidad, entre
otros), serán estudiados en Comité Técnico Operativo a fin de evaluar la posibilidad de
establecer un nuevo plazo para el reintegro o la reubicación de los usuarios en otro
servicio prestado por el ICBF o Ente Territorial.
ESTANDAR 55
Cuenta con la información de los padres, las madres o los adultos responsables de las niñas
y los niños, las mujeres gestantes y las madres lactantes en un directorio completo y
actualizado. (MEN, 2014, p.117)
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CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
El directorio debe tenerlo la madre, padre comunitario, agente educativo y auxiliar
pedagógico en los lugares en los que realiza los encuentros educativos grupales, así mismo
debe reposar en la sede administrativa de la EAS una copia digital o impresa
ESTANDAR 56
Cuenta con un mecanismo que permita registrar, analizar y tramitar las sugerencias, quejas
y reclamos y generar las acciones pertinentes. (MEN, 2014, p.118)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Cuenta con un buzón de sugerencias el cual debe ser analizado semanal mente y brindar
respuesta oportuna y pertinente.
ESTANDAR 57
Elabora un presupuesto de ingresos y gastos que permita mantener el equilibrio financiero
para la prestación del servicio. (MEN, 2014, p.119)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Mantener un control presupuestal y contable independiente para la ejecución,
administración y manejo de los recursos asignados, en virtud del contrato y garantizar
que los recursos aportados sean utilizados exclusivamente para el financiamiento de
las actividades previstas en el contrato, teniendo en cuenta las indicaciones dadas en
la guía orientadora para la administración y gestión de las EAS de educación inicial.
Incorporar en el presupuesto la recepción de recursos de cofinanciación de cualquier
fuente destinados a la ejecución del contrato, los cuales deben verse reflejados en el
informe financiero.
La EAS debe abstenerse de pactar y realizar cobros a los usuarios o a terceros por
concepto de los servicios prestados bajo el contrato y por ningún motivo puede utilizar
los recursos del contrato para otras actividades que no correspondan a las obligaciones
contractuales y ejecución del mismo.
La EAS por ningún motivo puede utilizar los recursos del contrato para otras actividades
que no correspondan a las obligaciones contractuales y ejecución del mismo.
ESTANDAR 58
Cumple con los requisitos de ley establecidos para la contabilidad, según el tipo de sociedad
o empresa. (MEN, 2014, p.120)
ESTANDAR 59
Define, documenta e implementa procesos de evaluación de gestión, de resultados y de
satisfacción del servicio en cada uno de los componentes de calidad de la modalidad y, a
partir de ello, implementa las acciones de mejora correspondientes. (MEN, 2014, p.121)
CRITERIOS
APLICABLES
A LOS
SERVICIOS
DE LA
MODALIDAD
Para este ejercicio de evaluación la EAS define y documenta la metodología para analizar
las causas internas o externas que dificultan el cumplimiento de un estándar y sus
consecuencias. A partir de los resultados de las evaluaciones se debe implementar
oportunamente el plan de acción de mejora, el cual debe ser acordado con el supervisor y
los equipos de acompañamiento del nivel nacional y regional.
4. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MODALIDAD
4.1. Fuentes de financiación para brindar la atención
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Aportes del ICBF: corresponde a la asignación presupuestal anual apropiada por el ICBF
para el funcionamiento del servicio, el valor del aporte estará destinado a diferentes objetos
de gasto, como se precisa en el presente capítulo, y responderá a los siguientes criterios:
El servicio de atención a desarrollar.
Los cupos a atender.
El número de meses de atención.
Los recursos de cofinanciación.
La condición de propiedad o arriendo de la infraestructura.
La entrega y tipo de dotación.
La canasta de atención (o el costo).
Recursos de Cofinanciación: están constituidos por aportes de:
Entidades territoriales.
Entidades públicas y privadas, de origen nacional e internacional.
Recursos de la comunidad.
Recursos de contrapartida de la EAS, cuando haya a lugar.
Para incorporar estos recursos de cofinanciación al presupuesto, en los casos en los que
se requiera, deberá firmarse un documento privado o público entre la EAS y el ente
cofinanciador, en el que quede constancia del destino de los recursos
4.2. Canasta de atención y costos de referencia
La estructura de costos de la Modalidad y sus servicios está dada por el presupuesto
asignado en la canasta de atención o valor cupo niño año. La canasta de los diferentes
servicios está diseñada para cumplir con las respectivas relaciones técnicas. La
composición de la canasta se presenta de manera indicativa como insumo para que las
EAS puedan diseñar su presupuesto a partir de las indicaciones dadas en el presente
capítulo y en la “Guía para la administración y gestión de las Entidades Administradoras del
Servicio (EAS) de educación inicial”.
Costos fijos y variables de la canasta de atención
Se entiende por costos fijos, aquellos que permanecen constantes durante el período de
tiempo de la vigencia del contrato, aun cuando no se esté atendiendo directamente la niña
o niño.
Por su parte los costos variables son aquellos cuya magnitud fluctúa (aumenta o
disminuye) de manera proporcional al número de niñas y niños atendidos durante un
periodo de tiempo. Es decir, si no hay atención directa no se reconocen.
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Teniendo en cuenta que la canasta, por regla general es indicativa, se podrá en casos
especiales y excepcionales presentar ajustes a la distribución de la canasta, así como a las
relaciones técnicas financiadas con los aportes del ICBF. Para lo anterior, deberá tenerse
en cuenta las particularidades del territorio que influyan en la prestación del servicio, las
atenciones garantizadas en el marco de la RIA de los territorios, los aportes de
cofinanciación que permitan cualificar y atender según las necesidades de los niños y las
niñas, entre otros factores. Esta condición estará regulada mediante las orientaciones que
se diseñen desde la Dirección de Primera Infancia.
Los costos de referencia del talento humano, son definidos por el ICBF para el
reconocimiento de los honorarios o salario del personal contemplado en la canasta. Estos
valores deberán ser reconocidos por parte de la EAS en los términos indicados en los
Lineamientos de programación y sus anexos (canasta y costos de referencia del talento
humano - Escala de Perfiles y sus Costos de Referencia), salvo que por las particularidades
de la región o por las condiciones de oferta de un perfil (ejemplo, nutricionista), no sea
posible la vinculación del personal y sea necesario ajustar el valor, caso en el cual, se debe
presentar la justificación ante el Comité Técnico Operativo para su aprobación, la cual
estará sujeta a la disponibilidad de recursos del contrato.
Los Lineamientos de Programación y sus anexos (canasta y costos de referencia del talento
humano), son adoptados por Resolución y publicados, para cada vigencia.
4.2.1. Canasta de atención del servicio Desarrollo Infantil en Medio Familiar
La canasta de atención se encuentra estructurada para atender grupos con la siguiente
conformación:
Niñas y niños de 6 a 11 meses
16%
Niñas y niños de 1 a 3 años 11 meses
32%
Niñas y niños de 4 a 4 años 11 meses
32%
Mujeres gestantes y madres en periodo de lactancia
20%
Si la población por atender no corresponde a esta distribución de grupos de atención, las EAS
pueden realizar los ajustes correspondientes siempre que garantice el cumplimiento de los
estándares de calidad.
El paquete será entregado a la madre en periodo de lactancia, y el seguimiento nutricional se
realizará a niñas y niños desde su nacimiento.
Es posible realizar una distribución interna de los valores asignados a los diferentes rubros,
teniendo en cuenta las particularidades de cada región, siempre y cuando, se garantice el
cumplimiento de las condiciones de calidad y en ningún evento se supere la asignación
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presupuestal del contrato, lo anterior previa autorización y aprobación en el Comité Técnico
Operativo.
Sin embargo, en casos en que las condiciones geográficas sean de difíciles acceso y
dispersas, y donde la prestación del servicio se vea afectada por el alto costo del transporte,
es viable el reconocimiento de un mayor valor en este concepto, previa presentación de los
respectivos soportes, validados y aprobados en Comité Técnico Operativo. El valor
adicional será reconocido a partir del momento en que se realice la respectiva adición.
Reconocimiento que se hará exclusivamente para casos excepcionales y con aprobación
de la Subdirección de Operaciones para la Atención a la Primera Infancia.
En el primer Comité Operativo donde se apruebe el presupuesto se analizarán las zonas donde
se requiera un ajuste en los costos de transporte.
DESARROLLO INFANTIL EN MEDIO FAMILIAR
Por cada 300 usuarios (240 niñas y niños y 60 niñas y niños lactantes) Grupo de referencia
Componentes
Concepto de Costo
Tipo de
costo
Descripción
Talento Humano
Coordinador
Fijo
Uno por grupo de 300 usuarios (240 niñas y niños y
60 niñas y niños menores de seis (6) meses grupo
de referencia)
Agente Educativo
Fijo
Un agente educativo por grupo de atención de 50
usuarios (40 niñas y niños y 10 niñas y niños
menores de seis (6) meses).
Profesional Psicosocial
Fijo
Dos por cada de 300 usuarios (240 niñas y niños y
60 niñas y niños menores de seis (6) meses
lactantes.
Profesional en Salud y
Nutrición
Fijo
Un(a) Profesional de Nutrición de tiempo completo
por cada 300 usuarios.
Auxiliar pedagógico
Fijo
Uno por grupo de atención de 40 niñas y niños y 10
niñas y niños menores de seis (6) meses lactantes.
Dotación no
fungible
Dotación No fungible
Fijo
Incluye la dotación no fungible para un grupo de 240
niñas y niños y 60 nas y niños menores de seis (6)
meses lactantes.
Gastos
operativos
Gastos Operativos
Fijo
2% de los gastos fijos para gastos en los que incurra
el prestador para la operación y puesta en marcha
del servicio.
Alimentación
Complemento nutricional
Variable
Paquete de Complemento alimentario para el mes.
Alimentación
Refrigerio para mujer
gestante, niñas, niños
mayores de seis meses y
para los acompañantes, de
niñas y niños.
Variable
Refrigerio para el día de encuentro de cada niña,
niño y su acompañante.
Transporte
Transporte de Talento
humano
Fijo
Desplazamiento a los encuentros educativos y a los
hogares a visitar
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Seguro
Seguro para las
niñas/niños
Fijo
póliza de seguro para las niñas/niños y mujeres
gestantes
Dotación
Material didáctico de
consumo.
Fijo
Material didáctico para actividades pedagógicas
Dotación de Aseo personal
e institucional
Fijo
Elementos de aseo personal e institucional
Gastos
operativos
Gastos Operativos
Variable
2% de los gastos variables para gastos en los que
incurra el prestador para la operación y puesta en
marcha del servicio.
Los Valores de cada uno de los ÍTEMS de la canasta y los costos de referencia para el talento
humano son definidos al inicio de la vigencia y son susceptibles de ajustes durante el transcurso
de la misma. Las EAS deben ajustar su presupuesto teniendo en cuenta estos costos de referencia
según el estándar definido para cada uno de los ÍTEMS de la canasta y el total de cupos
contratados.
El recurso aportado por el ICBF para el rubro de alimentación incluye en el caso del paquete
alimentario el empaque según los requerimientos del ICBF y los demás costos logísticos que se
requieren para poner a disposición el paquete en el punto de atención al que asisten los usuarios,
en los eventos que por condiciones del territorio dichos costos sean superiores a lo reconocido por
el ICBF se podrá realizar una redistribución de los ahorros de la canasta, para lo cual la EAS
deberá presentar al supervisor la justificación y propuesta de los costos adicionales por este
concepto para que sean aprobados en el comité técnico operativo.
Para el pago del talento humano contemplado en la modalidad se toma el valor establecido en la
“ESCALA DE PERFILES Y SUS COSTOS DE REFERENCIA” que se relaciona en la respectiva
canasta. En caso de que por las particularidades de la región o por las condiciones de oferta de un
perfil: ejemplo: nutricionista, no sea posible la vinculación del colaborador y se requiera pagar un
salario mayor, se debe presentar la justificación ante el comité técnico operativo para su
aprobación; aprobación sujeta a la disponibilidad de recursos del contrato.
Para los contratos con cobertura por debajo del estándar de referencia (300 cupos); el Coordinador,
profesional psicosocial, profesional de salud y nutrición y auxiliar administrativo, se pueden
contratar con horarios diferentes a la jornada laboral ordinaria o a través de contratos por
actividades, teniendo en cuenta los ingresos de acuerdo a la cantidad de niños y niñas establecidos
en el contrato. Igualmente, es posible que estos profesionales asuman funciones adicionales de
otros perfiles, siempre y cuando cumpla a satisfacción las funciones del perfil adicional o no
interfiera con las funciones propias de su cargo; ejemplo: coordinador administrativo puede también
asumir las funciones del auxiliar administrativo.
Los costos de transporte se consideran como costos fijos, sin embargo, cuando por baja cobertura,
no se preste el servicio en una unidad o varias de un mismo contrato, se descontará el valor total
de los costos de transporte de esta unidad o unidades.
4.2.2. Canasta del ser vicio HCB FAMI
4.3. Gestión Financiera
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4.3.1. Establecimiento del Valor del Contrato
El valor de los contratos de aporte a celebrarse con las EAS para la prestación de los
servicios de la Modalidad, se establece cuantificando el aporte del ICBF para dotación
(cuando aplique) y atención, agregando los recursos de cofinanciación que eventualmente
pudiesen aportar las EAS (cuando aplique).
4.3.2. Manejo de inconsistencias en la presentación de informes y legalización de
cuentas
En el evento de encontrar inconsistencias en la revisión del informe financiero y proceso de
legalización de aportes, el Supervisor del contrato con el profesional de apoyo encargado
de la revisión de la legalización de cuentas, debe establecer la naturaleza de las
inconsistencias encontradas y de acuerdo con ello tomar las siguientes acciones:
En caso de que las inconsistencias sean leves, es decir obedezcan a errores de forma
(borrones, soportes incompletos, inconsistencias menores en los datos reportados) deberá
informar por escrito a la EAS y solicitar la correspondiente corrección, estableciendo el plazo
para subsanarlo y orientándola sobre las correcciones que debe realizar.
En el caso que las inconsistencias sean graves, es decir que evidencien un presunto
incumplimiento de las obligaciones contractuales o desviación de recursos financieros, así
como en los casos de reincidencias, se deberá evaluar la procedencia del procedimiento
para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento definido en la
Ley y la Guía del Supervisor de contratos y convenios suscritos por el ICBF.
El supervisor del contrato podrá descontar de las solicitudes de desembolso presentadas
por las EAS, los siguientes conceptos:
4.3.3. Ahorros, inejecuciones y descuentos
a. Ahorro: se consideran ahorros, los recursos que en el marco de la ejecución del
contrato y tomando como base las canastas de los servicios, su ejecución es inferior al
costo indicativo de la canasta, siempre y cuando se cumpla con todos los requerimientos
técnicos y administrativos del presente Manual, es decir, la omisión o no ejecución de
un objeto del gasto durante un periodo no se considera ahorro.
La EAS podrá presentar propuesta de redistribución de los ahorros ante el Comité
Técnico Operativo para su revisión, proyectando la redistribución de los recursos en los
demás objetos del gasto de la canasta, su ejecución y reconocimiento se hará a partir
de la aprobación de dicho Comité. En ningún momento se realizarán aprobaciones
retroactivas del presupuesto.
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La Dirección de Primera Infancia podrá emitir orientaciones sobre la periodicidad para
la redistribución de los ahorros.
b. Inejecución: se define por inejecución todos los recursos asociados a raciones no
entregadas, talento humano no dispuesto para la prestación del servicio y demás costos
variables que no se ejecutan al 100% por bajas coberturas, inasistencias, inicio tardío
de la ejecución del contrato, UDS cerradas o trasladadas sin autorización del comité.
Para la reinversión de los recursos derivados de inejecuciones, la EAS deberá presentar
al supervisor del contrato la propuesta técnica y financiera para la reinversión de los
recursos, para su revisión y emitirá concepto técnico sobre la viabilidad o no de la
reinversión, con el fin de que la Dirección Regional solicite a la Dirección de Primera
Infancia el aval, en consideración a las prioridades para la atención a nivel nacional.
Una vez avalada la reinversión de estos recursos, se debe ajustar el presupuesto con
la incorporación en los rubros.
c. Descuentos: el supervisor del contrato deberá descontar de las solicitudes de
desembolso presentadas por las EAS, los siguientes conceptos:
El valor de la atención asociado a la no prestación del servicio.
Los recursos no ejecutados de los rubros de los costos variables de la canasta
asociados a bajas coberturas reportadas por la EAS. El ICBF definirá la metodología
para hacer efectivos los descuentos por baja cobertura, a partir de los insumos
arrojados por las visitas de supervisión y la verificación de soportes de la ejecución
contractual: RAM, cargue de usuarios en el Sistema de Información, soportes que
den cuenta de la atención de niñas y niños (ficha de caracterización, seguimiento
nutricional, etc.). Las orientaciones sobre la materia serán comunicadas por la
Dirección de Primera Infancia.
Los recursos no ejecutados correspondientes a los refrigerios no entregados por la
inasistencia de los usuarios no atendidos en el periodo respectivo. Para estos
efectos multiplicará el valor del refrigerio por el número de días en que no asistió
cada niña o niño.
La remuneración del talento humano no puesto a disposición del servicio. Para estos
efectos multiplicará el presupuesto diario asignado para cubrir la remuneración de
cada persona no destinada a la atención del servicio, por el número de días de no
prestación de ese servicio por inasistencia del personal respectivo. Para proveer los
cargos vacantes, la entidad cuenta con un máximo de 30 días hábiles para los
profesionales de Coordinación, salud y nutrición y psicosocial, y 15 días hábiles para
el docente y el resto del equipo. No obstante, lo anterior, se realizará el descuento
correspondiente por los as que el cargo está vacante y una vez cumplidos estos
plazos sin que se provea el cargo, se deberán tomar las medidas administrativas
ante el presunto incumplimiento.
4.3.4. Otras consideraciones
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En caso de presentarse multas, las mismas podrán hacerse efectivas con cargo al valor
de cada uno de los desembolsos.
Para la Modalidad Familiar la inasistencia de una familia durante 2 encuentros
mensuales a las sesiones grupales o no permitir al equipo interdisciplinario la
realización de los encuentros educativos al hogar, podrá generar el reemplazo del cupo
previa verificación de la intención de no continuar en el servicio.
Cuando exista una pérdida permanente de cobertura sostenida durante más de 2
meses (no se logre cubrir el cupo), se podrán reajustar los cupos y el presupuesto del
contrato según la atención real.
5. REGISTRO DE INFORMACIÓN
La información referida a la ejecución del servicio y la población beneficiaria del servicio
debe ser registrada en el Sistema de Información Cuéntame de acuerdo con lo definido en
los módulos y procedimientos del Manual Sistema de Información Cuéntame, o el que
determine el ICBF.
La EAS debe disponer del personal idóneo que será capacitado periódicamente en el
manejo del sistema de información, para que el registro se efectúe en los términos de
veracidad, calidad y oportunidad requeridos.
La Ficha de Caracterización Sociofamiliar debe ser ingresada al sistema de información que
el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar defina para tal fin.
5.1. Sistema de Información: control y administración de la información, generación
de datos
La Dirección de Primera Infancia contará con información confiable, veraz y oportuna, que
permita constituirse en la base para elaborar diagnósticos, fortalecer la asesoría, el
seguimiento, la supervisión, la evaluación y formulación de planes de mejoramiento.
Por lo anterior deben realizar un proceso de registro de información en cada uno de las
herramientas tecnológicas disponibles para tal fin, este proceso debe dar cuenta del
reconocimiento y caracterización de los usuarios, EAS, unidades de servicio, talento
humano, seguimiento a las realizaciones, información de las familias, procesos de
formación, y actualización de materiales culturales entregados en el marco de la atención
integral y garantía del cumplimiento de los derechos fundamentales de los niñas y niños en
términos de su existencia, reconocimiento, salud y nutrición, desarrollo, formación y
protección.
5.2. Condiciones para el Reporte de Información de la población
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a. Alcance de la Información. La EAS deberá suministrar información individual de
identificación y caracterización de los usuarios inscritos en los servicios y atenciones que
brindará en virtud del contrato que suscribe con el ICBF.
b. Frecuencia de entrega de información. La información debe estar registrada y
actualizada en los tiempos iguales a la atención y operación. La información debe
evidenciar las fechas exactas de la vinculación de los usuarios a las UDS, el registro de
las realizaciones y procesos tal como se realizaron en cada uno de los usuarios. La
información debe ser oportuna, real, confiable, veraz y comprobable. Los plazos serán
menores o iguales a los estipulados en las cláusulas contractuales del convenio o
contrato firmado entre el prestador del servicio y el ICBF.
c. Plazos y mecanismos para la entrega de la información. La EAS deberá reportar la
información inicial y la periódica al ICBF en los plazos y mediante los mecanismos que
defina la Dirección de Primera Infancia y que están establecidos en los contratos.
d. Modo de registro. La información será registrada en las herramientas tecnológicas que
el ICBF disponga para tal fin.
e. Responsables de la información. Será responsabilidad de la EAS el suministro
completo, oportuno y periódico de información veraz, consistente y de calidad, sobre los
usuarios atendidos en virtud del servicio. Será responsabilidad del ICBF verificar la
veracidad, calidad y consistencia de dicha información, solicitar las entregas a que haya
lugar por fallas en la información y mantenerla actualizada, de acuerdo con la remisión
de la misma por parte de la EAS.
f. Designación de responsables. El representante legal de la EAS deberá designar a la
persona responsable de vigilar el registro oportuno y la constante actualización de la
información de los usuarios que debe reposar en las bases de datos del ICBF. Dentro
de los 15 días siguientes a la fecha de legalización del contrato, el representante legal
deberá enviar comunicación a la Regional informando los datos básicos de los usuarios
designados como enlace para el registro de la información solicitada por el ICBF, para
la generación del seguimiento e inconsistencias generadas por la actividad propia del
registro de información, y para las demás actuaciones necesarias; el responsable en
todo momento de la información registrada será el Representante Legal y los usuarios
designados para tal fin.
g. Garantía de acceso a la información. La EAS deberá asegurar los medios
tecnológicos y de comunicaciones necesarios para el registro y actualización y remisión
de la información, al ICBF. El Instituto, deberá garantizar la custodia y seguridad del
almacenamiento de la información reportada, así como la capacidad de tráfico
permanente para que las EAS puedan transmitir la información que se envíe
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electrónicamente, toda información está protegida bajo las leyes vigentes y protección
de datos personales del estado colombiano.
6. SEGUIMIENTO Y CONTROL
En el presente capítulo se compilan los mecanismos implementados para el seguimiento y
control de la prestación de los servicios, en ejecución de los contratos de aporte y convenios
celebrados, así como las estrategias de control social que apoyan el ejercicio, con el fin de
aportar a la garantía de la atención de calidad de los niños y las niñas, con el correcto y
oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de las EAS.
El seguimiento es un ejercicio de evaluación periódica y comparativa del comportamiento
de unas variables establecidas. Se efectúa a través de los siguientes mecanismos:
a. El ejercicio de supervisión del contrato, según lo previsto en la “Guía del supervisor de
contratos y convenios suscritos por el ICBF” vigente, y demás documentos que la
modifiquen, sustituyan o adicionen.
b. El desarrollo de los Comités Técnicos Regionales.
c. El desarrollo de los Comités Técnicos Operativos y demás instancias definidas en el
contrato o convenio.
d. La formulación de indicadores a partir de los resultados de los instrumentos de
supervisión y monitoreados desde la Sede Nacional.
e. Los mecanismos de control social que comprenden las instancias conformadas por
usuarios del servicio y miembros de la comunidad, y las jornadas de socialización de
servicios de primera infancia contempladas en el contrato o convenio.
6.1. Instancias para el seguimiento y apoyo a la supervisión
6.1.1. Comité Técnico Regional
Es la instancia en la cual los Centros Zonales, la Dirección Regional y la Sede de la
Dirección General del ICBF hacen seguimiento a la prestación de los servicios en las
diferentes modalidades de atención en primera infancia. Este Comité se reunirá mínimo una
vez por semestre y cada vez que se requiera, durante la vigencia de los contratos de aporte
y convenios interadministrativos.
Está conformado por el Director Regional, Coordinador de Asistencia Técnica o de Ciclos
de Vida y Nutrición de la Regional, Coordinadores de los Centros Zonales, supervisores de
la Regional y de los centros zonales para los contratos y/o convenios de primera infancia,
enlace o referente de primera infancia de los Centros Zonales y de la Regional, Pedagogo
y Nutricionista, el enlace étnico de la Regional y Centro Zonal, el administrador del sistema
de información de la Regional, el referente del Sistema Nacional de Bienestar y el asesor
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territorial de la Subdirección de Operaciones o la Subdirección de Gestión Técnica para la
Atención a la Primera Infancia.
Para el caso en que la Regional funcione el servicio de Transiciones Integrales, a este
comité se debe invitar a la secretaría de educación correspondiente.
Funciones del Comité Técnico Regional
a. Revisión de la priorización y atención frente a las evidencias en los diagnósticos sociales
situacionales de la primera infancia en el Departamento.
b. Identificar la efectividad de la articulación de los diferentes sectores involucrados en la
Política de Estado De Cero a Siempre. Para los casos en los cuales se evidencie
debilidades en la articulación, se deberá gestionar desde la Dirección Regional las
acciones pertinentes para mejorar la situación.
c. Consolidar las necesidades de gestión con los sectores del SNBF para garantizar las
atenciones y entregar el reporte al referente del SNBF en Centro Zonal o Regional,
con el fin de lograr la atención efectiva del restablecimiento de Derechos a través del
Sistema.
d. Presentar un análisis por Centro Zonal frente a la calidad de los servicios de primera
infancia, presentando experiencias innovadoras o dificultades en la atención.
e. Seguimiento al cumplimiento de pagos desde el ICBF por Centro Zonal.
f. Presentar el estado del cargue de la información de los usuarios en CNTAME a nivel
Regional y por Centro Zonal, identificando dificultades y acciones de mejora.
g. Análisis de posibles cofinanciaciones con territorios (Avances en Consejos de Política
Social, Comités de Infancia)
h. Socializar experiencias exitosas en centros zonales que puedan constituirse en
oportunidades de mejora, para los demás centros zonales y Regional.
i. Consolidar las observaciones que se generen en el marco del Comité y remitirlas a la
sede de la Dirección General, para resolver inquietudes existentes y fortalecer el
proceso de la prestación del servicio.
j. Revisar, coordinar y hacer seguimiento con el equipo de la secretaría de educación para
favorecer el tránsito armónico de niñas y niños al sistema educativo formal y garantizar
su adecuado reporte (CUÉNTAME A SIMAT)
k. Realizar seguimiento a los servicios de la modalidad y establecer las medidas
respectivas frente a la baja cobertura de las UDS encada uno de los territorios donde
se ofrezca este servicio.
Cada Comité deberá estar soportado mediante acta y estar debidamente firmada por las
partes.
6.1.2. Comités Técnicos Operativos
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Es la instancia encargada de coordinar acciones y apoyar el seguimiento técnico,
administrativo y financiero del contrato o convenio, y validar los procesos y
procedimientos requeridos para la adecuada prestación del servicio.
Estará integrado por parte del ICBF por el supervisor del contrato, y el Coordinador del
Centro Zonal y un delegado del ICBF designado por el Centro Zonal. Por la EAS deberá
asistir el Representante legal o a quién éste designe con facultad para la toma de
decisiones, cuya delegación deberá estar debidamente soportada. En caso de atención a
grupos étnicos deberán participar los representantes o autoridades de la comunidad
atendida. El comité podrá sesionar ordinaria o extraordinariamente. A estos Comités podrán
asistir como invitados por parte del ICBF profesionales de apoyo técnico y financiero del
Centro Zonal y de apoyo a la supervisión, entre los que se sugiere según el tema a tratar,
pedagogo, psicosocial, nutricionista y financiero, así como otros colaboradores que se
requiera según el caso, y por parte de la EAS podrán asistir como invitados los Directores,
Coordinadores de Unidades de Servicio y Profesionales de las áreas técnica y financiera
según el tema a tratar.
El desarrollo del primer Comité Técnico Operativo es un requisito indispensable para iniciar
de manera adecuada la ejecución del contrato y deberá hacerse durante los 10 días hábiles
siguientes a la legalización de éste. Lo anterior, fundamentado en que, en este espacio, se
debe revisar el cronograma del desarrollo general de las actividades que presenta la EAS
de las obligaciones contractuales, el presupuesto inicial acorde a los desembolsos por
vigencia, la validación del talento humano a contratar y la socialización del manual
operativo, los formatos, fechas de presentación de cuentas, lectura y revisión detallada del
contrato y demás aspectos que faciliten la ejecución del contrato.
Este Comité debe reunirse con la periodicidad definida en el contrato o convenio, y en su
defecto, cada dos meses o cada vez que se requiera, durante la vigencia del contrato.
El Comité es la instancia legítima para la toma de decisiones técnicas y operativas para la
implementación del servicio. En caso de que las decisiones a tomar en el Comité puedan
afectar las obligaciones contractuales, el supervisor deberá realizar la justificación y remitir
al ordenador del gasto o a la instancia correspondiente el concepto debidamente justificado
y con sus respectivos soportes, para su aprobación o no en el menor tiempo posible. Este
concepto debe consignarse en acta de comité.
Funciones del Comité Técnico Operativo
a. Aprobar el presupuesto inicial de acuerdo con los costos de referencia del Servicio.
b. Determinar las fechas exactas de inicio, suspensión y reinicio de atención directa en los
casos que se requiere y según el servicio y días de atención por vigencia de cada uno
de éstos.
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c. Aprobar la redistribución interna de los recursos a que haya lugar en el presupuesto
presentado por la EAS, siempre y cuando no afecte el cumplimiento de las condiciones
de calidad ni el valor total del contrato, y que no esté en contravía de las directrices
impartidas por la Dirección de Primera Infancia.
d. Revisar, validar y hacer seguimiento a la contratación del equipo de talento humano,
acordes con los perfiles establecidos para la prestación del servicio.
e. Revisar, aprobar y hacer seguimiento a la adquisición y uso de la dotación, cuando se
deben hacer ajustes de acuerdo con las particularidades de la población y el contexto.
f. Realizar seguimiento a la identificación y priorización de la población atendida y realizar
seguimiento a los casos de ausencia prolongada para otorgar un nuevo plazo de
reintegro o reubicación.
g. Revisar, aprobar, retroalimentar y hacer seguimiento a la propuesta del Plan Operativo
para la Atención Integral - POAI desde el inicio de la prestación del servicio.
h. Revisar y retroalimentar la caracterización de los niños, niñas, mujeres gestantes y
madres lactantes y sus familias atendidos.
i. Revisar, aprobar y hacer seguimiento al plan de formación a familias o cuidadores, de
acuerdo con los resultados y análisis de la caracterización sociofamiliar y el diagnóstico
social situacional.
j. Realizar seguimiento y aprobar adecuaciones en los ciclos de menús y /o paquetes
alimentarios (jornada de planeación que este programada para un día completo al mes
y no se preste servicio) y buenas prácticas de manufactura, acordes con los usos,
costumbres y contextos de la población atendida, sin perjuicio del cumplimiento de los
requisitos de la modalidad y las condiciones de calidad.
k. Realizar seguimiento presupuestal a la ejecución del contrato.
l. Determinar los requisitos y requerimientos formativos, y aprobar el plan de formación al
equipo de talento humano vinculado al servicio.
m. Sugerir la adopción de las medidas o acciones que permitan el cumplimiento del objeto
y obligaciones del contrato, previendo y proponiendo acciones de mejora frente a las
dificultades que se presenten en la ejecución del mismo.
n. Identificar los municipios o Unidades de Servicio que remplazarán las inicialmente
definidas, en caso de requerirse ajuste de las coberturas o términos pactados en el
contrato.
o. Realizar el seguimiento de los eventos que afecten la permanencia o atención de los
niños, niñas, mujeres gestantes y madres lactantes.
p. Realizar el seguimiento de situaciones que afecten la permanencia de los Agentes
Educativos que transitaron a la nueva modalidad y concertar las acciones a implementar
en estos casos.
q. Determinar las fechas exactas de inició, suspensión y reinició de atención directa
garantizando como mínimo la atención de 11 meses 15 días.
r. Revisar, coordinar y hacer seguimiento con el equipo de la Secretaría de Educación
para favorecer el tránsito armónico de niñas y niños al sistema educativo formal y
garantizar su adecuado reporte (Cuéntame y Simat)
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s. Realizar la revisión de los casos de usuarios que fallezcan, haciendo lectura y análisis
de la atención brindada desde la EAS y la activación de rutas que se hayan realizado.
t. Todas las demás que resulten necesarias para concertar decisiones y garantizar el
cabal cumplimiento de las actividades objeto de la modalidad y la agilidad en la adopción
de medidas de ajuste para garantizar una ejecución contextualizada y de calidad.
Cada Comité deberá estar soportado mediante acta y estar debidamente firmada por las
partes.
6.2. Indicadores
Desde la Dirección de Primera Infancia se formularon los indicadores que permitan evaluar
y controlar la operación de las modalidades de educación inicial. Estos indicadores son
elementos de referencia que brindan información cuantitativa para hacer seguimiento,
denominado “Tablero de control”.
Este comité se realizará una vez por semestre y deberá organizarse con el resto de las
modalidades de atención.
6.3. Mecanismos de Control Social
6.3.1. Comités de vigilancia conformados por las familias usuarias
El control social se constituye en la evaluación que hacen las niñas, niños y sus familias
frente a las condiciones de la prestación del servicio, promoviendo así la participación
democrática de éstos.
Es necesario que desde los Centros Zonales se lidere un proceso de sensibilización,
promoción, organización y capacitación de los padres usuarios de la UDSque administra la
EAS, con el fin de fomentar la creación del Comités de Control y Vigilancia, en donde se dé
a conocer los objetivos, componentes y funcionamiento del servicio, para que éstos tengan
elementos fundamentados sobre los cuales se debe ejercer el control y la vigilancia.
La conformación y funciones de este Comité serán orientadas por la Dirección del Sistema
Nacional de Bienestar Familiar.
6.3.2. Procesos de socialización de los Servicios de Primera Infancia
Todas las EAS que brinden servicios para la primera infancia, deberán realizar una jornada
de rendición de cuentas, actividad que se enmarca en la Estrategia de Legalidad y
Transparencia liderada desde la Dirección de Primera Infancia y que se constituye en un
referente institucional de lucha contra la corrupción, partiendo del hecho que se administran
recursos públicos.
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Para lo anterior, la EAS deberá revisar y aplicar la “Guía de socialización de los servicios
de primera infancia”. (Ver anexo
6.3.3. Veedurías ciudadanas
Es un mecanismo democrático de representación de los ciudadanos o de las
organizaciones comunitarias, que permite vigilar la gestión pública de entidades estatales
o privadas, en aquellos aspectos, ámbitos y niveles en los que total o parcialmente se
empleen recursos públicos.
La EAS y el Centro Zonal del ICBF, llevarán a cabo acciones para articular con la Personería
municipal, entidad competente, procesos de capacitación y formación con el fin de
promover la organización de los padres de familia, así como las asociaciones de padres
usuarios para que apoyen el servicio, a través de diversos comités, redes y otras estrategias
de organización comunitaria para la cultura, la recreación, la salud, el saneamiento básico
ambiental, y los comités de vigilancia y control social.
7. SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
Las obligaciones del Sistema Integrado de Gestión, están contempladas en los contratos
de aporte celebrados para la prestación del servicio y deberán ejecutarse de conformidad
con las previsiones del presente Manual. A continuación se enuncian en forma general,
acorde con el la Guía para la adquisición de bienes y servicios de calidad”:
7.1. Eje de Calidad
a. Asegurar que el personal requerido para la ejecución del contrato cuente con el perfil
de: Educación (formal: primaria, secundaria, pregrado, posgrado), formación (cursos
específicos de la actividad a desarrollar como diplomados, seminarios, talleres entre
otros) o experiencia para garantizar la óptima prestación del servicio.
b. Socializar con el equipo de trabajo que realiza las actividades definidas en el contrato,
la información básica del ICBF (Misión, Visión, Principios, Objetivos Estratégicos y
Políticas del Sistema Integrado de Gestión SIGE) así como dar a conocer los diferentes
documentos (lineamientos técnicos, manuales, procedimientos, guías, formatos entre
otros) necesarios para la operación de los servicios.
c. Determinar un mecanismo para conocer la percepción del usuario frente a la prestación
del servicio, a través de un instrumento establecido por el mismo operador para tal fin.
d. Demostrar mediante evidencias la implementación de acciones de mejora (correctivas
o preventivas frente a cualquier situación que afecte la prestación del servicio) que
permita tomar las decisiones a que haya lugar o experiencia exitosas que de muestren
la mejora en la prestación de servicio.
e. Demostrar que selecciona y evalúa sus proveedores de bienes y servicios,
relacionados directamente con la prestación del servicio contratado, haciendo cumplir
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las normas legales vigentes, así como las normas y especificaciones técnicas según
corresponda.
f. Contar con información documentada para la recepción, tratamiento y respuesta a las
peticiones, quejas, reclamos, felicitaciones y sugerencias, en el marco de la ejecución
del objeto contractual.
7.2. Eje de Seguridad y Salud en el trabajo
a. Socializar la Política de Salud y Seguridad en el Trabajo del ICBF, en virtud de la
ejecución del objeto del contrato o convenio.
b. Designar por escrito un representante de seguridad y salud en el trabajo, que cumpla
con el perfil establecido en la Resolución 1111 de 2017 del Ministerio de Trabajo y
garantice el cumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en el marco de
la ejecución del contrato o convenio y la normatividad vigente.
c. Garantizar la identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de
controles, documentados, en el marco de la Seguridad y Salud en el trabajo durante la
ejecución del contrato o convenio.
d. Garantizar que todos los colaboradores vinculados para la ejecución del contrato o
convenio se encuentren afiliados al Sistema de Seguridad Social, incluido los riesgos
laborales.
e. Realizar la inducción al equipo de trabajo que se empleadurante la ejecución del
contrato o convenio en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
f. Garantizar que los colaboradores vinculados para la ejecución del contrato o convenio
cuentan con los Elementos de Protección Personal requerido para la realización de sus
actividades. En caso de deterioro, daño o pérdida deberá contemplarse los protocolos
correspondientes para la reposición, sin afectar la ejecución del contrato o convenio.
g. Realizar los exámenes médicos ocupacionales requeridos de acuerdo con las
actividades propias del objeto contratado y la normatividad vigente.
h. Formular e implementar el plan de prevención, preparación y respuesta ante
emergencias.
7.3. Eje Ambiental
a. Cumplir con la política ambiental del ICBF, implementando buenas prácticas
ambientales relacionadas con el ahorro y uso eficiente de agua, energía y papel, y
manejo de residuos
b. Utilizar productos, empaques y materiales amigables con el medio ambiente.
c. Adoptar las medidas necesarias para el manejo adecuado de los residuos orgánicos
que se generen durante la ejecución del contrato.
d. Formular e implementar los programas de capacitación del personal manipulador de
alimentos, mantenimiento preventivo de equipos, calibración de equipos e
instrumentos para pesar residuos y programa de saneamiento, de acuerdo con la
normatividad vigente.
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e. Utilizar logos removibles y/o carnés para la identificación del operador y/o del programa
institucional en la dotación e implementos utilizados.
f. Adoptar las medidas necesarias para el manejo adecuado y la disposición final de los
residuos especiales y/o peligrosos que se generen durante la ejecución del contrato.
g. Adoptar las medidas necesarias para el transporte, almacenamiento y manejo
adecuado de los productos químicos y/o combustibles utilizados para la ejecución del
contrato; de acuerdo con la normatividad vigente.
7.4. Eje de Seguridad de la Información
a. Certificar el cumplimiento, seguimiento y revisión de los asuntos correspondientes a
seguridad de la información enmarcado en la normativa interna vigente en virtud de la
ejecución del objeto del contrato.
b. Suscribir un documento de compromiso de confidencialidad el cual deberá ser
entregado al supervisor del contrato una vez se firme el contrato.
c. Informar al supervisor, en el momento que ocurran incidentes de seguridad que afecten
la disponibilidad, integridad y/o confidencialidad de la información del ICBF, en el
marco de la ejecución del contrato.
d. Realizar la devolución de los elementos entregados por el ICBF para la ejecución del
contrato, así como la información y elementos adquiridos y generados durante el plazo
de ejecución.
e. Garantizar la inducción al equipo de trabajo que se empleará durante la ejecución del
contrato en materia de Seguridad de la información.
Prever el plan de recuperación y contingencia del servicio contratado ante los eventos
que puedan afectar el cumplimiento de la ejecución del mismo.
8. DOCUMENTOS DE APOYO Y ANEXOS
8.1. Documentos de referencia:
Guía para el diseño del Plan Operativo para la Atención Integral POAI y Taller de
construcción del diagnóstico situacional.
Guía para la Formación y Acompañamiento a Familias en la Modalidad Familiar y Anexo
Orientaciones temáticas y metodológicas para la formación y acompañamiento a familia.
Guía para la construcción del Proyecto Pedagógico.
Protocolo para la Prevención y Atención de Accidentes y Situaciones de Emergencia.
COMISIÓN INTERSECTORIAL PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA
INFANCIA. Fundamentos Políticos, Técnicos y de Gestión de la Estrategia de Atención
Integral a la Primera Infancia. De “Cero a Siempre”. Bogotá D.C., Colombia, 2013.
COMISIÓN INTERSECTORIAL PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA
INFANCIA. Serie de orientaciones para favorecer la calidad de la educación en el marco
de la atención integral. Bogotá. D.C. 2014.
PROCESO
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
MANUAL OPERATIVO PARA LA ATENCIÓN A LA PRIMERA
INFANCIA - MODALIDAD FAMILIAR
MO13.PP
14/03/2018
Versión 3
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Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA
LOS DATOS PROPORCIONADOS SERÁN TRATADOS DE ACUERDO A LA POLÌTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DEL ICBF Y A LA LEY
1581 DE 2012
COMISIÓN INTERSECTORIAL PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA
INFANCIA. Serie de orientaciones pedagógicas para la educación inicial en el marco de
la atención integral. Bogotá. D.C. 2014.
COMISIÓN INTERSECTORIAL PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA
INFANCIA. Atenciones especializadas para las niñas y los niños que presentan
alteraciones nutricionales en su primera infancia y su abordaje en el marco de la
atención integral. Bogotá. D.C. 2016.
DEPARTAMENTO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL. Decreto 936 de 2013: Por el
cual se reorganiza el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se reglamenta el inciso
primero del artículo 205 de la Ley 1098 de 2006 y se dictan otras disposiciones
FUNDACIÓN SALDARRIAGA CONCHA EN EL MARCO DEL CONVENIO 1375 de
2015. Lineamiento técnico relacionado con violencias asociadas al conflicto armado a
las que están expuestos niños y niñas en primera infancia en Colombia. Coordinación
del proceso elaboración del documento, Bogotá. D.C. 2015.
FUNDACIÓN SALDARRIAGA CONCHA EN EL MARCO DEL CONVENIO 1375 de
2015. Lineamientos sobre situaciones de maltrato, abuso y violencia intrafamiliar a las
que están expuestos los niños niñas en la primera infancia y su abordaje en el marco
de la atención integral. Coordinación del proceso elaboración del documento, Bogotá.
D.C. 2015.
FUNDACIÓN SALDARRIAGA CONCHA EN EL MARCO DEL CONVENIO 1375 de
2015. Lineamiento técnico para la atención integral de niños y niñas de primera infancia
con alertas del Desarrollo o con discapacidad. Coordinación del proceso elaboración
del documento, Bogotá, 2015.
FUNDACIÓN SALDARRIAGA CONCHA CONVENIO 1375 DE 2015. Lineamiento
desordenes nutricionales. Coordinación del proceso elaboración del documento,
Bogotá, 2015.
FUNDACIÓN SALDARRIAGA CONCHA - UNIVERSIDAD JAVERIANA CONVENIO
1375 DE 2015. Escala de Valoración Cualitativa del Desarrollo Infantil Revisada-
EVCDI-R versión 2016.
FUNDACIÓN PLAN EN EL MARCO DEL CONVENIO 1375 de 2015. Lineamientos para
el acompañamiento a familias o cuidadores de niñas y niños en primera infancia en el
marco de una atención integral. Coordinación del proceso elaboración del documento,
Bogotá, 2015.
FUNDACIÓN PLAN EN EL MARCO DEL CONVENIO 1375 de 2015. Lineamiento para
la Atención Integral a la Primera Infancia en perspectiva de respeto y reconocimiento de
la diversidad. Coordinación del proceso elaboración del documento, Bogotá, 2015.
Guías Alimentarias basadas en alimentos para la población colombiana mayor de 2
años. Bogotá D.C., 2016.
Guía de Seguimiento Nutricional del ICBF.
Guía para administración y gestión de las Entidades Administradoras del Servicio de
Educación Inicial
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PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
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Guía para la compra de la Dotación en las modalidades de educación inicial en el marco
de la atención integral del ICBF.
Guía Orientadora de Acompañamiento a Familias con niños y niñas con Discapacidad
Protocolo para la prevención de accidentes y situaciones de emergencia modalidades
de Educación Inicial.
Guía para la promoción y la participación de niños, niñas y adolescentes en la gestión
pública territorial.
Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para los Programas y
Proyectos Misionales del ICBF.
Guía Técnica del Componente De Alimentación y Nutrición para la Población con
Discapacidad.
Guía Técnica para la Metrología Aplicable A Los Programas De Los Procesos
Misionales De Prevención y Protección del ICBF.
Manual Operativo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar. Bogotá. 2015.
Manual del sistema integrado de gestión ICBF.
Modelo de enfoque diferencial del ICBF.
Lineamiento técnico administrativo de restablecimiento de derechos de niños, niñas y
adolescentes con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados.
8.2. Anexos y Formatos
Ficha de Caracterización Sociofamiliar y su correspondiente instructivo.
Formato de registro de proveedores.
Formato de presentación informes financieros Modalidad Familiar.
Formato Matriz POAI Modalidad Familiar.
Formato de Entrega de Complementos Alimentarios de Primera Infancia.
Anexo Competencias y Funciones del Talento Humano.
Anexo Complementariedad de los servicios
Formato Registro de Asistencia Mensual (RAM)
Orientaciones técnicas para procesos de la cualificación del talento humano
desarrollados por las EAS.
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PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
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INFANCIA - MODALIDAD FAMILIAR
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CONTROL DE CAMBIOS
Fecha
Versión
Descripción del Cambio
16/01/2017
VERSIÓN 1
MO13.PP
En el componente Salud y Nutrición se modificó el aporte nutricional en
HCB FAMI, del 45% al 70%. Así mismo, en la Nota 3, se unificó para
HCB FAMI y DIMF el aporte diario de energía y nutrientes en un 70%.
En el numeral 4.7 Canasta de Atención Servicio HCB FAMI, en el ítem
“destinación de los rubros, se modificó en Raciones, que el suministro
del paquete alimentario mensual debe cumplir el 70% de los
requerimientos nutricionales definidos para la modalidad y no el 45%
como estaba estipulado.
16/08/2017
VERSIÓN 2
MO 13.PP
Se incluye en el Manual, el servicio FAMI y toda su estructura. En
adición, se realizan ajustes de las notas a los estándares o condiciones
de calidad, y de igual forma, ajustes de acuerdo con la Política Nacional
de Familias al Componente Familia, Comunidad y Redes.
Se mejoraron los objetivos tanto general como específicos de la
modalidad.
Se fortalecieron los procesos relacionados con la atención a niñas y
niños con discapacidad.
Se incluyó un apartado sobre derechos, compromisos y deberes de los
usuarios.
Se ajustó el capítulo del SIGE de acuerdo con la normatividad vigente.
La duración de los encuentros educativos bajó de cuatro a tres horas.
Para el servicio HCB FAMI se aclararon y se incluyeron algunas
causales de cierre.

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